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Documento BOE-A-2016-3794

Resolución de 4 de abril de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2016 del Convenio colectivo del sector de marroquinería, artículos de viaje, cueros repujados y pieles.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 2016, páginas 26805 a 26807 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-3794
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/04/04/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2016 del Convenio colectivo del sector de Marroquinería, artículos de viaje, cueros repujados y pieles (código de convenio n.º 99003385011981), que fue suscrito con fecha 25 de febrero de 2016, de una parte por la organización empresarial ASEMAVI en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de abril de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Tablas Salariales Convenio Marroquinería

Año 2016 tablas (1,2 %)

Opción A

 

2016

Salario mensual

Euros

Incentivo convenio

Euros

Grupo Profesional 1

 

 

Personal Técnico Titulado:

 

 

Nivel 1

1.573,20

262,20

Nivel 2

1.448,99

241,47

Grupo Profesional 2

 

 

Personal Técnico no Titulado:

 

 

Nivel 1

1.366,18

227,69

Nivel 2

1.159,22

193,21

Nivel 3 (A)

1.117,76

186,29

Nivel 3 (B)

1.083,25

165,95

Grupo Profesional 3

 

 

Personal Administración/mercantil:

 

 

Nivel 1 (A)

1.366,18

227,69

Nivel 1 (B)

1.159,22

193,21

Nivel 1 (C)

943,89

157,30

Nivel 2

1.076,38

179,40

Nivel 3

943,89

157,30

Nivel 4 (A)

879,71

146,62

Nivel 4 (B)

869,40

144,90

Nivel 4 (C)

848,71

141,78

Grupo Profesional 4

 

 

Personal Obrero:

 

 

Nivel 1

1.014,32

169,04

Nivel 2

935,63

155,94

Nivel 3

869,35

144,90

Nivel 4

827,97

137,99

Nivel 5

695,76

98,32

Nivel 6

695,76

98,32

Grupo Profesional 5

 

 

Personal Subalterno:

 

 

Nivel 1

993,55

165,66

Nivel 2

848,71

141,44

Nivel 3

827,97

137,99

Opción B

 

2016

2016

Salario mensual

Euros

Incentivo convenio

Euros

Grupo Profesional 1

 

 

Personal Técnico Titulado:

 

 

Nivel 1

1.587,09

264,52

Nivel 2

1.461,77

243,60

Grupo Profesional 2

 

 

Personal Técnico no Titulado:

 

 

Nivel 1

1.378,24

229,69

Nivel 2

1.169,44

194,91

Nivel 3 (A)

1.127,63

187,93

Nivel 3 (B)

1.092,82

167,42

Grupo Profesional 3

 

 

Personal Administración/mercantil:

 

 

Nivel 1 (A)

1.378,24

229,69

Nivel 1 (B)

1.169,44

194,91

Nivel 1 (C)

952,22

158,69

Nivel 2

1.085,88

180,98

Nivel 3

952,22

158,69

Nivel 4 (A)

887,47

147,91

Nivel 4 (B)

877,08

146,17

Nivel 4 (C)

856,20

143,03

Grupo Profesional 4

 

 

Personal Obrero:

 

 

Nivel 1

1.023,26

170,53

Nivel 2

943,89

157,32

Nivel 3

877,02

146,17

Nivel 4

835,28

139,20

Nivel 5

701,89

99,19

Nivel 6

701,89

99,19

Grupo Profesional 5

 

 

Personal Subalterno:

 

 

Nivel 1

1.002,33

167,12

Nivel 2

856,20

142,68

Nivel 3

835,28

139,20

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/04/2016
  • Fecha de publicación: 20/04/2016
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 22 de octubre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-11963).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria del cuero
  • Peletería

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