Visto el texto del acta de fecha 3 de julio de 2013, donde se recoge el acuerdo de prórroga del Convenio colectivo de la industria salinera (código de convenio número 99010845011997), que fue suscrito, de una parte, por la Asociación Ibérica de Fabricantes de Sal (AFASA), en representación de las empresas del sector y, de otra, por la Federación de Industrias Textil, Piel, Química y Afines de CC.OO. (FITEQA-CC.OO.) y la Federación de Industrias y Trabajadores Agrarios de la UGT (FITAG-UGT), en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de julio de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO GENERAL DE LA INDUSTRIA SALINERA
En Madrid, siendo las 10:00 horas del día 3 de julio de 2013, se reúnen en la sede FITAG-UGT, sita en avenida de América, n.º 25, 2.ª planta, de una parte, la representación empresarial del sector de la industria salinera, Asociación Ibérica de Fabricantes de Sal (AFASAL), constituida por don Juan José Pantoja Bravo, y como Asesores don Emilio Corbacho Domínguez y don Jorge Fernández-Portillo Pardo de Donlebún y, de otra, la Federación de Industrias Textil Piel Química y Afines de CC.OO. (FITEQA CC.OO.) representada por don Daniel Martínez Peña y la Federación de Industrias y Trabajadores Agrarios de la UGT (FITAG-UGT), representada por don José Carlos Ruiz Palacios, ostentando dichas organizaciones el carácter de más representativas del sector, haciendo uso de las previsiones contenidas en el Convenio General de la Industria Salinera («BOE» número 250, de 19 de octubre de 2006).
El objeto de la reunión era abordar la situación planteada ante la inminente finalización de la vigencia del III Convenio General de la Industria Salinera, motivado por lo dispuesto en esta materia por la reciente Ley 3/2012, de Medidas Urgentes para la Reforma Laboral.
Ambas partes, ante esta eventualidad, coincidiendo en la voluntad de llegar a acuerdo, y en la conveniencia de no precipitar la negociación, acuerdan, en base a las recomendaciones del Acuerdo de la Comisión de Seguimiento del II AENC («BOE» número 142, de 14 de junio de 2013), el compromiso de mantener el proceso de negociación, así como a finalizar el mismo antes del 31 de diciembre de la presente anualidad, fecha hasta la que se prorroga expresamente la vigencia del Convenio actual.
Ambas partes, se comprometen igualmente a garantizar el mantenimiento del Convenio vencido durante el transcurso del citado proceso de negociación y hasta la fecha indicada.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid