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Documento BOE-A-2014-5735

Conflicto positivo de competencia n.º 2304-2014, contra los artículos 8.4; 21; 22; 25, apartados 3, 4 y 5 (párrafos primero y segundo) y 7; 26.3; 31; 32 y disposición final primera del Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 31 de mayo de 2014, páginas 41531 a 41531 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2014-5735

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia núm. 2304-2014, promovido por el Gobierno de Cataluña contra los arts. 8.4; 21; 22; 25, apartados 3, 4 y 5 (párrafos primero y segundo) y 7; 26.3; 31; 32 y disposición final primera del Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.

Madrid, 27 de mayo de 2014.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 27/05/2014
  • Fecha de publicación: 31/05/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad de los incisos indicados de los arts. 22. 1 y 26. 3 y que la disposición final 1 es contraria al orden constitucional de distribución de competencias en los términos del fj 11, por Sentencia 120/2016, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2016-7297).
Referencias anteriores
  • Conflicto promovido en relación con determinados preceptos del Real Decreto 1428/2013, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13767).
Materias
  • Conflictos de Competencia
  • Distribución de energía

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