Visto el texto de las tablas salariales definitivas para el año 2010 del Convenio colectivo del Sector de Conservas, semiconservas, ahumados, cocidos, secados, elaborados, salazones, aceite y harina de pescado y mariscos (Código de convenio número 99001315011981), que fue suscrito con fecha 24 de enero de 2011, de una parte, por la Federación Española de Asociaciones de Industrias de Transformación y Comercializadores de Productos de la Pesca y de la Agricultura (FEICOPESCA), en representación de las empresas del sector, y de otra, por las Organizaciones sindicales UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de febrero de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE LA REUNIÓN PARA LA REVISIÓN Y APROBACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS PARA EL AÑO 2010
En Madrid a 24 de enero de 2011, siendo las 13 horas se reúnen en la sede de UGT, los representantes al margen señalados de la Federación Española de Asociaciones de Industrias de Transformación y Comercializadores de Productos de la Pesca y de la Acuicultura-FEICOPESCA, así como representantes de las Centrales Sindicales UGT y CCOO, cuyas legitimaciones constan en actas anteriores.
Asistentes.
Por la parte empresarial: Don Juan M. Vieites Baptista de Sousa y don José Luis Marsella Ruiz.
Por la central sindical UGT: Doña Lucía García-Quismondo García- Arcicollar.
Por la central sindical CC.OO.: Don José Vicente Canet Juan.
Con este motivo las partes acuerdan lo siguiente:
1.º Revisar, aprobar y firmar las tablas salariales definitivas para el año 2010 que se incorporan a la presente acta.
2.º Facultar a doña Ana M.ª García Hervás, representante de UGT, realizar los trámites de registro para la posterior publicación de las tablas salariales definitivas del año 2010 en el «Boletín Oficial del Estado».
3.º Con el objeto de aclarar e informar en la tabla salarial definitiva del año 2010, además de su contenido ordinario, se incluyen adicionalmente, las tablas correspondientes al valor hora extraordinaria por tramos de antigüedad y categoría profesional.
4.º Cualquier defecto en el cálculo de los precios que se exponen en las distintas tablas salariales, esta Comisión Paritaria lo corregirá en el plazo máximo de 15 días contando desde la fecha de su conocimiento.
Y no habiendo mas asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 14:00 horas del día y en el lugar arriba indicados.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid