Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-3864

Orden AAA/562/2014, de 31 de marzo, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal titularidad de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 2014, páginas 30011 a 30030 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-3864
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2014/03/31/aaa562

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de Disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. Del mismo modo, la Disposición adicional primera de dicha norma ordena a las Administraciones Públicas responsables de ficheros aprobar la disposición de creación de los mismos o adaptar la ya existente a las previsiones de la propia Ley.

Asimismo, el artículo 55 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas que incluyan datos de carácter personal serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos previa publicación de una disposición general en el «Boletín Oficial del Estado» o Diario Oficial correspondiente.

La Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, reguló los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente, entre los que se incluían los ficheros gestionados por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

De acuerdo con la disposición derogatoria única de la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, la Orden MAM/304/2003 quedó derogada, salvo en lo referente a los ficheros contenidos en su anexo que tuviesen como órgano responsable alguna de las Confederaciones Hidrográficas, hasta tanto no se desarrollase su normativa reguladora específica. Con la publicación de la presente norma, los ficheros 114 a 131 y el fichero 202 «Plan de pensiones», introducido por la Orden MAM/3783/2004, quedan derogados, y su contenido pasa a incluirse en la presente norma. Esta orden ministerial tiene por objeto alcanzar un mejor cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos personales y en especial, del mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como facilitar el ejercicio de derechos a los ciudadanos.

Por otra parte, un análisis detallado de los procesos y de la información que maneja la Confederación Hidrográfica del Ebro ha establecido que es necesaria la creación de nuevos ficheros de datos de carácter personal y la supresión de otros que se pueden englobar en los anteriores, con el fin de adecuarlos a las necesidades actuales del organismo; los ficheros de nueva creación y aquéllos que se suprimen se recogen respectivamente en los anexos I y II que acompañan a la presente orden.

Finalmente, la Orden ARM/3123/2011, de 3 de noviembre, por la que se establecen el uniforme y distintivos de la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, establece la necesidad de la existencia y utilización de una identificación personal que acredite su condición de agentes de la autoridad en el desempeño de sus funciones y sean fácilmente reconocibles e identificables para los ciudadanos. Para ello dispone que dichos funcionarios cuenten con un carné de identificación en el que conste el número de identificación profesional (N.I.P.), personal e intransferible, que se asignará a cada agente en activo que realice las funciones de vigilancia del dominio público.

En su virtud, previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos y la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, dispongo:

Artículo 1. Titularidad de los ficheros.

Los ficheros contenidos en los anexos I y II de la presente orden son titularidad de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Artículo 2. Creación de ficheros.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y a los efectos previstos en la misma, y cumpliendo con el artículo 54 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, que establece los extremos que debe contener dicha disposición o acuerdo, determinando el contenido mínimo de esta norma, se relacionan y describen en el anexo I los ficheros de nueva creación con datos de carácter personal, gestionados por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Artículo 3. Supresión de ficheros.

Se suprimen los siguientes ficheros recogidos en el anexo II, en cumplimiento del artículo 20.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre:

a) Nóminas personal.

b) Nóminas.

c) Dietas laboral.

d) Personal temporal.

e) Personal laboral.

f) Salud laboral.

g) Personal funcionario.

h) Nóminas funcionario.

i) Nóminas funcionario (Seguridad Social).

j) Dietas funcionarios.

k) Tasas.

l) Proveedores.

m) Expropiaciones.

n) Indemnizaciones.

o) Aprovechamientos aguas superficiales.

p) Denuncias, sanciones.

q) Solicitudes de aprovechamiento.

r) Aprovechamiento de aguas subterráneas.

s) Plan de pensiones.

Artículo 4. Seguridad de los ficheros.

El titular del órgano responsable de estos ficheros adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando en todo caso la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Artículo 5. Comunicación y cesión de datos.

1. Los datos de carácter personal contenidos en los ficheros regulados por esta orden solamente podrán ser objeto de comunicación y cesión en los términos previstos en los artículos 11, 12 y 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

2. Asimismo, podrán ser cedidos con carácter general al Instituto Nacional de Estadística para el desempeño de las funciones que le atribuye el artículo 26 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, a los servicios estadísticos de los Departamentos ministeriales para las funciones que les atribuye el artículo 33 de la misma ley, y a los servicios estadísticos de las comunidades autónomas en las condiciones que fija el artículo 40, apartados 2 y 3, de la ley citada.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas las siguientes normas:

1. Los ficheros 114 a 131, ambos inclusive, del anexo de la Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

2. El fichero 202 «Plan de Pensiones», recogido en Orden MAM/3783/2004, de 26 de octubre, por la que se amplía la relación de ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de marzo de 2014.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete.

