El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 15 de diciembre actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4682-2015, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado: 1.º Mantener la suspensión de los artículos 71.3 y 76.3 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón. 2.º Levantar la suspensión de los artículos 1.2.b), c) y d); 4.aa); 5.a) y p); 7.1; 8, en cuanto a presas y embalses; 12.2.b) y 4; 15.1.b), c) y n); 19.2.a) 1.º, c) 2.º y c) 3.º; 50; 67; 69.a), d) y f) 1.º; 70.a) y c); 72; y de la disposición transitoria primera de la misma Ley 10/2014, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 222, de 16 de septiembre de 2015.
Madrid, 15 de diciembre de 2015.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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