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Documento BOE-A-2018-10125

Sentencia de 28 de mayo de 2018, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso de casación 8/1739/2016, interpuesto por la Generalitat de Cataluña contra la Sentencia de 27 de enero de 2016, dictada por la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, en su recurso 485/2014, contra la Orden IET/619/2014, de 11 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 19 de julio de 2018, páginas 72570 a 72570 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2018-10125

TEXTO ORIGINAL

En los autos del recurso de casación número 8/1739/2016, interpuesto por la Generalitat de Cataluña contra la sentencia de fecha 27 de enero de 2016, dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en su recurso número 485/2014, contra la Orden IET/619/2014, de 11 de abril, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia de fecha 28 de mayo de 2018 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido

Primero.

Haber lugar al recurso de casación número 1739/2016, interpuesto por la Generalitat de Cataluña contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Cuarta), dictada en fecha 27 de enero de 2016, en su recurso contencioso-administrativo número 485/2014, casar y anular la sentencia recurrida.

Segundo.

Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Generalitat de Cataluña contra la Orden IET/619/2014, de 11 de abril, por la que se establecían las bases para la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y fomento de la competitividad industrial y anular la Orden impugnada por no ser ajustada a Derecho.

Tercero.

Ordenar la publicación de este fallo en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Cuarto.

No efectuar imposición de las causadas en casación e imponer las causadas en la instancia a la Administración del Estado demandada.

Notifíquese esta Resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–Eduardo Calvo Rojas.–María Isabel Perelló Doménech.–Diego Córdoba Castroverde.–Ángel Ramón Arozamena Laso.–Fernando Román García.–Firmado.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 28/05/2018
  • Fecha de publicación: 19/07/2018
Referencias anteriores
  • DECLARA la nulidad de la Orden IET/619/2014, de 11 de abril (Ref. BOE-A-2014-4262).
Materias
  • Ayudas
  • Empresas
  • Industrias
  • Inversiones
  • Tribunal Supremo

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