Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-7685

Resolución de 25 de mayo de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el acuerdo de modificación del Convenio colectivo de Telefónica Móviles de España, SAU.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 8 de junio de 2012, páginas 41755 a 41758 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-7685
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/05/25/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 14 de marzo de 2012 donde se recogen los acuerdos de modificación del Convenio colectivo de la empresa Telefónica Móviles de España, S.A.U. (Código de Convenio n.º 90009942011996) que fue suscrito de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por los designados por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 25 de mayo de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Acuerdo de la Comisión de Interpretación y Vigilancia de Telefónica Móviles España S.A.U. de 14 de marzo de 2012, de modificación de las Disposiciones Adicionales Primera y Segunda: Tablas Salariales Grupos y Categorías Profesionales punto 2. Año 2012

Disposición adicional primera. Tablas salariales de grupos profesionales.

2. Año 2012.

Las tablas salariales del 2012 incorporarán un incremento en un 1% sobre las tablas salariales del 2011.

Sin perjuicio de lo anterior, ambas partes se comprometen a que una vez finalizado el primer semestre de 2012, la Comisión de Interpretación y Vigilancia analice la evolución del mercado, en concreto de nuestro Sector TIC, así como los progresos que puedan haberse producido para alcanzar la integración societaria, al objeto de avanzar hacia un marco que facilite el proceso de convergencia.

Disposición adicional segunda. Tablas salariales de categorías profesionales.

2. Año 2012.

Las tablas salariales del 2012 incorporarán un incremento en un 1% sobre las tablas salariales del 2011.

Sin perjuicio de lo anterior, ambas partes se comprometen a que una vez finalizado el primer semestre de 2012, la Comisión de Interpretación y Vigilancia analice la evolución del mercado, en concreto de nuestro Sector TIC, así como los progresos que puedan haberse producido para alcanzar la integración societaria, al objeto de avanzar hacia un marco que facilite el proceso de convergencia.

Se aportan como anexo las tablas salariales de Grupos Profesionales y Categorías Profesionales.

La representación de los Trabajadores y la Dirección de la Empresa en el seno de la Comisión de Interpretación y Vigilancia firman el presente texto en prueba de conformidad y para la debida constancia, en Madrid 14 de marzo de 2012

Representantes de la Empresa:

Javier Hernanz Rodríguez.

Carmen Carrera Aparicio.

Teresa Domínguez Cabezas.

Sara Trejo Rodríguez.

Ángel Blanco Aisa.

Representantes de los trabajadores:

Javier Constantino Díaz Tomás (UGT).

Trinidad García Puyol (UGT).

Juan José Navalón Flor (CC.OO.).

José Antonio Nuño Mancilla (STC).

Luis Santiago Pulido (CGT) sustitución.

ANEXO 1
Tablas salariales Grupos Profesionales

Grupos profesionales

Tablas 2012

Mensual

Anual

Grupo 5

 

 

Salario Nivel 7

3.978,21

55.694,94

Salario Mínimo Nivel 6

3.789,12

53.047,68

Salario Mínimo Nivel 5

3.609,03

50.526,42

Salario Mínimo Nivel 4

3.405,15

47.672,10

Salario Mínimo Nivel 3

2.966,93

41.537,02

Salario Mínimo Nivel 2

2.585,88

36.202,32

Salario Mínimo Nivel 1

2.254,55

31.563,70

Grupo 4

 

 

Salario Nivel 7

3.000,21

42.002,94

Salario Mínimo Nivel 6

2.857,68

40.007,52

Salario Mínimo Nivel 5

2.721,94

38.107,16

Salario Mínimo Nivel 4

2.544,35

35.620,90

Salario Mínimo Nivel 3

2.237,47

31.324,58

Salario Mínimo Nivel 2

1.968,29

27.556,06

Salario Mínimo Nivel 1

1.732,18

24.250,52

Grupo 3

 

 

Salario Nivel 7

2.716,84

38.035,76

Salario Mínimo Nivel 6

2.587,82

36.229,48

Salario Mínimo Nivel 5

2.464,93

34.509,02

Salario Mínimo Nivel 4

2.347,89

32.870,46

Salario Mínimo Nivel 3

2.065,14

28.911,96

Salario Mínimo Nivel 2

1.817,12

25.439,68

Salario Mínimo Nivel 1

1.599,56

22.393,84

Grupo 2

 

 

Salario Nivel 8

2.367,81

33.149,34

Salario Mínimo Nivel 7

2.255,40

31.575,60

Salario Mínimo Nivel 6

2.148,34

30.076,76

Salario Mínimo Nivel 5

2.046,40

28.649,60

Salario Mínimo Nivel 4

1.851,91

25.926,74

Salario Mínimo Nivel 3

1.672,90

23.420,60

Salario Mínimo Nivel 2

1.511,62

21.162,68

Salario Mínimo Nivel 1

1.366,34

19.128,76

ANEXO 2
Tablas salariales Categorías Profesionales

Categorías

Tablas 2012

Mensual

Anual

Titulado/Técnico Superior

 

 

Senior

3.492,14

48.889,96

Medio

2.927,13

40.979,82

Entrada

2.443,41

34.207,74

Titulados Medios/Técnico

 

 

Senior

2.615,30

36.614,20

Medio

2.287,43

32.024,02

Entrada

1.974,77

27.646,78

Delineantes

 

 

Senior

2.326,21

32.566,94

Medio

2.053,13

28.743,82

Entrada

1.897,21

26.560,94

Supervisor

 

 

Senior

2.415,18

33.812,52

Medio

2.131,52

29.841,28

Entrada

1.974,77

27.646,78

Operador

 

 

Senior

1.909,97

26.739,58

Medio

1.759,28

24.629,92

Entrada

1.608,62

22.520,68

Responsable de Red

 

 

Senior

2.415,18

33.812,52

Medio

2.131,52

29.841,28

Entrada

1.974,77

27.646,78

Senior

2.165,21

30.312,94

Medio

1.978,52

27.699,28

Entrada

1.747,93

24.471,02

Técnico Comercial

 

 

Senior

2.739,08

38.347,12

Medio

2.512,71

35.177,94

Entrada

2.287,02

32.018,28

Aux. Tec. Comercial

 

 

Senior

1.909,97

26.739,58

Medio

1.759,28

24.629,92

Entrada

1.608,62

22.520,68

Analistas-Programadores

 

 

Senior

2.833,68

39.671,52

Medio

2.443,41

34.207,74

Entrada

2.195,77

30.740,78

Of. Téc. Informático

 

 

Senior

1.853,89

25.954,46

Medio

1.662,89

23.280,46

Entrada

1.506,95

21.097,30

Res. Administrativo

 

 

Senior

2.415,18

33.812,52

Medio

2.131,52

29.841,28

Entrada

1.974,77

27.646,78

Oficial Administrat.

 

 

Senior

1.853,89

25.954,46

Medio

1.662,89

23.280,46

Entrada

1.506,95

21.097,30

Oficial Oficios

 

 

Senior

1.818,80

25.463,20

Medio

1.702,05

23.828,70

Entrada

1.521,99

21.307,86

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/05/2012
  • Fecha de publicación: 08/06/2012
Referencias anteriores
  • MODIFICA determinados preceptos del Convenio publicado por Resolución de 11 de agosto de 2009 (Ref. BOE-A-2009-14016).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Telefonía móvil
  • Telefónica de España

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid