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Documento BOE-A-2011-8535

Resolución de 27 de abril de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del III Convenio colectivo estatal de industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, distribución, saneamiento y depuración de aguas potables y residuales.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 16 de mayo de 2011, páginas 49465 a 49467 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-8535
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/04/27/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta, de 3 de febrero de 2011, en la que se acuerda la revisión salarial definitiva para el año 2010 del III Convenio Colectivo Estatal de Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Potables y Residuales (Código de Convenio número 99014365012003), publicado en el «BOE» de 24-8-2007, acta que fue suscrita, de una parte, por la Asociación de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua a Poblaciones (AGA), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales FIA-UGT y FSC-CCOO, en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada acta de revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de abril de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA ACORDAR LA REVISIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS DEL AÑO 2010 DEL III CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LAS INDUSTRIAS DE CAPTACIÓN, ELEVACIÓN, CONDUCCIÓN, TRATAMIENTO, DISTRIBUCIÓN, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS POTABLES Y RESIDUALES PARA LOS AÑOS 2007, 2008, 2009 Y 2010 («BOE» DE 24 DE AGOSTO DE 2007)

Por la representación de AGA (Asociación de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua a Poblaciones):

Don Jesús Rodríguez Bernabé.

Don Lluc Orpella Bernat.

Don José Susaeta Elorriaga.

Don José María Clavel Padró.

Don Antonio Álvarez Baeza.

Don Sebastián Alegre Gracia.

Por los Sindicatos:

Don Manuel García Sánchez (FIA-UGT).

Don Jesús Bericat Marín (FIA-UGT).

Don José García Nieto (FIA-UGT).

Don Andrés Muñoz Hernández (FIA-UGT).

Don Fernando J. Antón Pérez (FSC-CCOO).

Don José Ramón Peleteiro Rubio (FSC-CCOO).

Don Salvador Morón Martos (FSC-CCOO).

Don Vicente González Domínguez (FSC-CCOO).

En Madrid, a las 11:00 horas del día 3 de febrero de 2011, en la oficina de AGA (Asociación de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua a Poblaciones), se reúnen las partes arriba señaladas, miembros de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Potables y Residuales para los años 2007, 2008, 2009 y 2010, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 24 de agosto de 2007, reconociéndose capacidad y legitimidad suficiente para acordar la revisión de las tablas salariales definitivas del año 2010, acordando:

1. Se constituye la comisión negociadora para la revisión de las tablas salariales definitivas del año 2010 del III Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Potables y Residuales para los años 2007, 2008, 2009 y 2010, formada por los representantes arriba reseñados que suscriben la presente acta.

2. Aprobar el texto de la presente acta, así como las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2010 del III Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Potables y Residuales para los años 2007, 2008, 2009 y 2010, que se adjuntan a la presente acta.

3. La comisión negociadora autoriza a don Federico Duret Argüello, con documento nacional de identidad número 1.494.870-P, para realizar cuantos trámites y gestiones para el registro, depósito y publicación de la presente acta y de las tablas definitivas del año 2010 en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta en el lugar y fecha indicados.

III Convenio colectivo estatal de las industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, distribución, saneamiento y depuración de aguas potables y residuales («BOE» de 24 de agosto de 2007)

Tablas salariales definitivas

Año 2010

Grupo Profesional

Salario Base

Euros

Plus Convenio

Euros

Complemento Puesto de Trabajo

Euros

Total mes

Euros

Gratificación Extraordinaria de verano

Euros

Gratificación Extraordinaria de Navidad

Euros

Total anual 2010

Euros

G.P. I

811,89

181,41

139,36

1.132,66

811,89

811,89

15.215,70

G.P. 2 - Nivel B

821,08

181,41

160,80

1.163,29

821,08

821,08

15.601,64

G.P. 2 - Nivel A

838,68

181,41

171,52

1.191,61

838,68

838,68

15.976,68

G.P. 3 - Nivel B

860,13

181,41

182,25

1.223,79

860,13

860,13

16.405,74

G.P. 3 - Nivel A

885,39

181,41

192,96

1.259,76

885,39

885,39

16.887,90

G.P. 4

914,49

181,41

203,68

1.299,58

914,49

914,49

17.423,94

G.P. 5

943,60

181,41

214,40

1.339,41

943,60

943,60

17.960,12

G.P. 6

972,69

181,41

225,13

1.379,23

972,69

972,69

18.496,14

Artículo 31. Antigüedad: 54,00 euros anuales.

Artículo 35. Plus de nocturnidad: 1,39 euros por hora trabajada entre las 22:00 horas de la noche y las 06:00 horas de la mañana.

Artículo 36. Plus de turnicidad: 3,50 euros por cada día efectivo en sistema de turnos de 24 horas al día los 365 días del año.

Artículo 37.

Plus por guardia: 5,36 euros por cada hora efectiva trabajada de guardia más una hora de descanso.

Plus por guardia: 5,36 euros por cada hora efectiva trabajada de guardia más 10,72 euros por hora cuando sea imposible el descanso.

Retén: 8,00 euros diarios por cada día efectivo prestando el servicio de retén.

Artículo 38. Kilometraje: 0,19 euros por kilómetro recorrido utilizando vehículo propio.

Artículo 57. Seguro colectivo: 24.000,00 euros.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/04/2011
  • Fecha de publicación: 16/05/2011
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • arts. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 13 de agosto de 2007 (Ref. BOE-A-2007-15760).
Materias
  • Abastecimiento de aguas
  • Aguas residuales
  • Aprovechamiento de aguas
  • Convenios colectivos
  • Saneamiento

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