ANEXO I
Creación de ficheros

Fichero: Gestión de Recursos Humanos.

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Gestión de Recursos Humanos.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión de los recursos humanos de la entidad (gestión del personal, selección de personal, nóminas, plan de pensiones, ayudas sociales, control de vestuario, control horario, dietas y locomoción, directorio de usuarios de sistemas informáticos del Organismo, identificación y control de los funcionarios de la escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que realizan tareas de vigilancia e inspección). Seguimiento de bajas laborales (incapacidad temporal, contingencias comunes o accidentes de trabajo). Gestión de currículos, tanto de candidatos espontáneos como solicitantes de empleo del organismo.

a.3) Tipificación de finalidades: Gestión de Recursos Humanos; Gestión de Nómina; Selección de personal; Formación; Gestión del directorio de usuarios de sistemas informáticos del Organismo.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados públicos (funcionarios y laborales) que prestan sus servicios en la Confederación Hidrográfica del Ebro y becarios. Terceros interesados.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal. Registro Central de Personal del Ministerio de Administraciones Públicas.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado o remitidos por el Registro Central de Personal del Ministerio de Administraciones Públicas.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, N.º SS/Mutualidad, firma/huella, número de afiliación a la Seguridad Social, imagen, Número de identificación profesional (NIP) del Agente Medioambiental.

Otras categorías de datos de carácter personal: características personales (estado civil, familiares, edad, nacionalidad, características físicas o antropométricas directamente relacionadas con el desempeño del puesto, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, sexo), circunstancias sociales (alojamiento/vivienda, licencias/permisos/autorizaciones), detalles del empleo (cuerpo/escala, puesto de trabajo, historial del trabajador, categoría/grado, datos económicos de nómina, vestuario), académicos y profesionales (formación/titulaciones), datos económico-financieros y de seguros (datos económicos de la nómina, dietas), situación en el Plan de Pensiones y aportaciones realizadas por la Confederación Hidrográfica del Ebro al Plan de Pensiones de la Administración General del Estado. Datos relacionados con la salud de los afectados, imprescindibles para proceder al cálculo de los niveles de retención aplicables. Datos de afiliación sindical a fin de detraer en la nómina del empleado el importe de la cuota a satisfacer al sindicato en caso de así solicitarlo el interesado.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Mutualidades Laborales, órganos sindicales, órganos de representación de los empleados públicos, Administración de Trabajo en sus diferentes denominaciones [artículos 11.2.c) y 21.2 LOPD], Administración Tributaria, Intervención General de la Administración del Estado, y entidades financieras. Entidad Gestora del Plan de Pensiones, Entidad Depositaria y Comisión de Control. Artículo 11.2.c) LOPD y Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre. Tribunal de Cuentas. Delegación del Gobierno.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

Fichero: Videovigilancia y Control de Acceso

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Videovigilancia y Control de Acceso.

a.2) Finalidad y usos previstos: control de acceso y videovigilancia de las instalaciones por motivos de seguridad.

a.3) Tipificación de finalidades: Videovigilancia, Seguridad y control de acceso a edificios e instalaciones de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Ciudadanos que accedan a los edificios o instalaciones de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

b.2) Procedencia: Los datos proceden del propio interesado o de sistemas de video-vigilancia.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado o procedentes de cámaras de video-vigilancia.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos. Otras categorías de datos de carácter personal: imagen, voz.

d.2) Sistema de tratamiento: Automatizado.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuando sea necesario para la investigación de hechos presuntamente delictivos que pudieran cometerse, y Administración de Justicia.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

i) Cancelación: los datos de imagen y voz serán cancelados a los 20 días desde su grabación.

Fichero: Prevención de Riesgos Laborales

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Prevención de Riesgos Laborales.

a.2) Finalidad y usos previstos: datos de la gestión de prevención de Riesgos laborales llevada a cabo por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

a.3) Tipificación de finalidades: Prevención de Riesgos Laborales.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados públicos, empleados de contratistas o asistencias técnicas de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

b.2) Procedencia: Los datos proceden del propio interesado.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado o proporcionados por la contrata/asistencia técnica de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, número Seguridad Social, firma.

