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Documento BOE-A-2015-8888

Orden DEF/1667/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción a la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire mediante la forma de ingreso con titulación previa.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 2015, páginas 70898 a 70905 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-8888
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2015/07/29/def1667

TEXTO ORIGINAL

Tras tres años de aplicación de la Orden Ministerial 9/2012, de 20 de febrero, por la que se aprueban los Planes de Estudios de la Enseñanza de Formación de Oficiales para la integración o adscripción a la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire mediante la forma de ingreso con titulación previa, se ha puesto de manifiesto que los cometidos asignados a este cuerpo, demandan unas competencias que no se pueden alcanzar con los planes de estudios actualmente en vigor de un curso de duración, puesto que la preparación para los cometidos de abastecimiento que establece la disposición adicional primera.3 del Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, requiere una formación específica más profunda que la que se viene realizando.

Por tal motivo, se consideró necesario aumentar la duración de los planes de estudios de un año a dos, para la integración en la escala de oficiales, siguiendo el modelo formativo de los oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire mediante las formas de ingreso con titulación.

Esta orden ministerial establece la planificación temporal de los planes de estudios y el centro donde se imparten, indicando los créditos ECTS («European Credit Transfer System») de cada asignatura, la materia a la que pertenece y el módulo en el que está inmersa.

También incluye los créditos, ECTS o anteriores, que se les reconocen a los alumnos de procedencia militar y quedan determinadas las materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas, parcial o totalmente, mediante enseñanza a distancia, a las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan participar de forma presencial.

El artículo 15 de las Directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas, aprobadas por la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo, establece que los currículos de la formación militar serán elaborados por los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y, en el caso de los cuerpos comunes, por el Subsecretario de Defensa y aprobados por el Ministro de Defensa.

Durante su tramitación, este proyecto fue informado por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y se ha dado conocimiento de la misma al resto de asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, ha sido informado por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Aprobación de los currículos.

Se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción a la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire mediante la forma de ingreso con titulación previa, cuyos textos se insertan a continuación.

Disposición adicional única. Empleos eventuales.

1. Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, a los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración a la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire, que hayan superado completamente el primer trimestre del primer curso, se les concederá, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de alférez alumno.

2. De igual modo, con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, a los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para la adscripción a la escala de oficiales del cuerpo de intendencia del Ejército del Aire, que hayan superado completamente el periodo de formación de carácter general, se les concederá, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de alférez alumno.

Disposición transitoria única. Extinción de los planes de estudios.

Una vez que entren en vigor los nuevos currículos, los planes de estudios anteriores se extinguirán curso por curso académico y coexistirán en el caso de que algún alumno, habiéndolo cursado, tuviese que repetir curso.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

1. Queda derogada la Orden Ministerial 9/2012, de 20 de febrero, por la que se aprueban los Planes de Estudios de la Enseñanza de Formación de Oficiales para la integración o adscripción a la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire mediante la forma de ingreso con titulación previa.

2. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en todo aquello en lo que se opongan a lo dispuesto en ésta orden ministerial.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Los currículos que se aprueban en esta orden ministerial se implementarán a partir del curso 2015-2016.

Madrid, 29 de julio de 2015.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

Currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire, mediante la forma de ingreso con titulación previa
Artículo 1. Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.

Los perfiles a alcanzar por el teniente de la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas, es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, le capacitarán para:

a) Ejercer las funciones técnicas, logísticas, administrativas y docentes en el desempeño de sus cometidos para el apoyo a la fuerza, en el ámbito de su competencia y responsabilidad, así como, para la utilización de los recursos personales, materiales y financieros de los que sea responsable.

b) Adecuar sus acciones a las circunstancias, mediante el análisis y la deducción de opciones oportunas y adecuadas.

c) A su nivel, elaborar, interpretar, transmitir y expresar órdenes e ideas en castellano, la lengua española oficial del Estado, e inglés y desarrollar su actividad integrado en organizaciones militares multinacionales.

