El Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional, establece en su artículo 7.3 en relación con la solicitud de vacantes que las vacantes que determinen el Subsecretario de Defensa y los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos podrán publicarse con exención de los plazos de mínima permanencia.
Esta es una competencia reservada a los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y como tal y de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe efectuar esta delegación de la competencia.
Con el fin de conseguir una mayor celeridad, simplificación y coherencia en la tramitación de determinados expedientes administrativos de publicación de vacantes procede llevar a cabo esta delegación de competencias, y con la aprobación previa de la Ministra de Defensa, y en su virtud, dispongo:
Se delega en el Subdirector de Gestión de Personal de la Armada, la competencia para la determinación y publicación de las vacantes con exención de los plazos de mínima permanencia, recogida en el artículo 7.3 del Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional, y atribuida a mi autoridad.
Esta delegación podrá ser avocada en cualquier momento del procedimiento, cuando las circunstancias lo requieran.
Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente Resolución.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de octubre de 2011.–El Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, Manuel Rebollo García.
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