Visto el texto del acuerdo de prórroga para el año 2017 del Convenio colectivo estatal para las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial Loterías y Apuestas del Estado (código de convenio núm. 90003231011986), que fue suscrito, con fecha 25 de abril de 2017, de una parte, por la Asociación de Delegados de las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por la Asociación de Empleados de las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –«BOE» del 24–, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión de Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de junio de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Acuerdo de 25 de abril de 2017 por el que se establece mantener el texto del convenio colectivo firmado el 28 de octubre de 2010 publicado el 14 de marzo de 2011 en el «Boletín Oficial del Estado», mediante Resolución de 25 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, que registra y publica el Convenio Colectivo Estatal para las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, código de convenio numero 900003231011986, y que fue prorrogado expresamente durante los años 2012 y 2013, en los términos que constan en resolución de la Dirección General de Empleo de fecha 22-4-2013, Expediente: 90/01/0183/2013, que ordenó la inscripción del Acuerdo de Prorroga en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 10 de mayo de 2013 y que de conformidad con el texto del mismo mantuvo su vigencia hasta la actualidad.
Mantener el texto del convenio colectivo en los términos existentes, y prorrogar durante el año 2017 la vigencia del convenio en todo su contenido, estableciendo que las tablas salariales para el año 2017, se apliquen desde el mes de mayo de 2017, incluido, y que el plus extraordinario igualmente sea abonado en el mes de mayo de 2017, en las cuantías fijadas, y que se incorporan como anexos número I y número II, con la presente prorroga.
Asimismo, acuerdan que una vez denunciado el convenio, todo el contenido del mismo, mantendrá su vigencia y aplicación hasta que se llegue a la firma de un nuevo convenio que lo sustituya.
Categoría profesional |
Año 2017 |
---|---|
Jefe administrativo |
1.372,51 |
Oficial 1.ª |
1.224,84 |
Oficial 2.ª |
1.125,12 |
Auxiliar Administrativo |
1.056,86 |
Ordenanza |
1.062,66 |
Plus salarial extraordinario para el año 2017, a abonar por una sola vez y en un solo pago en el mes de mayo de 2017 por los siguientes importes:
Categoría profesional |
Importe único |
---|---|
Jefe administrativo |
210,00 |
Oficial 1.ª |
190,00 |
Oficial 2.ª |
175,00 |
Auxiliar Administrativo |
165,00 |
Ordenanza |
160,00 |
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