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Documento BOE-A-2013-9848

Resolución de 10 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se corrigen errores en la de 17 de julio de 2013, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de saneamiento público, limpieza viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos, limpieza y conservación de alcantarillado.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 2013, páginas 76621 a 76621 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-9848
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/09/10/(2)

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Convenio colectivo del sector de saneamiento público, limpieza viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos, limpieza y conservación de alcantarillado, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Empleo de 17 de julio de 2013, en el «Boletín Oficial del Estado» número 181, de 30 de julio,

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores:

En la página 55659, artículo 48. Excedencia voluntaria.

Añadir «2» al comienzo del tercer párrafo.

En la página 55660, en el tercer párrafo, donde dice: «… conforme a lo establecido en este artículo…». Debe decir: «… conforme a lo establecido en este apartado…».

En la misma página, párrafo cuarto, donde dice: «2». Debe decir: «3».

En la misma página, párrafo quinto, donde dice: «3». Debe decir: «4».

En la página 55663, artículo 52. Documentos a facilitar por la saliente a la entrante. El apartado 1) ha de ser sustituido por el siguiente:

1. Para la tramitación de la subrogación la empresa o entidad saliente deberá suministrar a la entrante relación de personal, en formato electrónico de hoja de cálculo según el modelo especificado en el anexo I, en la que se detalle: Nombre y apellidos, DNI, domicilio, número de afiliación a la Seguridad Social, grupo de cotización, antigüedad, jornada, horario, vacaciones disfrutadas, días de asuntos propios ya disfrutados y justificación de otras licencias retribuidas y cualquier modificación de estos datos que se haya producido en los cuatro meses anteriores junto con la justificación de la misma, modalidad de su contratación, especificación del período de mandato si el integrante de la plantilla es representante legal de los trabajadores o sindical, clasificación profesional y fecha de disfrute de sus vacaciones.

Madrid, 10 de septiembre de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/09/2013
  • Fecha de publicación: 23/09/2013
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Resolución de 17 de julio de 2013 (Ref. BOE-A-2013-8351).
Materias
  • Alcantarillado
  • Convenios colectivos
  • Desechos y Residuos Sólidos Urbanos
  • Gestión de residuos
  • Limpieza
  • Saneamiento

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