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Documento BOE-A-2016-1590

Resolución de 3 de febrero de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2016 del Convenio colectivo del Grupo Importaco Frutos Secos.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2016, páginas 12363 a 12366 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-1590
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/02/03/(14)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2016 del Convenio colectivo del grupo de empresas Importaco Frutos Secos (código de convenio nº 90100053012012) que fue suscrito con fecha 20 de enero de 2016, de una parte por las personas designadas por la Dirección empresarial en representación de las empresas del grupo, y de otra por los sindicatos FITAG UGT PV y Federación Agroalimentaria PV CC.OO. en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de febrero de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL «GRUPO DE EMPRESAS IMPORTACO FRUTOS SECOS»

En Beniparrell (Valencia), a 7 de enero del año 2016 siendo las 10:00 horas, reunidos de una parte y de la otra, las personas relacionadas más adelante, componentes de la comisión negociadora del Convenio Colectivo del Grupo de Empresas Importaco Frutos Secos, manifiestan y acuerdan:

Primero.

Que en fecha 2 de febrero de 2015, se aprobó el texto articulado del Convenio Colectivo del Grupo de Empresas Importaco que posteriormente fue publicado en el BOE.

Segundo.

Que en el artículo 30.3 del mismo se acordó para el año 2016 se producirá un incremento salarial del 1% sobre todos los conceptos salariales del Convenio, excepto para el plus de sábados.

Tercero.

Reunida la Comisión Negociadora, acuerda realizar la actualización de las tablas salariales en tal sentido según se relacionan en el anexo I.

Cuarto.

Autorizar a D.ª Lara Peiro Corella y D.ª Regina Muria Giner, para que realicen los trámites necesarios ante la Administración para la inscripción, registro y publicación de la actualización de las Tablas salariales, informando puntualmente a las partes del desarrollo de la gestión.

Por el Grupo IMPORTACO:

Don Armando Calatayud Olivert (Director de Personas y Valores).

Don Eloy Herrero de Loro (Responsable de Relaciones Laborales).

Doña Nuria Martínez Beneyto (Asesora).

Por la parte social: Sindicatos.

FITAG UGT PV:

Doña Patricia García Torres.

Don Cristóbal García Milla.

Doña Eva Minguet Ramón.

Don José Fernando Durán Cárdenas.

Don Iván Carbonell Carbonell.

Doña Mar Zornoza Martorell.

Doña Azahar Lluesma Benavente.

Don David Romero Furio.

Don Manuel Badal Sales.

Doña Eva Rodríguez Navarro (Asesora).

Doña Yovana Sancho Jurado (Asesora).

Federación Agroalimentaria PV CC. OO.:

Doña Ana Dorronsoro Ledesma.

Don Andrés Lloria Villena.

Doña Elena Avilés Varela.

Don Víctor Nicolás Pellicer.

Doña Soledad Montaner Hercio (Asesora).

ANEXO I
Artículo 21. Horas extraordinarias, horas festivas y horas nocturnas.

 

Hora normal

Hora extra

Nocturnidad

H. extra festiva

Grupo Profesional Administración

 

 

 

 

Funciones:

 

 

 

 

Asp. Administrativo.

7,18

10,77

8,98

16,16

Aux. Administrativo.

7,79

11,68

9,73

17,52

Oficial 2.ª

8,78

13,17

10,97

19,75

Oficial 1.ª

9,03

13,54

11,28

20,31

Jefe Sección.

11,62

17,44

14,53

26,16

Analista Programador.

9,89

14,84

12,37

22,26

Jefe Departamento.

12,02

18,04

15,03

27,06

Director Área.

21,33

31,99

26,66

47,99

Grupo Profesional Comercial

 

 

 

 

Funciones:

 

 

 

 

Vendedor 3.ª

7,21

10,81

9,01

16,22

Vendedor 2.ª

7,69

11,54

9,62

17,31

Vendedor 1.ª

8,18

12,27

10,22

18,40

Jefe Sección.

