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Documento BOE-A-2013-11023

Resolución de 9 de octubre de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se corrigen errores en la de 30 de julio de 2013, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 21 de octubre de 2013, páginas 85669 a 85670 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-11023
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/10/09/(3)

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Empleo de 30 de julio de 2013, en el «BOE» núm. 197, de 17 de agosto.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 60894, en el texto de la Resolución. Donde dice: «Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza del Estado Español (FESIE).», debe decir: «Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza del Estado Español (FSIE).»

En la página 60910, artículo 47. Excedencia Especial, apartado 2.º, penúltima línea. Donde dice: «… el empresario podrá limitará su ejercicio simultáneo…», debe decir: «el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo…»

En la página 60911, artículo 53. Pago de salarios, apartado 2.º, último párrafo. Donde dice: «... que se regirá por lo establecido en las disposición transitoria primera.», debe decir: «... que se regirá por lo establecido en la disposición transitoria primera.»

En la página 60914, artículo 71. Plus de residencia, último párrafo, 2.ª línea. Donde dice: «… cantidades superiores a las establecidas en el Anexo VII...», debe decir: «… cantidades superiores a las establecidas en el Anexo VI...».

En la página 60954, Anexo II. Tablas salariales año 2010. Grupo I – Personal Docente. 1.4. De educación secundaria obligatoria (en régimen de concierto). 1.4.A. De 1.er y 2.º curso ESO. Donde dice: «1.4.A.1. Director a), trienio 37,26», debe decir: «1.4.A.1. Director a), trienio 37,56». En la misma página, complemento equiparación licenciados. Donde dice: «… en las condiciones previstas en la disposición adicional segunda de las Tablas salariales 2009.», debe decir: «… en las condiciones previstas en la disposición adicional segunda de las Tablas salariales 2010.».

En la página 60956. Anexo II. Tablas salariales año 2010. Grupo I – Personal Docente. 1.6 De FP de grados medio y superior. En régimen sin concierto. Donde dice: «1.6.1. Subdirector a), salario 1.724,45.», debe decir: «1.6.1. Subdirector a), salario 1.724,46.».

En la página 60960. Anexo III. Centros Residenciales 2010 (colegios menores, residencias de estudiantes y escuelas hogar). Salarios del personal docente. Donde dice: «1.3. Jefe de estudios/tutor, trienio 451,39.», debe decir: «1.3. Jefe de estudios/tutor, trienio 451,18.».

En la página 60975. Anexo II. Tablas salariales año 2011. Grupo I – Personal Docente. 1.6 De FP de grados medio y superior. En régimen sin concierto. Donde dice: «1.6.1. Subdirector a), salario 1.724,45.», debe decir: «1.6.1. Subdirector a), salario 1.724,46.».

En la página 60978. Anexo III. Centros Residenciales 2011 (colegios menores, residencias de estudiantes y escuelas hogar). Salarios del personal docente. Donde dice: «1.3. Jefe de estudios/tutor, trienio 451,39.», debe decir: «1.3. Jefe de estudios/tutor, trienio 451,18.».

En la página 60982. Anexo VI. Islas Canarias. Plus de residencia e insularidad correspondiente al año 2011. Grupo I – Personal docente. 1.3 – De Educación Primaria, 1.4. A. De 1.er y 2.º curso de ESO. 1.9. De educación permanente de adultos. Donde dice: «1.9.2. ADULTOS.», debe decir: «1.9.2. PROFESOR ADJUNTO, AGREGADO, EDUCACIÓN PERMANENTE ADULTOS.».

En la página 60991. Anexo II. Tablas salariales año 2012. Grupo I – Personal Docente. 1.6 De FP de grados medio y superior. En régimen sin concierto. Donde dice: «1.6.1. Subdirector a), salario 1.724,45.», debe decir: «1.6.1. Subdirector a), salario 1.724,46.».

En la página 60994. Anexo III. Centros Residenciales 2012 (colegios menores, residencias de estudiantes y escuelas hogar). Salarios del personal docente. Donde dice: «1.3. Jefe de estudios/tutor, trienio 451,39.», debe decir: «1.3. Jefe de estudios/tutor, trienio 451,18.».

En la página 60998. Anexo VI. Islas Canarias. Plus de residencia e insularidad correspondiente al año 2012. Grupo I – Personal docente. 1.3 – De Educación Primaria, 1.4.A. De 1.er y 2.º curso de ESO. 1.9. De educación permanente de adultos. Donde dice: «1.9.2. ADULTOS.», debe decir: «1.9.2. PROFESOR ADJUNTO, AGREGADO, EDUCACIÓN PERMANENTE ADULTOS.».

En la página 61005. Anexo V. Instrucciones y modelos para acogerse a la cláusula de descuelgue prevista en la disposición adicional quinta. Instrucciones, último párrafo. Donde dice: «Si es remitida otro tipo de documentación, que acredite, asimismo, el cumplimiento de los requisitos previstos en la Disposición Adicional Sexta…», debe decir: «Si es remitida otro tipo de documentación, que acredite, asimismo, el cumplimiento de los requisitos previstos en la Disposición Adicional Quinta…».

Madrid, 9 de octubre de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/10/2013
  • Fecha de publicación: 21/10/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 20 de enero de 2014 (Ref. BOE-A-2014-824).
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Resolución de 30 de julio de 2013 (Ref. BOE-A-2013-9028).
Materias
  • Centros de enseñanza privada
  • Convenios colectivos

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