La sexta Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes del Convenio de Ramsar, relativo a Humedales de Importancia Internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas (Ramsar, 2 de febrero de 1971), aprobó la Resolución VI.13 (Presentación de información relativa a los sitios incluidos en la Lista Ramsar de Humedales de Importancia Internacional), que señala la obligación de los Estados miembro de realizar actualizaciones periódicas de los mapas y fichas informativas disponibles de los humedales incluidos en dicha Lista de Humedales de Importancia Internacional.
Posteriormente la octava Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes aprobó la Resolución VIII.13 (Mejorar la información sobre los Humedales de Importancia Internacional-Sitios Ramsar), que señala la obligación de presentar cartografías actualizadas en formatos digitales apropiados.
En aplicación de ambas disposiciones se ha abierto, de común acuerdo con las Comunidades Autónomas interesadas (Comité de Humedales de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, regulada por Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto), un proceso de modernización de la información disponible sobre los sitios españoles incluidos en dicha Lista Ramsar, con particular interés en la aplicación de las mejores y más actuales técnicas cartográficas disponibles.
Txingudi (País Vasco) fue incluido en la Lista de Humedales de Importancia Internacional del Convenio de Ramsar por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de septiembre de 2002. El anuncio de esta inclusión, para general conocimiento, se realizó mediante Resolución de 17 de octubre de 2002 de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 278, de 20 de noviembre de 2002, que anexaba la correspondiente ficha sintética descriptiva acompañada de un mapa con los límites del espacio; dicho mapa es de una calidad visual mediocre, dadas las posibilidades técnicas disponibles en ese momento.
En aplicación de las Resoluciones del Convenio de Ramsar antes señaladas, la información disponible sobre este sitio Ramsar ha sido actualizada habiéndose obtenido una cartografía digital de sus límites en los términos técnicos demandados por la Resolución VIII.13, que resulta en una resolución más exacta y una definición cartográfica más precisa de dichos límites, que al ser representados sobre una imagen digital del terreno permiten generar un mapa de mucha mayor calidad visual.
Por todo lo anterior y a propuesta de la Dirección de Medio Natural y Planificación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, para general conocimiento se dispone la publicación de la información técnica y cartográfica actualizada del humedal Ramsar Txingudi que se incluye como Anexo a la presente Resolución.
Madrid, 18 de marzo de 2014.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, Guillermina Yanguas Montero.
Ficha sintética
Nombre del humedal Ramsar: Txingudi.
Lista Ramsar (información administrativa nacional): Inclusión en la Lista Ramsar por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de septiembre de 2002 (BOE n.º 278, de 20 de noviembre de 2002).
Localización (administrativa): Comunidad Autónoma: Comunidad Autónoma del País Vasco.
Provincia: Gipuzkoa.
Municipios: Hondarribia e Irun.
Información cartográfica (sistema de referencia ETRS89, huso 30):
Coordenadas del centroide:
Geográficas: 43° 20’ 55» N / 01° 47’ 53» O.
UTM: X: 597.407’899 / Y: 4.800.217’265.
Superficie del espacio (ha): 138,057 ha.
Límites: Los límites del humedal Ramsar son los que se visualizan en el ortofomapa adjunto.
Resumen descriptivo del humedal:
El humedal Ramsar Txingudi se localiza en el norte de la Península Ibérica, en el extremo más oriental del litoral cantábrico adyacente a la frontera con Francia. Administrativamente está incluido en el territorio histórico de Gipuzkoa, comarca del Bajo Bidasoa, en los términos municipales de Hondarribia e Irun (Comunidad Autónoma del País Vasco). Abarca una extensión de alrededor de 138 ha.
Se trata de un humedal costero conformado por un sistema de rías-marismas en la interfase fluvio-marina de la desembocadura del río Bidasoa. El sitio Ramsar está integrado por las tres principales islas existentes en esta desembocadura, el área de Plaiaundi y un tramo de la regata de Jaizubia, además de las terrazas del propio río Bidasoa. Así pues, Txingudi incluye áreas de marisma y de vega del estuario del Bidasoa y de su afluente Jaizubia, zonas que conservan de forma desigual sus características naturales. Las tres islas, acúmulos de sedimentos fluviales situados en el primer ensanchamiento del estuario, son adyacentes entre sí y quedan separadas por canales naturales en los que se divide el río. El área de Plaiaundi alberga un sistema lagunar intercomunicado, así como una zona intermareal. La zona de Jaizubia queda en medio de una rica vega agrícola, con la nota singular de los carrizales que la bordean.
La fuerte presión demográfica existente históricamente en toda la comarca produjo gradualmente un deterioro notable del estado de conservación del espacio, situación que ha podido ser revertida durante los últimos años mediante la ejecución de sucesivos proyectos de restauración en la zona de Plaiaundi y de Jaizubia, así como mediante la aplicación de una gestión adecuada del humedal. De hecho, en la actualidad Txingudi es un caso ejemplarizante de humedal restaurado cuyo tamaño modesto y localización periurbana son justamente los puntos fuertes que explican su notable interés educativo y recreativo.
Desde el punto de vista de sus valores ambientales, este espacio tiene interés tanto por los hábitats que integra como, especialmente, por las poblaciones de aves acuáticas que mantiene, en lo que tiene mucho que ver su ubicación privilegiada en el centro del principal pasillo migratorio de la costa atlántica europea. En este espacio está confirmada la presencia de más de 290 especies de aves, 63 de las cuales están incluidas en el anejo I de la Directiva Aves, destacando principalmente algunas tan amenazadas como el Carricerín cejudo (Acrocephalus paludicola), la Espátula (Platalea leucorodia) y el Águila pescadora (Pandion haliaetus), entre otras. La importancia ambiental de este humedal está igualmente reconocida por otras instancias internacionales, especialmente en el ámbito europeo: coincide parcialmente con la ZEC Txingudi-Bidasoa y totalmente con la ZEPA Txingudi. Se encuentra además incluido en el ámbito del Plan Especial de Protección y Ordenación de los Recursos Naturales del Área de Txingudi, en el Grupo II del Plan Territorial de Zonas Húmedas de la CAPV y en el Registro de Zonas Protegidas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental. Además, las Directrices de Ordenación del Territorio de la CAPV incluyen el ámbito de Marismas y terrazas del Bidasoa en el listado abierto de áreas de interés naturalístico.
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