En el recurso contencioso-administrativo número 1/636/2016, promovido por Viesgo Comercializadora de Referencia, S. L., contra la disposición transitoria sexta de la Orden IET/2735/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2016 y se aprueban determinadas instalaciones tipo y parámetros retributivos de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 17 de abril de 2017 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la mercantil Viesgo Comercializadora de Referencia, S. L., contra la disposición transitoria sexta de la Orden IET/2735/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2016 y se aprueban determinadas instalaciones tipo y parámetros retributivos de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, por ser disconformes a Derecho, en los términos fundamentados.
Efectuar expresa imposición de las costas procesales causadas en el presente recurso contencioso-administrativo en los términos fundamentados.
Ordenar la publicación de este fallo en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Pedro José Yagüe Gil.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–María Isabel Perelló Domenech.–José María del Riego Valledor.–Ángel Ramón Arozamena Laso.–Rubricados.
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