Artículo 2. Planificación temporal del plan de estudios.

A continuación se relaciona la planificación temporal del plan de estudios, por cursos, con sus módulos correspondientes:

Curso: 1.º

Centro: Academia General del Aire

Módulo

Materia

Asignatura

ECTS

FORMACIÓN MILITAR GENERAL.

FORMACIÓN BÁSICA.

FORMACIÓN MILITAR BÁSICA I.

1,5

FORMACIÓN MILITAR BÁSICA II.

1,5

FORMACIÓN MILITAR.

FORMACIÓN MILITAR I.

2

FORMACIÓN MILITAR II.

2,5

FORMACIÓN MILITAR III.

2,5

FORMACIÓN MILITAR ESPECÍFICA.

GEOPOLITICA Y AMENAZAS GEOESTRATÉGICAS.

INTRODUCCIÓN A LA GEOPOLÍTICA.

1

FUNDAMENTOS BÁSICOS DE CIBERDEFENSA.

2

DERECHO.

BASES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO MILITAR.

1

DERECHO DEL TRABAJO.

1

DERECHO PATRIMONIAL.

2

FORMACIÓN MILITAR TÉCNICA.

ECONOMÍA DE LA DEFENSA.

ECONOMÍA DE LA DEFENSA.

3

GESTIÓN PRESUPUESTARIA.

PRESUPUESTO Y GASTO PÚBLICO I.

3,5

CONTROL INTERNO.

1

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

6

CONTABILIDAD.

CONTABILIDAD PÚBLICA Y ANALÍTICA I.

1

CONTABILIDAD PRESUPUESTARIA.

2

GESTIÓN ECONÓMICA FINANCIERA.

GESTIÓN DE NÓMINAS.

2

GESTIÓN DE PAGADURÍA.

4

LOGÍSTICA.

FUNDAMENTOS DE LOGÍSTICA.

3

GESTIÓN DE INVENTARIOS.

1

OPTIMIZACIÓN DE STOCKS Y ESTRATEGIAS DE APROVISIONAMIENTO.

3

PROCEDIMIENTOS DE ESPECIALIDAD.

ORGANIZACIÓN Y DIRECCION.

1.5

PROCEDIMIENTOS SEA.

8,5

PROCEDIMIENTOS SEINT.

4,5

FORMACIÓN EN IDIOMA EXTRANJERO.

LENGUA INGLESA.

LENGUA INGLESA I.

3

INGLES TÉCNICO ECONÓMICO.

3

INSTRUCCIÓN Y ADIESTRAMIENTO.

FORMACIÓN MILITAR.

FASE ACOGIDA, ORIENTACIÓN Y ADAPTACIÓN A LA VIDA MILITAR.

2 semanas

TÉCNICAS MILITARES Y DE MANDO I.

5 semanas

FORMACIÓN PARA EL SERVICIO I.

1 semana

INSTRUCCIÓN ORDEN CERRADO I.

50 horas

FORMACIÓN FÍSICA.

DEPORTE I.

50 horas

MEJORA FÍSICA I.

50 horas

Curso: 2.º

Centro: Academia General del Aire/ESTAER

Módulo

Materia

Asignatura

ECTS

FORMACIÓN MILITAR ESPECÍFICA.

HISTORIA DE LAS INSTITUCIONES.

HISTORIA DE LA AERONÁUTICA Y DEL CUERPO DE INTENDENCIA.

3

MANDO Y LIDERAZGO.

MANDO Y LIDERAZGO.

3

COMUNICACIÓN SOCIAL.

3

GEOPOLITICA Y AMENAZAS GEOESTRATÉGICAS.

GEOPOLITICA Y RELACIONES INTERNACIONALES.

3

FORMACIÓN MILITAR TÉCNICA.

GESTION PRESUPUESTARIA.

PRESUPUESTO Y GASTO PÚBLICO II.

