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Documento BOE-A-2015-521

Resolución de 12 de enero de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la modificación del VI Convenio colectivo de Decathlon España, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2015, páginas 4559 a 4564 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2015-521
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/01/12/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de modificación del VI Convenio colectivo de la empresa Decathlon España, SA, (código de convenio núm. 90011522011998) que fue suscrito con fecha 17 de diciembre de 2014, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por el Comité intercentros, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del texto de modificación del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 12 de enero de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

MODIFICACIÓN DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE DECATHLON ESPAÑA, S.A.
Acta de acuerdo de periodo de consultas para la inaplicación y modificación durante el año 2015 del sistema de primas establecido (artículo 31 del vigente VI Convenio Colectivo Decathlon España)

Representación de los trabajadores:

Don Pedro Linares (CCOO).

Don Adrián Labazuy (CCOO).

Doña Ester Rodríguez (CCOO).

Doña Susana Escudero (CCOO).

Doña Aranzazu Modrego (UGT).

Don José Rodríguez (UGT).

Don Manuel Carretero (IND).

Doña Mónica Martínez (IND).

Don Roberto Peñas (IND).

Asesores:

Doña Cristina Estévez (UGT).

Representación de la Empresa:

D. Miguel Ruiz.

D. Samuel Miguélez.

D.ª Marta Adarraga (Asesora).

Reunidos en los locales de Decathlon España, S.A., sitos en San Sebastián de los Reyes (Madrid), siendo las 11:00 horas del día 17 de diciembre de 2014, las personas que a continuación se relacionan, todas ellas miembros de la Comisión Negociadora, del VI Convenio Colectivo de Decathlon España, S.A.

Se inicia la reunión comunicando la Empresa el inicio de período de consultas con la representación de los trabajadores al amparo de lo dispuesto en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, y ello a fin de proceder a modificar para el año 2015 el sistema regulado para ese año 2015 como sistema de primas según lo establecido en el artículo 31 del VI Convenio Colectivo Decathlon España inaplicando el citado sistema previsto para el año 2015 y sustituyéndolo por el mismo sistema que ha venido siendo de aplicación durante el año 2014 entendiendo éste como más acorde con las políticas de Compañía, todo ello con el fin de poder conseguir la mejor animación de los equipos.

A los anteriores efectos la Empresa procede a efectuar una presentación sobre la incidencia del cambio durante los meses del año 2014 transcurridos hasta la fecha, efectuando una comparativa respecto de los porcentajes de prima que se han obtenido con el sistema finalmente aplicado mediante la modificación del artículo 31 del VI Convenio Colectivo Decathlon España llevada a cabo el pasado mes de enero de 2014 respecto del anterior sistema inicialmente regulado a la fecha de firma del VI convenio de la empresa.

Tras la presentación, por parte de la representación social se hace una valoración positiva del cambio producido, valoración que también comparte la Empresa.

Tras las distintas valoraciones, la representación social efectúa una propuesta que tiene su eje fundamental en la modificación del sistema previsto en Convenio para el año 2015 proponiendo, del mismo modo que para el ejercicio 2014, un sistema de primas sobre la base de progresión de cantidades de producto vendidas en vez de progresión de volumen de ventas.

A continuación la Empresa manifiesta su acuerdo con la propuesta y propone sustituir para el año 2015 el texto del artículo 31 dándole la misma redacción acordada el 9 de enero de 2014 (BOE de 14 de febrero).

Y a continuación, ambas partes firman la presente acta como de fin de período de consultas con acuerdo en los siguientes términos:

Acuerdos

1. La inaplicación durante el año 2015 del actual texto del artículo 31 del VI Convenio Colectivo de Decathlon España, S.A.U., siendo aplicable para dicho año el sistema derivado de la redacción que a continuación se indica:

Articulo 31. Primas.

Los trabajadores/as tendrán derecho a percibir la prima a partir de su tercer mes en la empresa. No obstante, si el trabajador hubiera permanecido en la empresa al menos tres meses dentro de los últimos doce meses, tendrá acceso inmediato al sistema de prima.

El sistema de primas se regirá según las tablas que a continuación se adjuntan.

En cualquier caso el porcentaje de prima variable es propio del puesto de trabajo ocupado reflejado en las tablas adjuntas y los rangos de primas pueden ser distintos para diferentes puestos de trabajo dentro del mismo grupo profesional.

1) Se entiende por:

– RBE: Resultado Bruto de Explotación, según Cuenta de Explotación mensual de la tienda.

– Mes 13: confirmación del resultado bruto de explotación anual en el mes de febrero, resultante del cierre fiscal anual auditado. Sólo podrá ser percibida por las personas que hayan completado el año de principio a fin.

– DDA: desde el principio del año.

– VV: volumen de ventas con IVA incluido.

– Tiendas comparables: a efectos de cálculo de las primas, se consideran tiendas comparables aquellas que tienen una antigüedad superior a 12 meses.

