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Documento BOE-A-2016-3214

Resolución de 17 de marzo de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo de constitución de la Comisión paritaria sectorial estatal de seguridad y salud en el trabajo, relativo al Convenio colectivo estatal del personal de salas de fiesta, baile y discotecas.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 2016, páginas 23682 a 23683 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-3214
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/03/17/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de fecha 22 de febrero de 2016 en la que se contiene el acuerdo de constitución de la Comisión paritaria sectorial estatal de seguridad y salud en el trabajo, suscrito al amparo de lo dispuesto en el artículo 29 del Convenio colectivo estatal del personal de salas de fiesta, baile y discotecas (código de convenio nº 99100115012012). Acta que fue suscrita de una parte por la Federación de Asociaciones de Ocio Nocturno de España (FASYDE) en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FSC-CC.OO., FES-UGT, Conarte y UAA en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –BOE del 24-, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 17 de marzo de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL ESTATAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL PERSONAL DE SALAS DE FIESTA, BAILE Y DISCOTECAS

Por FeS-UGT:

D. Juan José Martínez Tendero.

D. José M.ª García González.

Por FSC-CCOO:

D. Javier Agudo García.

D.ª Cristina Bermejo Toro.

Por Conarte:

D.ª Sara Mora García.

Por UAA:

D. Iñaki Guevara.

D. Ignacio Martín Pina.

Por FASYDE:

D. Juan Martínez-Tercero Moya.

D. Manuel Ruiz Palomo.

D.ª Olga Velasco.

En Madrid, siendo las 16,30 horas del día 22 de febrero de 2016, se reúnen las Organizaciones señaladas al margen con el fin de constituir la Comisión Paritaria Sectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo del Convenio Colectivo estatal del personal de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas, en la sede de FASYDE, calle Goya 115, con la asistencia de las personas que al margen se relacionan, actuando como Presidente, D. Javier Agudo García, y como Secretario, D. Juan Martínez-Tercero Moya.

Se pasa a tratar los puntos del Orden del Día.

1. De conformidad con lo establecido en el Artículo 29 del convenio colectivo del sector, el número de miembros y las personas designadas de la presente comisión, por cada una de las organizaciones firmantes del convenio colectivo sectorial estatal serán las siguientes:

Por la representación sindical: Javier Agudo García (FSC- CCOO), Juan José Martínez Tendero (FES- UGT), Sara Mora García (Conarte), Iñaki Guevara (UAA)

Por la representación empresarial, Federación de Asociaciones de Ocio Nocturno de España (FASYDE): Juan Martínez-Tercero Moya, Javier Urbasos Garzón, Manuel Ruiz Palomo, y Olga Velasco.

2. La presente comisión llevará a cabo el seguimiento de los acuerdos del Convenio Colectivo en materia de evaluación de la aplicación de la Ley de prevención de riesgos laborales en el sector, dando cumplimiento a los objetivos contenidos en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (2015-2020) y sucesivas.

Sus objetivos, entre otros, serán llevar a cabo acciones de Información y promoción:

Serán acciones de divulgación e información, aquellas que persigan la difusión entre los trabajadores/as y empresarios/as del conocimiento de los riesgos profesionales en el sector así como de los principios de acción preventiva de los mismos, o de las normas concretas de aplicación de tales principios.

Y serán acciones de promoción del cumplimiento de la ley de prevención de riesgos laborales, de los derechos y obligaciones preventivas de los empresarios/as y de los trabajadores/as, que fomenten el conocimiento y la aplicación de las disposiciones legales, reglamentarias, y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales, así como de las instrucciones preventivas.

3. La Comisión se reunirá semestralmente de manera ordinaria y, con motivo de consultas urgentes o por cuestiones extraordinarias, a instancia de cualquiera de las partes, en el plazo de quince días desde que se realice la solicitud de reunión.

Por acuerdo de las partes se mandata a D. Raúl Olmos Mata, con DNI 11804733-Y, de la FSC- CCOO, para que realice las gestiones oportunas para la publicación en el BOE de los acuerdos adoptados.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 18,00 horas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/03/2016
  • Fecha de publicación: 04/04/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 09/07/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por la Resolución de 26 de abril de 2012 (Ref. BOE-A-2012-6597).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Salas de fiestas
  • Seguridad e higiene en el trabajo

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