6

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

CONTRATACIÓN.

8

CONTABILIDAD.

CONTABILIDAD PÚBLICA Y ANALÍTICA II.

6

GESTIÓN ECÓNOMICO-FINANCIERA.

GESTIÓN ECONÓMICA Y PAGADURÍAS.

6

LOGÍSTICA.

LOGÍSTICA DE GESTIÓN DE MATERIAL: APOYO AL PERSONAL.

4

LOGÍSTICA DE GESTIÓN DE MATERIAL: SOSTENIMIENTO AÉREO.

3

ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE RECAUDACIONES E INGRESOS EN UCO.

5

LOGÍSTICA INVERSA: ENAJENACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE MATERIAL.

2

FORMACIÓN EN IDIOMA EXTRANJERO.

LENGUA INGLESA.

LENGUA INGLESA II.

3

INGLÉS TÉCNICO-ECONÓMICO.

3

INSTRUCCIÓN Y ADIESTRAMIENTO.

FORMACIÓN MILITAR.

TÉCNICAS MILITARES Y DE MANDO II.

5 semanas

FORMACIÓN PARA EL SERVICIO II.

1 semana

INSTRUCCIÓN ORDEN CERRADO II.

50 horas

FORMACIÓN FÍSICA.

DEPORTE II.

50 horas

MEJORA FÍSICA II.

50 horas

FORMACION TÉCNICA.

PRÁCTICAS EN UCOS.

60 horas

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

6

Artículo 3. Reconocimiento de créditos.

1. Al alumno que acceda a la enseñanza de formación desde la condición de militar profesional, se le podrá reconocer, a petición del interesado, la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar del módulo de Instrucción y Adiestramiento.

2. Al alumno que acceda mediante promoción por cambio de escala o de cuerpo, se le podrá reconocer los créditos de los siguientes módulos y materias y asignaturas, según su procedencia:

a) Militar de complemento. El módulo de Formación Militar General; así como las asignaturas que coincidan en contenidos y créditos con las que cursaron en su momento para adscribirse como militares de complemento.

b) Escala de suboficiales. La materia Formación Básica, del módulo de Formación Militar General; y las asignaturas Formación Militar I y Formación Militar II, de la materia Formación Militar.

c) Escala de tropa. La asignatura Formación Militar Básica I, de la materia Formación Básica, del módulo de Formación Militar General.

3. Además de lo anterior, también podrán ser reconocidos al alumno, a petición del interesado, los créditos de los módulos, materias y asignaturas, en función de los cursos, títulos y currículo superado de su escala de procedencia y de la especialidad fundamental en su caso, que acrediten, y que a juicio de la junta docente tengan similar duración, número de créditos y contenido.

Artículo 4. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a distancia.

A continuación se relacionan, por módulos, aquellas materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan desarrollar la enseñanza de manera presencial:

Módulo

Materia

Asignatura

 

FORMACIÓN MILITAR GENERAL.

FORMACIÓN BÁSICA.

FORMACIÓN MILITAR BÁSICA I.

T

FORMACIÓN MILITAR.

FORMACIÓN MILITAR I.

T

FORMACIÓN MILITAR ESPECÍFICA.

HISTORIA DE LAS INSTITUCIONES.

HISTORIA DE LA AERONÁUTICA Y DEL CUERPO DE INTENDENCIA.

P

DERECHO.

DERECHO DEL TRABAJO.

P

MANDO Y LIDERAZGO.

COMUNICACIÓN SOCIAL.

P

GEOPOLÍTICA Y AMENAZAS GEOESTRATEGICAS.

GEOPOLÍTICA Y RELACIONES INTERNACIONALES.

T

ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN.

P

FORMACIÓN EN IDIOMA EXTRANJERO.

LENGUA INGLESA.

LENGUA INGLESA I.

P

FORMACIÓN MILITAR TÉCNICA.