9,89

14,84

12,37

22,26

Jefe Sucursal.

12,43

18,64

15,53

27,96

Jefe Área.

14,51

21,77

18,14

32,65

Grupo Profesional Operaciones

 

 

 

 

Funciones:

 

 

 

 

Oficial Técnico 2.ª

7,18

10,77

8,98

16,16

Oficial Técnico 1.ª

8,18

12,27

10,22

18,40

Jefe Sección.

10,83

16,24

13,53

24,36

Encargado.

11,62

17,44

14,53

26,16

Peón.

6,81

10,21

8,51

15,31

Peón Especialista.

6,81

10,21

8,51

15,31

Oficial 3.ª

7,77

11,66

9,72

17,49

Oficial 2.ª

8,77

13,16

10,97

19,74

Oficial 1.ª

9,01

13,52

11,26

20,27

Artículo 26. Plus Disponibilidad Centros Logísticos.

Nuevo importe mensual Plus Disponibilidad = 46,18 €.

Artículo 31. Salario de Convenio.

 

Salario bruto anual

Salario convenio mensual

Prorrata pagas mensual

Grupo Profesional Administración

 

 

 

Funciones:

 

 

 

Asp. Administrativo.

12.870,98

858,07

214,52

Aux. Administrativo.

13.952,28

930,15

232,54

Oficial 2.ª

15.731,60

1.048,77

262,19

Oficial 1.ª

16.173,03

1.078,20

269,55

Jefe Sección.

20.831,08

1.388,74

347,18

Analista Programador.

17.727,47

1.181,83

295,46

Jefe Departamento.

21.547,92

1.436,53

359,13

Director Área.

38.218,81

2.547,92

636,98

Grupo Profesional Comercial

 

 

 

Funciones:

 

 

 

Vendedor 3.ª

12.920,25

861,35

215,34

Vendedor 2.ª

13.786,72

919,11

229,78

Vendedor 1.ª

14.654,87

976,99

244,25

Jefe Sección.

17.727,47

1.181,83

295,46

Jefe Sucursal.

22.268,45

1.484,56

371,14

Jefe Área.

26.002,45

1.733,50

433,37

Grupo Profesional Operaciones

 

 

 

Funciones:

 

 

 

Oficial Técnico 2.ª

12.870,98

858,07

214,52

Oficial Técnico 1.ª

14.654,87

976,99

244,25

Jefe Sección.

19.400,92

1.293,39

323,35

Encargado.

20.831,08

1.388,74

347,18

 

Salario bruto anual

Salario convenio diario

Prorrata pagas diaria

Peón.

12.195,36

26,74

6,58

Peón Especialista.

12.195,36

26,74

6,58

Oficial 3.ª

13.932,54

30,55

7,51

Oficial 2.ª

15.721,42

34,48

8,48

Oficial 1.ª

16.147,72

35,41

8,71

Artículo 32. Complementos salariales: Plus Flexibilidad y Plus Presencia.

Funciones

Importe bruto anual

Flexibilidad

Presencia

Oficial 1.ª y Sup.

2.354

569

Oficial 2.ª

2.288

556

Oficial 3.ª

2.023

492

Peón Especialista.

1.849

443

Oficial 1.ª Admón.

2.354

569

Oficial 2.ª Admón.

2.288

556

Aux. Administrativo.

2.023

492

Asp. Administrativo.

1.849

443

Oficial Técnico 1.ª

2.129

514

Oficial Técnico 2.ª

1.849

443

Funciones

Importe bruto anual flexibilidad en las delegaciones comerciales

Oficial 3.ª

2.515

Peón Especialista.

2.292

Oficial 2.ª Admón.

2.844

Aux. Administrativo.

2.515

Asp. Administrativo.

2.292

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, suscriben la presente por triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha al principio indicados.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/02/2016
  • Fecha de publicación: 16/02/2016
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 17 de marzo de 2015 (Ref. BOE-A-2015-3589).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Importaciones
  • Productos alimenticios

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