La Resolución 4B0/38008/2014, de 15 de enero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre Cartera de Servicios de la Asistencia Sanitaria del ISFAS, en su anexo 1 establece el límite de las ayudas que podrán reconocerse en determinadas situaciones por traslado de enfermos, hospitalización psiquiátrica y otras actuaciones de salud mental y por suministro de productos sanitarios para diabéticos.
Con el fin de mantener un adecuado nivel de cobertura en las citadas prestaciones, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, se ha revisado el citado anexo 1 de la Resolución 4B0/38008/2014, de 15 de enero, considerándose oportuno modificar el límite correspondiente a las ayudas por hospitalización psiquiátrica en régimen de internamiento y para material fungible de bombas de insulina.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre,
Resuelvo actualizar el anexo 1 de la Resolución 4B0/38008/2014, de 15 de enero, que se incluye a continuación como Apéndice de la presente Resolución y que será aplicable a todos los expedientes que correspondan a atenciones o suministros realizados a partir del 1 de enero de 2015.
Madrid, 10 de diciembre de 2014.–La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, María Soledad Álvarez de Miranda Delgado.
Límites de las ayudas por traslado de enfermos, salud mental y productos sanitarios para diabéticos
Prestación |
Límite de ayuda |
---|---|
Ayuda para gastos de hospedaje y manutención. |
25 euros por día. |
Ayuda para manutención. |
12 euros por día. |
Ayuda por transporte ordinario de acompañante |
Importe de los billetes del medio de transporte utilizado. |
Hospitalización psiquiátrica en régimen de internamiento (ayuda por cada estancia) |
89,97 euros. |
Hospitalización psiquiátrica en régimen de hospital de día (ayuda por cada estancia diurna) |
49 euros. |
Psicoterapia (importe máximo por cada sesión) |
41,60 euros. |
Agujas para inyectores de insulina (importe mensual máximo) |
28,85 euros. |
Material fungible para bombas de insulina (importe mensual máximo) |
275,47 euros. |
Reflectómetro (ayuda por equipo) |
54,70 euros. |
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