GESTION PRESUPUESTARIA.

PRESUPUESTO Y GASTO PUBLICO I.

P

LOGÍSTICA.

FUNDAMENTOS DE LOGÍSTICA.

P

LOGÍSTICA INVERSA: ENAJENACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE MATERIAL.

P

GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA.

GESTIÓN DE NÓMINAS.

P

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

CONTRATACIÓN Y COOPERACIÓN PÚBLICO PRIVADA.

P

Artículo 5. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en lengua inglesa además del módulo de Formación en Idioma Extranjero.

La asignatura susceptible de ser impartida en lengua inglesa, por módulo y materia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), es la siguiente:

Curso: 2.º

Centro: Academia General del Aire/ESTAER

Módulo

Materia

Asignatura

 

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

P

Currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la adscripción de los militares de complemento a la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire, mediante la forma de ingreso con titulación previa
Artículo 1. Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.

Los perfiles a alcanzar por el teniente, militar de complemento, adscrito a la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire,, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas, es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, le capacitarán para:

a) Ejercer las funciones técnicas, logísticas, administrativas y docentes en el desempeño de sus cometidos para el apoyo a la fuerza, en el ámbito de su competencia y responsabilidad, así como, para la utilización de los recursos personales, materiales y financieros de los que sea responsable.

b) Adecuar sus acciones a las circunstancias, mediante el análisis y la deducción de opciones oportunas y adecuadas.

c) A su nivel, elaborar, interpretar, transmitir y expresar órdenes e ideas en castellano, la lengua española oficial del Estado, e inglés y desarrollar su actividad integrado en organizaciones militares multinacionales.

Artículo 2. Planificación temporal del plan de estudios.

A continuación se relaciona la planificación temporal del plan de estudios, por curso, con sus módulos correspondientes:

Período de formación militar de carácter general

Centro: Academia General del Aire

Módulo

Materia

Asignatura

ECTS

FORMACIÓN MILITAR GENERAL.

FORMACIÓN BÁSICA.

FORMACIÓN MILITAR BÁSICA I.

1,5

FORMACIÓN MILITAR BÁSICA II.

1,5

FORMACIÓN MILITAR.

FORMACIÓN MILITAR I.

2

FORMACIÓN MILITAR II.

2,5

FORMACIÓN MILITAR III.

2,5

FORMACIÓN MILITAR ESPECÍFICA.

DERECHO.

BASES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO MILITAR.

1

DERECHO DEL TRABAJO.

1

DERECHO PATRIMONIAL.

2

GEOPOLITICA Y AMENAZAS GEOESTRATÉGICAS.

INTRODUCCIÓN A LA GEOPOLÍTICA.

1

FUNDAMENTOS BÁSICOS DE CIBERDEFENSA.

2

FORMACIÓN MILITAR TÉCNICA.

PROCEDIMIENTOS DE ESPECIALIDAD.

ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN.

1.5

FORMACIÓN EN IDIOMA EXTRANJERO.

LENGUA INGLESA.

LENGUA INGLESA I.

1

INGLES TECNICO ECONOMICO.

1

INSTRUCCIÓN Y ADIESTRAMIENTO.

FORMACIÓN MILITAR.

FASE ACOGIDA, ORIENTACIÓN Y ADAPTACIÓN A LA VIDA MILITAR.

2 sem

TÉCNICAS MILITARES Y DE MANDO I.

3 sem

FORMACIÓN PARA EL SERVICIO I.

1 sem

INSTRUCCIÓN ORDEN CERRADO I.

30 horas

FORMACIÓN FÍSICA.

DEPORTE I.

20 horas

MEJORA FÍSICA I.

20 horas

Periodo de formación militar de carácter específico

Centro: Academia General del Aire

Módulo

Materia

Asignatura

ECTS

FORMACIÓN MILITAR TÉCNICA.

ECONOMÍA DE LA DEFENSA.

ECONOMÍA DE LA DEFENSA.