Otras categorías de datos de carácter personal: Detalles del empleo (cuerpo/ escala, puesto que ocupa, datos no económicos de la nómina, historial del trabajador), historia clínica (exclusivamente el personal médico podrá acceder a los datos de salud, de forma que la Confederación Hidrográfica del Ebro, como responsable, únicamente podrá acceder a los datos resultantes de las conclusiones de las acciones de vigilancia de la salud).

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Organismos de la Seguridad Social, Administración de Trabajo en sus diferentes denominaciones [artículos 11.2.c) y 21.2 LOPD], Empresas de prevención y vigilancia de la salud. (Exclusivamente el personal médico podrá acceder a los datos de salud, de forma que la Confederación Hidrográfica del Ebro, como responsable, únicamente podrá acceder a los datos resultantes de las conclusiones de las acciones de vigilancia de la salud).

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General, (estas solicitudes sólo podrán ser atendidas por personal sanitario cuando contengan datos relativos a la salud).

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Alto [en aplicación del artículo 81.3.a) del RLOPD], además de las establecidas para el nivel Básico y Medio.

Fichero: Registro Entrada/Salida

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Registro Entrada/Salida.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión del registro de entrada y salida del organismo.

a.3) Tipificación de finalidades: Procedimiento Administrativo.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Usuarios de la Confederación Hidrográfica del Ebro que presenten documentos a través del Registro de Entrada / Salida del Organismo.

b.2) Procedencia: Los datos proceden del propio interesado.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado en el Registro de Entrada / Salida del organismo (presencial o electrónico).

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos, de localización, de asunto y de tramitación.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Otras oficinas registrales (artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; artículo 21.2 LOPD).

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

Fichero: Gestión Recaudatoria

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Gestión Recaudatoria.

a.2) Finalidad y usos previstos: Gestión recaudatoria y seguimiento de liquidaciones, tasas, cánones y recaudación ejecutiva.

a.3) Tipificación de finalidades: Procedimiento Administrativo; Gestión recaudatoria de tributos, Gestión recaudatoria en vía ejecutiva.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Ciudadanos contribuyentes, usuarios de servicios y bienes situados en el dominio público hidráulico, solicitantes, deudores que no hayan pagado en el periodo voluntario a la Confederación Hidrográfica del Ebro. Comunidades de Regantes.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal, Entidades de Administración Pública, Catastro.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado o facilitados por otras entidades de la Administración Pública, Catastro.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma.

Otras categorías de datos de carácter personal: Datos de circunstancias sociales, Datos de infracciones administrativas. Datos relativos a deuda tributaria tanto en periodo voluntario como en vía ejecutiva. Datos relativos a pagos realizados tanto en periodo voluntario como en vía ejecutiva.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Agencia Estatal de Administración Tributaria, Administración de Justicia, Intervención General, Abogacía de Estado, Tribunal de Cuentas. Comunidades de Regantes.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Medio [en aplicación del artículo 81.2 del RLOPD], además de las establecidas para el nivel básico.

Fichero: Gestión Económica

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Gestión Económica.

a.2) Finalidad y usos previstos: Gestión de la contabilidad y de las transacciones económicas-financieras con proveedores, empleados y resto de acreedores del Organismo (cobros y pagos; anticipos de nómina, retenciones judiciales).

a.3) Tipificación de finalidades: gestión económico-financiera pública. Gestión contable, fiscal y administrativa.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados, proveedores y acreedores, así como aquellas personas que a resultas de las transacciones tengan la condición de contribuyentes o sujetos obligados.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal, Entidades de Administración Pública, Agencia Estatal de Administración Tributaria, Administración de Justicia.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado o procedentes de la gestión de expedientes y trámites llevados a cabo por el Organismo.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma.

Otras categorías de datos de carácter personal: datos de características personales (estado civil, familiares, edad, nacionalidad, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, sexo); datos económicos, financieros y de seguros (ingresos/rentas, datos bancarios, datos económicos de nómina, datos de deducciones impositivas/impuestos, planes de pensiones/jubilación); datos relativos a la comisión de infracciones administrativas.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Agencia Estatal de Administración Tributaria, Administración de Justicia, Intervención General del Estado, Abogacía de Estado, Tribunal de Cuentas, y entidades bancarias.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Medio [en aplicación del artículo 81.2 del RLOPD], además de las establecidas para el nivel básico.