– Crecimiento: comparación de los resultados de la totalidad de las tiendas.

– Progresión: comparación de resultados de las tiendas comparables.

– Cuenta de explotación mensual (CEx mensual): estado contable que permite conocer los principales datos económicos del centro. Se obtiene con una periodicidad mensual.

– Coste artículo: es el coste de un artículo calculado por la relación entre el número de artículos tratados y los gastos generados por el almacén relativos a su tratamiento (salvo coste de transporte).

2) La prima se hace efectiva con una periodicidad mensual.

3) La prima del mes se calcula siempre sobre los resultados obtenidos en el mes anterior. Esto es, se hace efectiva en la nómina del mes siguiente a los resultados obtenidos.

4) La prima de los/as trabajadores/as que, a lo largo del mes de cálculo, hayan desarrollado sus funciones en distintos universos o zonas, se calculará tomando en consideración la media ponderada de los resultados obtenidos en cada uno de los mismos. El mencionado cálculo se realizará sobre la base del tiempo dedicado a cada zona.

Sistemas de primas por función tiendas de menos de un año

Función

Sistema de Primas aplicable

Fuente para el cálculo

Azafata/o de caja o de recepción.

0 a 20 %: Realización de objetivos de volumen de ventas IVA incluido de la tienda.

Tabla de objetivos económicos establecida para la tienda durante el 1.er año.

Responsable de Sección.

0 a 15 %: Realización de objetivos de volumen de ventas IVA incluido de la Sección.

0 a 10 %: Realización de objetivos de volumen de ventas IVA incluido de la tienda.

0 a 5 %: Realización de objetivos de RBE de la tienda para el primer año (mes a mes con regularización en el «mes 13»).

Tabla de objetivos económicos establecida para la tienda durante el 1.er año.

Vendedor/a Deportista, Técnico de Taller.

0 a 10 %: Realización de objetivos de volumen de ventas IVA incluido de la Sección.

0 a 10 %: Realización de objetivos de volumen de ventas IVA incluido de la tienda.

Tabla de objetivos económicos establecida para la tienda durante el 1.er año.

Organizador/a de Explotación Responsable de Cajas.

0 a 20 %: Realización de objetivos de volumen de ventas IVA incluido de la tienda.

0 a 10 %: Realización de objetivos de RBE de la tienda para el primer año (periodicidad mensual con regularización en el «mes 13»).

Tabla de objetivos económicos establecida para la tienda durante el 1.er año.

Sistema de prima por función tiendas entre uno y cuatro años (*)

Función

Sistema de Primas aplicable únicamente en caso de que la progresión del volumen de ventas sin IVA incluido de la tienda comparado con el volumen de ventas sin IVA incluido del año anterior de la misma tienda sea mayor o igual que cero.

Fuente para el cálculo

Azafata/o de caja y/o recepción.

0 a 20 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la tienda.

11 % de progresión da el máximo de prima.

Programa de gestión tienda.

Vendedor/a deportista, Técnico de Taller.

0 a 10 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la Sección.

11 % de progresión da el máximo de prima.

Si tiene varias Secciones: suma de la progresión del número de cantidades de productos vendidas en las distintas Secciones comparado con la suma de la progresión del número de cantidades de productos vendidas en el año anterior en las mismas Secciones.

0 a 10 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la tienda.

11 % de progresión da el máximo de prima

Programa de gestión tienda.

Responsable de

Sección.

0 a 15 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la Sección.

11 % de progresión da el máximo de prima.

Si tiene varias Secciones: suma de la progresión del número de cantidades de productos vendidas en las distintas Secciones comparado con la suma de la progresión del número de cantidades de productos vendidas en el año anterior en las mismas Secciones.

0 a 10 % Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la tienda.

11 % de progresión da el máximo de prima.

0 a 5 % Prima RBE de la tienda

Periodicidad mensual con regularización en el «mes 13».

Programa de gestión tienda

CEx mensual.

Responsable Cajas

Organizador/a de

Explotación.

0 a 15%: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la tienda.

11% de progresión da el máximo de prima

0 a 15%: Prima RBE de la tienda.

Mes a mes con regularización en el mes 13

Programa de gestión tienda

CEx mensual.

(*) En el caso de relocalización y/o ampliación de superficie de venta construida, el primer año a contar desde mencionado cambio no se computará como antigüedad a los efectos de aplicación del sistema de primas, aplicándose durante esos 12 meses el sistema de primas por función previsto en el presente convenio para tiendas de menos de un año.

Sistema de prima por función tiendas de más de cuatro años (*)

Función

Sistema de Primas aplicable únicamente en caso de que la progresión del volumen de ventas sin IVA incluido de la tienda comparado con el volumen de ventas sin IVA incluido del año anterior de la misma tienda sea mayor o igual que cero.

Fuente para el cálculo

Azafata/o de caja y/o recepción.

0 a 20 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la tienda.

6 % de progresión da el máximo de prima.

