Con el fin de corregir la omisión producida, durante el proceso de publicación, en el Anexo II de la Resolución de 5 de marzo de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, insertada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 72, de fecha 25 de marzo de 2013, se procede a efectuar la oportuna corrección mediante la publicación completa de la tabla:
En la página 23954, donde se establece el Anexo II Áreas del bloque específico del plan formativo que pueden ser cursadas a distancia o de forma semipresencial, donde dice:
Modalidades: Frontón corto (36 m), frontón largo (54 m) y trinquete.
Nivel I |
Nivel II |
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Áreas a distancia |
Organización y reglamento frontón (36 m), (54 m) y trinquete I. Escuelas de pelota. Formación complementaria I. |
Organización y reglamento frontón (36 m), (54 m) y trinquete II. Desarrollo Profesional. Formación complementaria II. Pelota adaptada. |
Debe decir:
Modalidades: frontón corto (36 m) frontón largo (54 m) y trinquete
Nivel I |
Nivel II |
|
---|---|---|
Áreas a distancia |
Organización y reglamento frontón (36 m), (54 m) y trinquete I. Escuelas de pelota. Formación complementaria I. |
Organización y reglamento específico frontón (36 m), (54 m) y trinquete II. Desarrollo Profesional. Formación complementaria II. Pelota adaptada. |
Áreas semipresenciales |
Iniciación técnico-táctica en frontón (36 m), (54 m) y trinquete. Metodología y didáctica en la iniciación a frontón (36 m), (54 m) y trinquete. |
Perfeccionamiento técnico-táctico en frontón (36 m), (54 m) y trinquete. Metodología y didáctica para la tecnificación en pelota. Programación y control del entrenamiento específico en frontón de (36 m), (54 m) y trinquete. Capacidades físicas condicionales en pelota. |
Madrid, 27 de diciembre de 2016.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, P.S. (Real Decreto 460/2015, de 5 de junio), el Director General de Deportes, Jaime González Castaño.
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