Fichero: Expedientes de Contratación y Adjudicación

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Expedientes de Contratación y Adjudicación.

a.2) Finalidad y usos previstos: Gestión de los expedientes de contratación regulados por la Ley de Contratos del Sector Público.

a.3) Tipificación de finalidades: Procedimiento Administrativo.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas de contacto, apoderados y representantes de los licitadores de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal, entidades de la Administración Pública (especialmente la Plataforma de Contratación del Estado). Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado o su representante legal, entidades de la Administración Pública (especialmente la Plataforma de Contratación del Estado). Agencia Estatal de Administración Tributaria.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma.

Otras categorías de datos de carácter personal: económicos, financieros y seguros (avales y seguros), transacciones de bienes y servicios (bienes y servicios suministrados por el afectado), datos académicos y profesionales (formación/titulaciones, experiencia profesional), datos identificativos de la sociedad licitadora.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Tribunal de Cuentas, Intervención General del Estado, Junta Consultiva y Plataforma de Contratación del Estado.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

Fichero: Expropiaciones y Patrimonio

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Expropiaciones y patrimonio.

a.2) Finalidad y usos previstos: Gestión y control de los expedientes de expropiación tramitados por el Organismo. Gestión, incluida la reversión, de bienes inmuebles demaniales y patrimoniales de la Confederación.

a.3) Tipificación de finalidades: Procedimiento Administrativo, gestión de las autorizaciones, concesiones y arrendamientos de los inmuebles de la Confederación. Fines históricos, estadísticos o científicos.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Ciudadanos interesados o afectados por expedientes de expropiación, reversión, autorización, concesión o arrendamientos de inmuebles de la Confederación.

b.2) Procedencia: Los datos proceden del propio interesado, otras Administraciones públicas y Registros públicos.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado o su representante legal, otras Administraciones públicas o Registros públicos.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección.

Otras categorías de datos de carácter personal: Datos relativos a bienes expropiados, con concesión de uso o arrendados al titular así como sus valoraciones económicas. Económicos (datos bancarios).

d.2 Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Dirección General de Patrimonio de Estado según la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, Administración de Justicia. Agencia Estatal de Administración Tributaria, Ayuntamientos, Catastro, Caja General de Depósitos, publicaciones oficiales a través de medios públicos y boletines oficiales según Ley de Expropiación Forzosa. Registros públicos.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General.

Dirección Técnica.

Comisaría de aguas.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

Fichero: Órganos Colegiados

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Órganos Colegiados.

a.2) Finalidad y usos previstos: Convocatoria reuniones órganos colegiados de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

a.3) Tipificación de finalidades: Gestión administrativa.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: personas físicas o representantes legales de las Administraciones y entidades representadas en los órganos colegiados de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

b.2) Procedencia: Los datos proceden del propio interesado.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, cargo que ostenta, dirección postal, teléfono, correo electrónico, firma.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: No hay previstas.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General.

Dirección Técnica.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

Fichero: Régimen Jurídico

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Régimen Jurídico.

a.2) Finalidad y usos previstos: Expedientes de recursos, quejas y reclamaciones.

a.3) Tipificación de finalidades: Procedimiento Administrativo.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Ciudadanos involucrados en expedientes jurídicos, terceros afectados, personas que realizan las reclamaciones o interponen los recursos que se sustancian en la Confederación Hidrográfica del Ebro.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado o representante legal. Otras personas, físicas o jurídicas. Comunidades de Usuarios. Otras Administraciones Públicas. Registros públicos. Notarías.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma.

Otras categorías de datos de carácter personal: Datos de circunstancias sociales, Datos de infracciones administrativas.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Administración de Justicia, Abogacía de Estado, Defensor del Pueblo.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Comisaría de Aguas.

Secretaría General.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Medio [en aplicación del artículo 81.2 del RLOPD], además de las establecidas para el nivel básico.

Fichero: Expedientes Sancionadores y Boletines de Denuncia

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Expedientes sancionadores.

a.2) Finalidad y usos previstos: tramitación de expedientes sancionadores en materia de dominio público hidráulico y zona de policía de cauces. Control y seguimiento de los boletines de denuncia formulados por los agentes medioambientales y guardas fluviales del organismo; así como los emitidos por el Seprona y otros agentes de autoridad o particulares.

a.3) Tipificación de finalidades: Gestión sancionadora.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Presuntos responsables de infracciones en materia de Dominio Público Hidráulico e interesados en los expedientes relacionados, otras personas, Administraciones Públicas, Registros públicos o procedentes de la Gestión de Expedientes y Trámites llevados a cabo por el Organismo, guardas fluviales, agentes medioambientales, Guardia Civil, policías autonómicas, agentes forestales.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal, otras personas, Administraciones Públicas, Registros públicos o procedentes de la Gestión de Expedientes y Trámites llevados a cabo por el Organismo, guardas fluviales, agentes medioambientales, Guardia Civil.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado, otras personas, Administraciones Públicas, Registros públicos o procedentes de la Gestión de Expedientes y Trámites llevados a cabo por el Organismo, guardas fluviales, agentes medioambientales, Guardia Civil.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma.