Programa de gestión tienda.

Vendedor/a deportista, Técnico de Taller.

0 a 10 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la Sección.

6 % de progresión da el máximo de prima.

Si tiene varias Secciones: suma de la progresión del número de cantidades de productos vendidas en las distintas Secciones comparado con la suma de la progresión del número de cantidades de productos vendidas en el año anterior en las mismas Secciones.

0 a 10 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la tienda.

6 % de progresión da el máximo de prima.

Programa de gestión tienda.

Responsable de Sección.

0 a 15 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la Sección.

6 % de progresión da el máximo de prima.

Si tiene varias Secciones: suma de la progresión del número de cantidades de productos vendidas en las distintas Secciones comparado con la suma de la progresión del número de cantidades de productos vendidas en el año anterior en las mismas Secciones.

0 a 10 % Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la tienda.

6 % de progresión da el máximo de prima.

0 a 5 % Prima RBE de la tienda

Periodicidad mensual con regularización en el «mes 13».

Programa de gestión tienda CEx mensual.

Responsable Cajas Organizador/a de Explotación.

0 a 15 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en la tienda.

6 % de progresión da el máximo de prima

0 a 15 %: Prima RBE de la tienda.

Periodicidad mensual con regularización en el «mes 13».

Programa de gestión tienda CEx mensual.

(*) En el caso de relocalización y/o ampliación de superficie de venta construida, el primer año a contar desde mencionado cambio no se computará como antigüedad a los efectos de aplicación del sistema de primas, aplicándose durante esos 12 meses el sistema de primas por función previsto en el presente convenio para tiendas de menos de un año.

Sistema de primas por función actividad logística

Función

Sistema de Primas aplicable únicamente en caso de que la progresión del volumen de ventas sin IVA incluido de las tiendas de referencia para cada almacén, comparado con el volumen de ventas sin IVA incluido del año anterior de las mismas tiendas, sea mayor o igual que cero.

Fuente para el cálculo

Operario/a logística/ Operario/a técnico de logística.

0 a 10 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en las tiendas de las regiones comerciales entregadas por el almacén de referencia.

6 % de progresión del conjunto de las tiendas de referencia da el máximo de prima.

0 a 10 %: Prima por mejora del coste artículo con respecto al presupuesto.

CEx mensual + Tabla de objetivos coste artículo calculada en DDA + Presupuesto del almacén de referencia.

Resp de Sección Logística, Responsable Transporte Almacén, Organizador/a económico y/o de explotación del Almacén.

0 a 15 %: Progresión del número de cantidades de productos vendidos en las tiendas de las regiones comerciales entregadas por el almacén de referencia.

6 % de progresión del conjunto de las tiendas de referencia da el máximo de prima.

0 a 15 %: Prima por mejora del coste artículo con respecto al presupuesto.

CEx mensual + Tabla de objetivos coste artículo calculada en DDA + Presupuesto del almacén de referencia.

Sistema de prima por función estructura región

Función

Sistema de Primas aplicable únicamente en caso de que la progresión del volumen de ventas sin IVA incluido de las tiendas de referencia de la región comparado con el volumen de ventas sin IVA incluido del año anterior de las mismas tiendas, sea mayor o igual que cero.

Fuente para el cálculo

Puestos de Servicios Regionales (Tramos en función de la prima percibida por cada colectivo).

1/2 Prima: Crecimiento del número de cantidades de productos vendidos en las tiendas del global de la región (como suma del total de tiendas que componen la región).

1/2 Prima: RBE de la región.

Periodicidad mensual con regularización en el «mes 13».

CEx mensual.

Sistema de primas por función estructura país

Función

Sistema de Primas aplicable únicamente en caso de que la progresión del volumen de ventas sin IVA incluido de las tiendas de referencia país comparado con el volumen de ventas sin IVA incluido del año anterior de las mismas tiendas, sea mayor o igual que cero.

Fuente para el cálculo

Puestos de Servicios País.

(Tramos en función de la prima percibida por cada colectivo)

1/2 Prima: Crecimiento del número de cantidades de productos vendidos en las tiendas del global del país (como suma del total de tiendas que componen el país).

1/2 Prima: RBE del global del país (todas las actividades).

Periodicidad mensual con regularización en el «mes 13».

CEx mensual.

2. Autorizar a don Samuel Miguélez García para que proceda a realizar todas las gestiones y actuaciones necesarias para la inscripción y posterior publicación de las presentes modificaciones del VI Convenio Colectivo ante las autoridades competentes.

Y sin nada más que tratar se levanta la sesión.

Por la empresa Por la representación de los trabajadores

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/01/2015
  • Fecha de publicación: 22/01/2015
Referencias anteriores
  • MODIFICA los indicado del Convenio publicado por Resolución de 19 de diciembre de 2013 (Ref. 2014/73) (Ref. BOE-A-2014-73).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Deporte
  • Establecimientos comerciales
  • Negociación colectiva

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