Visto el texto de las tablas salariales correspondientes al año 2014 del Convenio colectivo de cajas y entidades financieras de ahorro (código de convenio n.º 99000785011981), que fue suscrito con fecha 2 de marzo de 2015, por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte la Asociación Empresarial ACARL, en representación de las empresas del sector, y por las organizaciones sindicales CC.OO., UGT y CSICA, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de marzo de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Conociendo que a fecha de 26 de febrero de 2015 se ha publicado por el INE la tasa de variación interanual a precios de mercado, corregido de efectos estacionales y de calendario, del PIB correspondiente al año 2014, tomando como base la contabilidad nacional trimestral de España, y que ha sido de un 1,4 %, se resuelve que de conformidad con lo establecido en el art. 41.8.a): «En caso que la variación interanual del PIB correspondiente al año 2014 sea igual o mayor que 0 % y menor que 1,5 %: la tabla salarial vigente a 31 de diciembre de 2013 se revisará en un 1 %».
En base a lo anterior, y en atención a lo establecido en el artículo 41.13, se aprueban la escala salarial oficial y definitiva del año 2014, así como las cuantías del plus de funciones de ventanilla, plus de chóferes y Plus Convenio (anexo 1).
Se dará traslado a las Entidades Asociadas del contenido del presente Acta y del anexo 1, y al «Boletín Oficial del Estado» para la publicación de la tabla salarial definitiva y del resto de cuantías relativas al año 2014.
Asimismo, se acuerda designar como persona encargada de la presentación y firma de la solicitud de registro y publicidad de la escala salarial oficial y definitiva correspondiente al año 2014, así como de las cuantías del plus de funciones de ventanilla, del plus de chóferes y del plus convenio, correspondientes a dicho año 2014, ante el REGCON Registro de Convenios y acuerdos colectivos de ámbito estatal y supraautonómico, a José Manuel Malpartida Gil.
Sin otro asunto que tratar, se da por finalizada la reunión y se da por aprobada el Acta, que firmarán ambos Secretarios, dándose copia a cada una de las partes.
12 pagas
Grupo 1 |
Año 2014 – Euros |
---|---|
Nivel I |
31.080,88 |
Nivel II |
26.167,62 |
Nivel III |
23.223,41 |
Nivel IV |
21.959,74 |
Nivel V |
21.261,44 |
Nivel VI |
20.563,19 |
Nivel VII |
19.631,60 |
Nivel VIII |
18.973,19 |
Nivel IX |
17.980,84 |
Nivel X |
17.137,42 |
Nivel XI |
15.283,65 |
Nivel XII |
13.065,23 |
Nivel XIII |
10.452,18 |
Grupo 2 |
Año 2014 – Euros |
---|---|
Nivel I |
16.534,63 |
Nivel II |
15.657,82 |
Nivel III |
14.772,30 |
Nivel IV |
12.942,80 |
Nivel V |
12.388,81 |
Pers. Limpieza |
6,96 |
Conceptos salariales |
Año 2014 – Euros |
---|---|
Plus de funciones de ventanilla |
415,13 |
Plus Chóferes |
451,26 |
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