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Documento BOE-A-2017-548

Resolución de 30 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para 2017 del Convenio marco estatal de empresas organizadoras del juego del bingo.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2017, páginas 4441 a 4442 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-548
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/12/30/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2017 del Convenio Marco Estatal de empresas organizadoras del juego del Bingo (código de convenio nº 99001905011983) suscrito en fecha 13 de diciembre de 2016, de una parte por la Confederación Española de Juego (CEJ), en representación de las empresas del sector, y de otra, por los sindicatos Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT) y por la Federación de Servicios de Comisiones Obreras (Servicios-CCOO), en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de diciembre de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE ACUERDO DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO MARCO ESTATAL DEL SECTOR LABORAL DEL JUEGO DEL BINGO

Por la representación sindical:

Federación Estatal Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT):

Miguel Ángel Rodríguez.

Enrique Cavada.

Cesar Galiano.

Federación de Servicios de Comisiones Obreras (Servicios-CCOO): José Ant. Gómez Busse:

Por la representación empresarial:

Confederación Española de Juego (CEJ): Rafael Domínguez.

FEJBA: Julián Pérez.

Reunidas, el día 13 de diciembre de 2016, a las 13:00 horas, en la Casa del Pueblo de Madrid, Av. de América 25, 5.ª; las personas referidas anteriormente, en nombre de las organizaciones sindicales y empresarial que asimismo se hacen constar; en sesión de la Comisión Paritaria del Convenio Marco Estatal de empresas organizadoras del juego del Bingo celebran sesión de la misma:

I. En aplicación a lo previsto en la disposición adicional Sexta del vigente Convenio Colectivo Marco Estatal, sobre la actualización de las tablas salariales de 2016, y después de distintas reuniones, por las partes intervinientes, tras un intenso debate, se alcanza el siguiente acuerdo:

Las tablas salariales del año 2.016, se actualizarán con efectos desde el día 1 de Enero de 2.017, aplicando un incremento lineal en todos sus conceptos equivalente al 0,50%. Y ello, sin perjuicio del inicio de las negociaciones del Convenio Marco, cuya Comisión Negociadora se constituirá en el próximo mes de enero.

Las tablas salariales actualizadas se acompañan como Anexo a la presente Acta.

II. Se faculta a Doña Lola Díez del sindicato UGT para realizar cuantas gestiones y tramites sean necesarias para el registro y publicación de las reseñadas tablas en los órganos competentes.

ANEXO
Tabla salariales (aplicación desde el 1 de enero de 2017)

Conceptos económicos

2017

(Euros)

Salario Base (art.53):

– Importe anual

12.833

– Importe mensual

855,51

Gratificación Extraordinaria (art. 58)

855,51

Plus de Transporte (art. 59):

– Importe anual

549,24

– Importe mensual (11 meses)

49,93

– Personal limpieza (por día de trabajo efectivo)

0,76

Quebranto de Moneda (art. 54):

– Importe anual

190,11

– Importe mensual (11 once meses)

17,28

Horas Extraordinarias (art. 52):

– Técnicos/as de Juego

13,58

– Técnicos/as de Sala

11,51

– Resto de Personal

9,53

Plus de Prolongación de Jornada (art. 54):

– Grupo Técnicos de Juego

36,35

– Grupo Técnicos de Sala

34,41

– Resto de Personal

29,18

Plus de Nocturnidad (art. 56):

– Mensual (12 meses)

82,96

Complemento “ad personam” (Disp. Adic. 2ª)

Cuantía 2015 incrementada un 0,5 %

Cuantía 2016 un 0,5%

Cuantía 2017 un 0,5%

Plus convenio consolidado (art. 56)

Cuantía 2015 incrementada un 0,5 %

Cuantía 2016 un 0,5%

Cuantía 2017 un 0,5%

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/12/2016
  • Fecha de publicación: 18/01/2017
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el convenio publicado por Resolución de 8 de junio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-6817).
Materias
  • Bingo
  • Convenios colectivos
  • Juego

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