3

GESTIÓN PRESUPUESTARIA.

PRESUPUESTO Y GASTO PÚBLICO I.

3,5

CONTROL INTERNO.

1

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

6

CONTABILIDAD.

CONTABILIDAD PÚBLICA Y ANALÍTICA I.

1

CONTABILIDAD PRESUPUESTARIA.

2

GESTIÓN ECONÓMICA FINANCIERA.

GESTIÓN DE NÓMINAS.

2

GESTIÓN DE PAGADURÍA.

4

LOGÍSTICA.

FUNDAMENTOS DE LOGÍSTICA.

3

GESTIÓN DE INVENTARIOS.

1

OPTIMIZACIÓN DE STOCKS Y ESTRATEGIAS DE APROVISIONAMIENTO.

3

PROCEDIMIENTOS DE ESPECIALIDAD.

PROCEDIMIENTOS SEA.

8,5

PROCEDIMIENTOS SEINT.

4,5

FORMACIÓN EN IDIOMA EXTRANJERO.

LENGUA INGLESA.

LENGUA INGLESA I.

2

INGLES TECNICO ECONÓMICO.

2

INSTRUCCIÓN Y ADIESTRAMIENTO.

FORMACIÓN MILITAR.

TÉCNICAS MILITARES Y DE MANDO I.

2 sem

INSTRUCCIÓN ORDEN CERRADO I.

20 horas

FORMACIÓN FÍSICA.

DEPORTE I.

30 horas

MEJORA FÍSICA I.

30 horas

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

3

Artículo 3. Reconocimiento de créditos.

Podrán ser reconocidos al alumno que acceda a la enseñanza de formación desde la condición de militar profesional para cursar el anterior plan de estudios, y a petición del interesado, la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar del módulo de Instrucción y Adiestramiento, y, en función de su procedencia, los créditos de los módulos, materias y asignaturas según lo establecido en el artículo 3 del Currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire, mediante la forma de ingreso con titulación previa, de esta orden ministerial.

Artículo 4. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a distancia.

A continuación se relacionan, por módulos, aquellas materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan desarrollar la enseñanza de manera presencial:

Módulo

Materia

Asignatura

 

FORMACIÓN MILITAR GENERAL.

FORMACIÓN BÁSICA.

FORMACIÓN MILITAR BÁSICA I.

T

FORMACIÓN MILITAR.

FORMACIÓN MILITAR I.

T

FORMACIÓN MILITAR ESPECÍFICA.

GOPOLITICA Y AMENAZAS GEOESTRATEGICAS.

ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN.

P

DERECHO.

DERECHO DEL TRABAJO.

P

FORMACIÓN EN IDIOMA EXTRANJERO.

LENGUA INGLESA.

LENGUA INGLESA I.

P

FORMACIÓN MILITAR TÉCNICA.

GESTION PRESUPUESTARIA.

PRESUPUESTO Y GASTO PUBLICO I.

P

LOGÍSTICA.

FUNDAMENTOS DE LOGÍSTICA.

P

GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA.

GESTIÓN DE NÓMINAS.

P

Artículo 5. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en lengua inglesa además del módulo de Formación en Idioma Extranjero.

La asignatura susceptible de ser impartida en lengua inglesa, por módulo y materia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), es la siguiente:

Periodo de formación militar de carácter específico

Centro: Academia General del Aire

Módulo

Materia

Asignatura

 

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

TRABAJO FIN DE FORMACIÓN.

P

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/07/2015
  • Fecha de publicación: 07/08/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 08/08/2015
  • Aplicable en la forma indicada en la disposición final única.
Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden 9/2012, de 20 de febrero.
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Art. 15 de la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo (Ref. BOE-A-2015-4947).
    • Reglamento aprobado por Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-8698).
Materias
  • Academias militares
  • Currículo
  • Ejército del Aire
  • Enseñanza Militar
  • Planes de estudios

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