Otras categorías de datos de carácter personal: Datos de infracciones administrativas.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Agencia Estatal de Administración Tributaria, Intervención General del Estado. Tribunal de Cuentas. Administración de Justicia.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Comisaría de Aguas.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Medio [en aplicación del artículo 81.2.c) del RLOPD], además de las establecidas para el nivel básico.

Fichero: Gestión de Expedientes de Comisaría de Aguas

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Gestión de expedientes de Comisaría de Aguas.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión y control de la documentación administrativa de todos los expedientes gestionados por la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Ebro, en aplicación de la legislación vigente. Gestión de las Comunidades de Usuarios. Solicitudes de derechos, concesiones y autorizaciones sobre el dominio público hidráulico, autorizaciones (reutilización, navegación recreativa, extracción de áridos, obras en zona de policía y servidumbre, cortas y plantaciones de árboles, derivaciones temporales y cruces de líneas) y concesiones (de aguas superficiales y subterráneas), informes urbanísticos sobre disponibilidad de recursos, autorizaciones de vertidos; deslindes y estimación del dominio público hidráulico, informes sobre inmatriculación o exceso de cabida de fincas con posible afección sobre el dominio público hidráulico.

a.3) Tipificación de finalidades: procedimiento administrativo. Fines históricos, estadísticos o científicos.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: ciudadanos afectados por expedientes relacionados con la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Ebro, terceros afectados, personas que llevan a cabo la instrucción.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal, Administraciones Públicas.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado, otras personas, Comunidades de Usuarios. Otras Administraciones Públicas.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma.

Otras categorías de datos de carácter personal: económicos (datos bancarios), datos de infracciones administrativas.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Agencia Estatal de Administración Tributaria, Intervención General del Estado. Administración de Justicia.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Comisaría de Aguas.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Medio [en aplicación del artículo 81.2.c) del RLOPD], además de las establecidas para el nivel básico.

Fichero: Registro de Aguas

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Registro de Aguas.

a.2) Finalidad y usos previstos: Inscripción de derechos relativos al uso privativo del agua así como los cambios autorizados que se produzcan en su titularidad o en sus características y exacciones, y fe pública registral.

a.3) Tipificación de finalidades: Procedimiento Administrativo y fe pública registral. Fines históricos, estadísticos y/o científicos.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Ciudadanos interesados o afectados por expedientes relacionados con el Registro de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Ebro y sus representantes legales.

b.2) Procedencia: Los datos proceden del propio interesado, su representante legal, registros públicos, Alberca y otras Administraciones públicas.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado. Documental, presencial y automatizado.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: Nombre o razón social, DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección. Datos relacionados con los derechos y aprovechamientos de aguas. Datos contenidos en el RDPH. Teléfono y correo electrónico.

Otras categorías de datos de carácter personal: Circunstancias sociales (propiedades, autorizaciones) y otro tipo de datos (bienes y servicios recibidos por el afectado).

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Conforme al artículo 80.2 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, el Registro de Aguas tendrá carácter público, pudiendo interesarse del Organismo de cuenca las oportunas certificaciones sobre su contenido. Departamentos autonómicos para el cobro de sus propias tasas y precios públicos de acuerdo con la normativa autonómica y la Ley General Tributaria. Comunidades de regantes, siempre dentro de su ámbito como entidades de derecho público para la organización de aprovechamientos colectivos de aguas públicas, de acuerdo con el TRLA.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Comisaría de Aguas.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

Fichero: Calidad y Gestión Medioambiental

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Calidad y Gestión Medioambiental.

a.2) Finalidad y usos previstos: Gestión de expedientes relativos a calidad de aguas realizados en la Cuenca del Ebro. Gestión expedientes de navegación en masas de agua. Gestión medioambiental.

a.3) Tipificación de finalidades: Procedimiento Administrativo; Fines históricos, estadísticos o científicos.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Ciudadanos afectados por expedientes de Control de Calidad de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Ebro, terceros afectados, interesados solicitantes de expedientes de navegación.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal, Registros Públicos, Fuentes accesibles al público.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, firma.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: Ciudadanos y entidades interesadas en la calidad del agua en la cuenca del Ayuntamientos; Comunidades Autónomas de la cuenca; Entidades de Saneamiento de la cuenca.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Comisaría de Aguas.

