El Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la composición y funciones de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial, configura, en el artículo catorce la Gerencia como órgano directivo y de gestión y le otorga las competencias de dirección, gestión e inspección de las actividades de la Mutualidad General Judicial para el cumplimiento de los fines de esta.
En su virtud, y conforme a lo previsto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Gerencia de la Mutualidad General Judicial acordó delegar una serie de competencias en distintos órganos de Entidad por Resolución de 1 de marzo de 2011 («BOE» de 14 de marzo de 2011).
Con el fin de mejorar la eficiencia en la gestión de las competencias relativas a algunas prestaciones sociales, en concreto las relativas a ayuda por hospitalización psiquiátrica y ayuda para tratamiento de psicoterapia, delegadas en el Área de Farmacia y Asistencia Sanitaria, unificando y ubicando todas las de tal naturaleza en una misma unidad interna de gestión, Prestaciones Sociales, esta Gerencia resuelve:
Revocar la delegación de competencia en la Jefatura de Área de Farmacia y Asistencia Sanitaria acordada en la resolución de 1 de marzo de 2011, apartado sexto, epígrafes 1.B) y 1.C), en orden a la resolución de los expedientes y a la autorización y disposición del gasto de las siguientes prestaciones, contempladas en el apartado y epígrafes anteriormente mencionados:
Ayuda por hospitalización psiquiátrica.
Ayuda para tratamiento de psicoterapia.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de octubre de 2015.–La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Celima Gallego Alonso.
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