Visto el texto del acuerdo, de 20 de julio de 2018, sobre salario mínimo sectorial para el año 2018, acuerdo derivado de lo dispuesto en el Título VII del V Acuerdo estatal sobre materias concretas y cobertura de vacíos del sector cementero (código de acuerdo número 99100025082011), publicado en el «BOE» de 13 de diciembre de 2017, y que ha sido suscrito, de una parte, por la organización empresarial Agrupación de Fabricantes de Cemento de España (OFICEMEN), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales FICA-UGT y CC.OO.-Construcción y Servicios, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83.3 y 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de julio de 2018.–La Directora General de Trabajo, Concepción Pascual Lizana.
Acta reunión
Reunida la comisión negociadora del V Acuerdo Estatal sobre Materias Concretas y Cobertura de Vacíos del Sector Cementero (V AEMCCV) el 20 de julio de 2018, a las 11:30 h, compuesta por:
OFICEMEN:
– Don Ignacio Gómez Moreno.
– Don José Luis Baroja.
– Doña Carmen Burgos Casas.
– Don Emilio Martínez Mier.
– Doña María Luisa Otero García.
– Don Enric Pujol.
– Don Alfonso Queipo de Llano.
– Don Miguel Rodríguez del Río.
– Don Alberto del Valle Ruíz.
– Don Pedro Mora Peris.
– Don Aniceto Zaragoza Ramírez.
Por CC.OO. Construcción y Servicios
– Don Daniel Barragán Burgui.
– Don José Lafuente.
– Don Ildefonso Lucas Blanco.
– Don Alfonso Haro Sánchez.
– Don Juan José de la Cruz.
– Don Alfonso Galisteo.
Por FICA – U.G.T
– Don Juan Carlos Barrero Mancha.
– Don Javier Lecumberri Urabayen.
– Don Roberto Serrano Herrero.
– Doña Concepción Jiménez.
– Don Felipe Borlado Ortega.
Para establecer el salario mínimo sectorial para el ejercicio 2018 de acuerdo con Título VII del V AEMCCV, se toman los siguientes acuerdos:
1. Según la estadística que contiene los principales datos del sector cementero, a diciembre de 2017, el total de ventas de cemento se incrementó en 2017 respecto a 2016 en 1.429.239 toneladas de cemento.
2. De acuerdo con el punto 1 del Título VII de V AEMCCV corresponde para el ejercicio 2018 un incremento del salario mínimo sectorial de 240 euros fijos más 60 euros correspondientes a la parte variable.
3. Por tanto, se acuerda fijar el salario mínimo sectorial para el ejercicio 2018 en 19.180 euros anuales.
4. Igualmente se acuerda, facultar a don Aniceto Zaragoza Ramírez, para que en nombre de esta Comisión Negociadora realice cuantas actividades sean precisas a fin de llevar a cabo las gestiones que se precisen para su notificación a la autoridad laboral.
5: Delegar en un representante de cada organización la firma del presente Acta.
Sin más asuntos que tratar se levanta la reunión a las 11:30 h del día indicado.
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