Visto el texto de las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y actores que prestan servicios en las mismas (código de convenio n.º 99009735011996), que fue suscrito, con fecha 27 de enero de 2017, de una parte, por la Federación de Asociaciones de Productores Audiovisuales Españoles (FAPAE), en representación de las empresas del sector, y de otra, por la Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores (FES-UGT), la Federación de Servicios a la Ciudadanía - Comisiones Obreras (FSC-CC.OO.), la Confederación Nacional de Artistas-Trabajadores del Espectáculo (CONARTE) y la Unión de Actores y Actrices, en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de febrero de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
En Madrid, siendo las 14 horas del día 27 de enero de 2017, se reúnen en las oficinas de FAPAE, sitas en la Ciudad de la Imagen, calle Luis Buñuel, n.º 2, Pozuelo de Alarcón, 28223 Madrid.
Por Federación de Asociaciones de Productores Audiovisuales Españoles (FAPAE):
– Mabel Klimt.
– Olga Cornejo (asesor).
Por Confederación Nacional de Artistas-Trabajadores del Espectáculo (CONARTE):
– Alex Casanovas.
– Sara Mora (asesora).
Por la Federación de Servicios a la Ciudadanía – Comisiones Obreras (CC.OO.):
– Javier Agudo García.
Por la Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores (UGT):
– Carlos Blázquez Pérez.
– Juan José Martínez Tendero.
Por la Unión de Actores y Actrices:
– Iñaki Guevara.
La reunión es presidida por don Iñaki Guevara, quien declara válidamente constituida la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo regulador de las relaciones laborales entre productores de obras audiovisuales y los actores que prestan sus servicios en las mismas.
En estos términos, las partes aprueban las tablas salariales para el año 2017 que figuran como anexo al presente documento, que entrarán en vigor a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Así, se acuerda un incremento del 1,8 %, incluyendo tanto el incremento del IPC como la adaptación en el cálculo de la indemnización que se prorratea en los contratos, hasta los 12 días, según la normativa vigente.
En cuantos a las obras de bajo presupuesto, se acuerda que estas tablas sean solo de aplicación para producciones de cine, no obstante lo cual podrán seguir aplicándose a aquellas series de televisión y tv movies, que ya estuvieran en ejecución a la firma del presente documento o ya estuvieran cerradas, para ser producidas en este ejercicio 2017.
Facultando a don Juan José Martínez Tendero en nombre de UGT para que se encargue de los consiguientes trámites de registro y publicación de las mencionadas tablas.
No habiendo más asuntos que tratar, se procede a levantar la sesión, procediéndose a la redacción de la presente Acta que es firmada por todos los presentes, siendo las 15,30 horas.
(Año 2017)
Cine
Categoría |
Por sesión – Euros |
Por semana – Euros |
Por mes – Euros |
---|---|---|---|
Protagonista |
744,50 |
3.364,50 |
8.965,74 |
Secundario |
542,17 |
2.411,22 |
6.728,97 |
Reparto |
406,62 |
1.682,23 |
4.766,33 |
Pequeñas Partes |
162,65 |
672,90 |
1.906,53 |
Televisión
Categoría |
Por sesión – Euros |
Por semana – Euros |
Por mes – Euros |
---|---|---|---|
Protagonista |
681,73 |
3.039,90 |
8.106,16 |
Secundario |
486,96 |
2.165,51 |
6.043,27 |
Reparto |
389,55 |
1.611,57 |
4.566,14 |
Pequeñas Partes |
155,79 |
644,62 |
1.826,45 |
Obras cinematográficas de bajo presupuesto
Producciones con coste hasta 750.000 euros.
Estas tablas serán solo de aplicación para producciones de cine, no obstante lo cual podrán seguir aplicándose a aquellas series de televisión y tv movies, que ya estuvieran en ejecución a la firma del presente documento o ya estuvieran cerradas, para ser producidas en este ejercicio 2017.
Categoría |
Por sesión – Euros |
Por semana – Euros |
Por mes – Euros |
---|---|---|---|
Protagonista |
552,23 |
2.495,57 |
6.654,87 |
Secundario |
451,83 |
2.009,34 |
5.607,46 |
Reparto |
351,42 |
1.452,15 |
4.119,09 |
Pequeñas Partes |
140,57 |
580,85 |
1.647,63 |
Dietas por comida principal: 40,16 euros.
Complemento por pernocta: 20,07 euros.
Kilometraje: Mínimo exento IRPF (actualmente 0,19 euros km).
En concepto de cesión de derechos de fijación, reproducción y distribución se cobrará el 5 % del salario.
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