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Documento BOE-A-2016-5522

Resolución de 23 de mayo de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo del Grupo de empresas JD-Sprinter.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 6 de junio de 2016, páginas 37504 a 37506 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-5522
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/05/23/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo del grupo de empresas JD-Sprinter (código de convenio núm. 90014663012006) («BOE» de 9 de octubre de 2014) que fue suscrito con fecha 5 de abril de 2016, de una parte por los designados por la Dirección del grupo, en su representación, y, de otra, por los sindicatos FETICO y UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión de Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 23 de mayo de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA CORRESPONDIENTE A LA APROBACIÓN DE LA REVISIÓN SALARIAL 2016 DEL CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO DE EMPRESAS JD-SPRINTER

En la localidad de Elche (Alicante), siendo las 12:30 horas del día 5 de abril de 2016, en las oficinas del Grupo de empresas Jd-Sprinter sitas en (03290), Elche, Alicante, carretera Dolores, km 1,8, grupo Vizcarra, nave 14, se reúne la Comisión del Convenio colectivo del grupo Jd-Sprinter, a los efectos de aprobar la revisión salarial del referido Convenio correspondiente al año 2016.

Asistentes:

En representación del grupo Jd-Sprinter:

Don David Segarra Soria, en su condición de representante del grupo.

Doña Susana López Sánchez, en su condición de directora de RR.HH.

Asistidos por el Letrado don Carlos de Pablo Blaya.

Por la parte social asiste, en su condición de miembros de la Comisión negociadora del Convenio colectivo del grupo de empresas Jd-Sprinter, los siguientes:

Don Juan Manuel Martínez Moreno.

Don Miguel Ballesteros Medina.

Doña Patricia Diago Llin.

Don Jonathan Lara Jiménez.

Doña Cristina García Noguera.

Doña Nieves Menarguez Calvo.

Doña Abigail Vacas Bueno.

Asistidos por los asesores:

Doña Ana Gema Crespo Carretero, por FETICO.

Don Eduardo Vacas González, por UGT.

Acuerdos

Primero.

Conforme a lo previsto en el artículo 31 del citado convenio, se adopta por los presentes el acuerdo de aprobar la tabla salarial para el año 2016 del Convenio colectivo del grupo Jd-Sprinter, y que es consecuencia de incrementar en un porcentaje del 0,50 por 100 las tablas salariales del año 2015, lo que tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2016.

Se procede a continuación a la reproducción en el correspondiente anexo de las tablas salariales 2016, aprobadas.

Segundo.

Se apodera por dicha Comisión a don Carlos de Pablo Blaya, para la presentación de las tablas salariales correspondientes al año 2016, ante la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, a los efectos de su registro y publicación.

Todo lo cual firman en prueba de conformidad y a los efectos oportunos, siendo las 14:00 horas del día indicado en el encabezamiento.

ANEXO ÚNICO
Convenio colectivo de empresas Jd-Sprinter-Jd Spain Sports Fashion 2010, S.L., y Sprinter Megacentros del Deporte, S.L.

Tabla salarial para el año 2016

(Carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2016 y cerrado para 2016)

Grupo profesional

Salario base mes

Euros

Total añ0

Euros

Grupo I

821,54

11.501,56

Grupo II

924,36

12.941,04

Grupo III

1.046,12

14.645,68

Grupo IV

1.132,40

15.853,60

Contrato formación

Salario base mes

Euros

Total año

Euros

Primer año, 30 horas

491,40

6.879,60

Segundo año, 34 horas

556,92

7.796,88

Contrato prácticas

Salario base mes

Euros

Total año

Euros

Primer año

655,20

9.172,80

Segundo año

693,27

9.705,78

Trabajo en festivos. (artículo 22)

Cantidad

Euros

Grupos I-II

80,55

Grupo III

96,67

Grupo IV

118,13

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/05/2016
  • Fecha de publicación: 06/06/2016
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 25 de septiembre de 2014 (Ref. BOE-A-2014-10283).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Deporte
  • Establecimientos comerciales

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