Paseo Sagasta 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

Fichero: Tecnologías de la Información

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Fichero de Tecnologías de la Información.

a.2) Finalidad y usos previstos: Gestión de usuarios y permisos para proporcionar acceso a los sistemas y aplicaciones de la Confederación Hidrográfica del Ebro; Gestión de incidencias relacionadas con las Tecnologías de la Información.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados públicos, personal de subcontratas o asistencias técnicas de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

b.2) Procedencia: Los datos proceden del propio interesado.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, teléfono de contacto, email.

d.2) Sistema de tratamiento: Automatizado.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: No hay previstos.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

Fichero: Archivo General y Biblioteca

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Archivo General y Biblioteca.

a.2) Finalidad y usos previstos: Gestión del Archivo de expedientes y del Archivo Histórico de la Confederación Hidrográfica del Ebro (entradas y salidas de documentos, autorizaciones de acceso, histórico de expedientes). Gestión de la Biblioteca del Organismo.

a.3) Tipificación de finalidades: Fines históricos, estadísticos o científicos.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Ciudadanos que accedan al Archivo General o a la Biblioteca del Organismo, o que se encuentren afectados o interesados por expedientes de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

b.2) Procedencia: Los datos proceden del propio interesado o de expedientes gestionados por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados por el interesado o procedentes de expedientes gestionados por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, e-mail, cargo o condición por la que se accede a consultar en el archivo o la biblioteca. Datos relativos a expedientes históricos gestionados por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

d.2) Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: No hay previstos.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Ebro.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Secretaría General.

Paseo Sagasta, 24-26, 50071 Zaragoza.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

ANEXO II
Supresión de ficheros

Fichero: Nóminas personal

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se engloban en el fichero de Gestión de Recursos Humanos.

Fichero: Nóminas

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se engloban en el fichero de Gestión de Recursos Humanos.

Fichero: Dietas laboral

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se engloban en el fichero de Gestión de Recursos Humanos.

Fichero: Personal temporal

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se engloban en el fichero de Gestión de Recursos Humanos.

Fichero: Personal laboral

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se engloban en el fichero de Gestión de Recursos Humanos.

Fichero: Salud laboral

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se engloban en el fichero de Prevención de Riesgos Laborales.

Fichero: Personal funcionario

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el fichero de Gestión de Recursos Humanos.

Fichero: Nóminas funcionario

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el fichero de Gestión de Recursos Humanos.

Fichero: Nóminas funcionario (Seguridad Social)

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el fichero de Gestión de Recursos Humanos.

Fichero: Dietas funcionarios

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el fichero de Gestión de Recursos Humanos.

Fichero: Tasas

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el fichero de Gestión Recaudatoria.

Fichero: Proveedores

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el nuevo fichero de Gestión Económica.

Fichero: Expropiaciones

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el fichero de Expropiaciones y Patrimonio.

Fichero: Indemnizaciones

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el nuevo fichero de Expropiaciones y Patrimonio.

Fichero: Aprovechamiento de aguas superficiales

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el nuevo fichero de Gestión de Expedientes de Comisaría de Aguas.

Fichero: Denuncias, sanciones

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el nuevo fichero de Expedientes Sancionadores y Boletines de Denuncia.

Fichero: Solicitudes de aprovechamiento

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el nuevo fichero de Gestión de Expedientes de Comisaría de Aguas.

Fichero: Aprovechamiento de aguas subterráneas

a) Disposición general de creación: Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el nuevo fichero de Gestión de Expedientes de Comisaría de Aguas.

Fichero: Plan de pensiones

a) Disposición general de creación: Orden MAM/3783/2004, de 26 de octubre, por la que se amplía la relación de ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Motivo de la supresión: Integración de la información en un nuevo fichero.

c) Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: Los datos del fichero se englobaran en el fichero de Gestión de Recursos Humanos.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 31/03/2014
  • Fecha de publicación: 10/04/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 11/04/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el anexo, por Orden APM/299/2017, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-2017-3680).
Referencias anteriores
  • DEROGA:
    • lo indicado De la Orden MAM/3783/2004, de 26 octubre (Ref. BOE-A-2004-19625).
    • lo indicado de la Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero (Ref. BOE-A-2003-3357).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Confederaciones Hidrográficas
  • Ficheros con datos personales

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid