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Documento BOE-A-2017-15015

Resolución de 1 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden APM/763/2017, de 24 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de determinadas especies pelágicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 18 de diciembre de 2017, páginas 125000 a 125001 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-15015
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/12/01/(5)

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo establecido en el artículo 3.1 de la Orden APM/763/2017, de 24 de julio por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de determinadas especies pelágicas, se faculta a la Secretaría General de Pesca para aprobar la lista de los puertos designados para realizar los desembarques de entre los autorizados por las comunidades autónomas, con la especificación del lugar y los horarios autorizados para realizar los desembarques objeto de la citada orden.

La Secretaría General de Pesca ha resuelto lo siguiente:

Los desembarques de cantidades superiores a 10 toneladas de arenque, caballa, jurel y bacaladilla o una combinación de estas, procedentes de las zonas CIEM I,II, IIIa, IV, Vb, VI y VII, por lo que respecta al arenque, de las zonas CIEM IIa, IIIa, IV, Vb, VI, VII, VIII, IX, XII y XIV, y en las aguas de la Unión del CPACO, por lo que respecta a la caballa, de las zonas CIEM IIa, IV, Vb, VI, VII, VIII, IX, X, XII y XIV, y en las aguas de la Unión del CPACO, por lo que respecta al jurel y de las zonas CIEM IIa, IIIa, IV, Vb, VI, VII, VIII, IX, X, XII y XIV, y en las aguas de la Unión del CPACO, por lo que respecta a la bacaladilla, sólo podrán realizarse en los muelles pesqueros de los puertos españoles, en los lugares y en los horarios establecidos en el anexo de la presente resolución.

Madrid, 1 de diciembre de 2017.–El Secretario General de Pesca, Alberto López-Asenjo García.

ANEXO

CC.AA.

Puerto

Horarios

Lugar de desembarque

Andalucía.

Puerto de Santa María.

De martes a sábado de 08:00 a 12:00 horas.

Muelle lonja.

Puerto de Cádiz.

De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.

Muelle lonja.

Asturias.

Avilés.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle pesquero.

Gijón.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle pesquero.

Cantabria.

Colindres.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle lonja.

Laredo.

De lunes a viernes de 07:00 a 24:00 horas.

Nuevo muelle pesquero.

Santander.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle oeste de la dársena de Maliaño.

San Vicente de la Barquera.

De lunes a las 07:00 hasta viernes a las 24:00 horas continuado.

Muelle pesquero.

Santoña.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle lonja.

Galicia.

A Coruña.

De lunes a las 00.00 hasta 08:00 horas del sábado continuado.

Muelle lonja de Linares Rivas.

Muros.

De lunes a viernes 00:00-24:00 horas.

Lonja de la Cofradía sita en el Puerto Pesquero (Muelle Sur).

Fisterra.

De lunes a viernes 06:00 a 20:00 horas.

Muelle pesquero.

Muxía.

De lunes a viernes de 10:00 a 24:00 horas.

Muelle Pesquero.

Vigo.

De lunes a viernes de 06:00 a 14:00 h y de 23:00 a 02:00 h (del 01/06 al 31/10) o de 20:00 a 01:00 horas (del 01/11 al 30/05).

Dársenas pesqueras bajura, altura y grandes peces.

Ribeira.

00.00 h. de lunes a 24.00 h. de viernes.

Descarga en el muelle de la lonja.

Burela.

Desde las 9:00 horas del lunes hasta las 24 horas del viernes.

Muelle de la lonja.

Celeiro.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle lonja.

Camariñas.

Desde las 09.00 Horas del lunes hasta las 20.00 horas del viernes.

Descarga en el muelle de la lonja.

País Vasco.

Hondarribia.

De lunes a domingo, de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle pesquero.

Getaria.

De lunes a domingo, de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle pesquero.

Pasaia.

De lunes a domingo, de 00:00 a 24:00 horas.

Muelles Pescadería-1, Pescadería-2 y San Pedro.

Mutriku.

De lunes a domingo, de 07:00 a 12:00 horas.

Muelle pesquero.

Ondarroa.

De lunes a domingo de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle pesquero Cofradía. Muelle pesquero.

Bermeo.

De lunes a domingo de 00:00-24:00 horas.

Muelle pesquero.

Lekeitio.

De lunes a viernes 00:00-24:00 horas.

Muelle pesquero.

Canarias.

Las Palmas.

De lunes a viernes 08:00-20:00 horas. Excepto festivos.

Muelle pesquero.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/12/2017
  • Fecha de publicación: 18/12/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE ACTUALIZA:
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 20 de julio de 2022 (Ref. BOE-A-2022-12900).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 26 de mayo de 2022 (Ref. BOE-A-2022-9512).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 10 de marzo de 2022 (Ref. BOE-A-2022-4565).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 3 de noviembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-18796).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 22 de septiembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-16013).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 27 de noviembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-16633).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 10 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-3888).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 26 de diciembre de 2019 (Ref. BOE-A-2020-1510).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 12 de junio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-9494).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 8 de octubre de 2018 (Ref. BOE-A-2018-14209).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 30 de abril de 2018 (Ref. BOE-A-2018-6365).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 26 de marzo de 2018 (Ref. BOE-A-2018-4737).
    • la relación de puertos autorizados, por Resolución de 29 de enero de 2018 (Ref. BOE-A-2018-1723).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 3.1. de la Orden APM/763/2017, de 24 de julio (Ref. BOE-A-2017-9326).
Materias
  • Control pesquero
  • Flota pesquera
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Puertos

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