Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-10364

Resolución de 18 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial para 2010 del V Convenio colectivo estatal para los centros de enseñanza de peluquería y estética, de enseñanzas musicales y de artes aplicadas y oficios artísticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 4 de octubre de 2013, páginas 81818 a 81819 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-10364
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/09/18/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo de revisión salarial para 2010 del V Convenio colectivo estatal para los centros de enseñanza de peluquería y estética, de enseñanzas musicales y de artes aplicadas y oficios artísticos (código de convenio n.º 99009675011995), publicado en el BOE de 2 de julio de 2007, acuerdo de revisión que fue suscrito, con fecha 8 de julio de 2013, de una parte por las organizaciones empresariales CECE y ACADE, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO., FETE-UGT y USO, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de septiembre de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REVISIÓN SALARIAL DE 2010 DEL V CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA CENTROS DE ENSEÑANZA DE PELUQUERÍA Y ESTÉTICA, DE ENSEÑANZAS MUSICALES Y DE ARTES APLICADAS Y OFICIOS ARTÍSTICOS

Tablas salariales 2010

Asistentes:

CECE: Doña Basilia Cuéllar. ACADE: Doña Ana González. USO: Don Carlos Quirós. CC.OO.: Don José Antonio Rodríguez y doña Paloma Perona. FETE-UGT: Don Jesús Gualix y doña Patricia Gómez. CIG: Don Enrique Albor.

En Madrid, siendo las 10 horas del 8 de julio de 2013, reunidas las personas representativas de las organizaciones anteriormente mencionadas, se reúnen para llevar a cabo la revisión salarial de 2010.

El banco patronal y el banco sindical, a excepción de CIG, a tenor de las dificultades que está atravesando el sector, acuerdan mantener para el año 2010 las tablas salariales de 2009, de acuerdo con las tablas que se anexan al presente acta.

CECE.–ACADE.–FETE-UGT.–CC.OO.–USO.–CIG.

Estas tablas están confeccionadas en 14 pagas:

Sección A: Aplicables a centros de Enseñanzas Especializadas y Regladas de carácter profesional (Peluquería y Estética)

Categoría

Salario

Trienio

Grupo I. Personal docente:

 

 

Profesor titular

1.172,43

33,54

Jefe de Taller o Laboratorio

1.172,43

33,54

Profesor Adjunto o Auxiliar

1.084,42

31,18

Instructor

969,99

27,58

Grupo II. Personal administrativo:

 

 

Jefe de Administración

1.191,86

31,74

Oficial de Administración

966,60

26,81

Auxiliar Administrativo

846,15

26,81

En formación

633,30

26,81

Grupo III. Personal de Servicios Generales:

 

 

Conserje

1.005,51

26,81

Oficial de 1.ª

959,47

26,81

Portero

877,15

26,81

Celador

877,15

26,81

Personal de limpieza

839,80

26,81

Personal no cualificado

839,80

26,81

En formación

633,30

26,81

Sección B: Aplicable a centros de Enseñanzas Regladas Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos

Categoría

Salario

Trienio

Grupo I. Personal docente:

 

 

Profesor titular

1.099,41

30,21

Jefe de Taller o Laboratorio

1.099,41

30,21

Profesor Adjunto o Auxiliar

996,61

27,58

Maestros de Taller o Laboratorio

996,61

27,58

Instructor

907,73

25,55

Grupo II. Personal administrativo:

 

 

Jefe de Administración

1.191,86

31,74

Oficial Administrativo

966,60

26,81

Auxiliar Administrativo

846,15

26,81

En formación

633,30

26,81

Grupo III. Personal de Servicios Generales:

 

 

Conserje

1.005,51

26,81

Oficial de 1.ª

959,47

26,81

Portero

877,15

26,81

Celador

877,15

26,81

Personal de limpieza

839,80

26,81

Personal no cualificado

839,80

26,81

En formación

633,30

26,81

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/09/2013
  • Fecha de publicación: 04/10/2013
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • Art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el convenio publicado por Resolución de 15 de junio ode 2007 (Ref. BOE-A-2007-12867).
Materias
  • Centros de enseñanza
  • Convenios colectivos
  • Escuelas de Artes aplicadas y Oficios artísticos
  • Música
  • Peluquerías

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid