Advertidos errores en la publicación de Enmiendas de Manila de 2010 al anexo del Convenio Internacional sobre Normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Convenio de formación) 1978, hecho en Londres el 7 de julio de 1978, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 267, de 7 de noviembre de 1984. Aprobadas mediante Resolución 1 de la Conferencia de las Partes en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, hechas en Manila el 25 de junio de 2010, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 67, de 19 de marzo de 2012, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:
1. En la página 24580, Regla II/2, Punto 2.2, en su última línea:
Donde dice: «… buques de arqueo bruto igualo superior a 3.000», debe decir «… buques de arqueo bruto igual o superior a 3.000».
2. En la página 24581, punto referente al «Capitán», en el apartado 6.4:
Donde dice: «satisfará las normas de competencia especificadas en el párrafo 2 de la sección A-VUI, en los párrafos 1 a 4 de la sección A-VI/2 y de la sección A-VI/3 y en los párrafos 1 a 3 de la sección A-VV4 del Código de Formación.», debe decir: «satisfará las normas de competencia especificadas en el párrafo 2 de la sección A-VI/1, en los párrafos 1 a 4 de la sección A-VI/2 y de la sección A-VI/3 y en los párrafos 1 a 3 de la sección A-VI/4 del Código de Formación».
3. En la página 24583, punto 6 de la Regla II/5, segunda línea:
Donde dice: «… si ha prestado servicio en un-puesto pertinente de la sección…», debe decir: «… si ha prestado servicio en un puesto pertinente de la sección…».
4. En la página 24588, primer párrafo del punto 2 de la Regla V/1-1, última línea:
Donde dice: «… en la sección A-VIII del Código de Formación…», debe decir: «…en la sección A-VI/I del Código de Formación…».
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