La Sala Primera del Tribunal Constitucional, por auto de 14 de diciembre actual, ha acordado declarar la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4696-2015, por desaparición sobrevenida de su objeto. Cuestión planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el procedimiento ordinario núm. 1996/1998, en relación con el artículo 65 bis.1 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y de Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, añadido por el artículo 1 de la Ley 4/2013, de 20 de junio, en cuanto dice «órdenes de demolición judiciales», por posible vulneración de los artículos 24.2, 117.3 y 149.1.6.ª de la Constitución, que fue admitida a trámite por providencia de 6 de octubre de 2015, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 242, de 9 de octubre de 2015.
Madrid, 14 de diciembre de 2015.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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