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Documento BOE-A-2016-11400

Resolución de 24 de noviembre de 2016, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se corrigen errores en la de 30 de diciembre de 2015, por la que se determina el pago de las ayudas concedidas por Resolución de 26 de marzo de 2015, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas del tercer Programa de mentoring en comercio electrónico.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 1 de diciembre de 2016, páginas 83887 a 83888 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2016-11400

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 30 de diciembre de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se determina el pago de las ayudas concedidas por Resolución de 26 de marzo de 2015, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para la realización del tercer Programa de mentoring en comercio electrónico, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 29, de 3 de febrero de 2016, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

• En la tabla de los beneficiarios del Lote I a los que se resuelve proceder al pago de la ayuda, reflejada en las páginas número 9039-9058, se añade la siguiente entrada, que se eliminará del apartado Tercero. (Beneficiarios provisionales del Lote I que no recibirán el pago de la ayuda por haber presentado documentación de justificación de la ayuda que incumple los términos de lo dispuesto en la base octava, Lote I), página 9080:

N.º Expediente

Beneficiario

NIF

Importe Lote I tras justificación (€)

2015/C010J/000106

Disbegal sa.

A36776250

4.760,00

• En la tabla de los beneficiarios del Lote II, a los que se resuelve proceder al pago de la ayuda, reflejada en las páginas números 9058-9072, se añaden las siguientes entradas, que se eliminan del apartado Tercero. (Beneficiarios provisionales del Lote II que no recibirán el pago de la ayuda por haber presentado documentación de justificación de la ayuda que incumple los términos de lo dispuesto en la base octava), páginas 9081 y 9082:

N.º Expediente

Beneficiario

NIF

Importe Lote II tras justificación (€)

2014/C010/001956

Anbelo Solar Renovables 2 Slu.

B02473973

10.000,00

2014/C010/002172

Flotor Media Solutions Sl.

B19518398

10.000,00

2014/C010/002649

Indalo Show Sl.

B04738324

10.000,00

2014/C010/002631

Sinase Alfonso Sa.

A31001266

5.360,00

• En la tabla de los beneficiarios provisionales del Lote II, a los que se resuelve proceder al pago de la ayuda, reflejada en las páginas números 9059, 9068, 9069 y 9072, donde dice:

«N.º Expediente

Beneficiario

NIF

Importe Lote II tras justificación (€)

2014/C010/000452

Bodegas El Pilar Sa.

A50129345

7.600,00

2014/C010/001008

Lemerodri Slu.

B35932821

6.080,00

2014/C010/002944

Lusi Mateo Albalat.

15455946S

2.600,66

2014/C010/000443

Vegajardin Sl.

B13290804

7.200,00»

Debe decir:

«N.º Expediente

Beneficiario

NIF

Importe Lote II tras justificación (€)

2014/C010/000452

Bodegas El Pilar Sa.

A50129345

10.000,00

2014/C010/001008

Lemerodri Slu.

B35932821

10.000,00

2014/C010/002944

Luis Mateo Albalat.

15455946S

7.800,00

2014/C010/000443

Vegajardin Sl.

B13290804

10.000,00»

Madrid, 24 de noviembre de 2016.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Daniel Noguera Tejedor.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/11/2016
  • Fecha de publicación: 01/12/2016
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 30 de diciembre de 2015 (Ref. BOE-A-2016-1052).

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