El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 23 de enero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 6240-2017, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 3, las Disposiciones Transitorias Primera y Segunda, y la Disposición Final Primera de la Ley de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha 1/2017, de 9 de marzo, por la que se establecen medidas adicionales de protección de salud pública y del medio ambiente para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos utilizando la técnica de la fractura hidráulica. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –26 de diciembre de 2017–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 23 de enero de 2018.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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