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Documento BOE-A-2018-16518

Resolución de 20 de noviembre de 2018, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, por la que se modifica el Acuerdo de 22 de mayo de 2015, de aprobación del régimen de delegación de competencias.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 3 de diciembre de 2018, páginas 119007 a 119008 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2018-16518
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/11/20/(1)

TEXTO ORIGINAL

El vigente régimen de delegación de competencias de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, enmarcadas en el ejercicio de potestades administrativas, se estableció mediante acuerdo de 22 de mayo de 2015, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE» núm. 131, de 2 de junio) (en lo sucesivo, el Acuerdo de Delegaciones). Este acuerdo ha sido modificado desde su publicación en dos ocasiones, con el fin de mejorar el régimen de delegación de competencias y adaptarlo a la organización interna del Banco de España en cada momento (acuerdos de la Comisión Ejecutiva de 11 de enero de 2017, «BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2017; y de 23 de marzo de 2018, «BOE» núm. 88, de 11 de abril).

Con fecha de 24 de julio de 2018, la Comisión Ejecutiva del Banco de España aprobó la Circular Interna 4/2018, sobre «Reglas internas de contratación del Banco de España», cuyo objeto es regular los aspectos organizativos e internos que afectan a la actividad contractual del Banco de España.

Las referidas reglas internas de contratación recogen la posibilidad de delegar determinadas funciones de los órganos de contratación, con el objeto de agilizar la tramitación de los procedimientos de contratación. Conforme a lo anterior, la presente Resolución concreta lo dispuesto en dicha norma por lo que respecta a la delegación de competencias propias de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de forma que la tramitación de procedimientos de contratación pueda agilizarse sin afectar a la seguridad jurídica.

Por último, se aprovecha esta modificación para actualizar referencias que han quedado obsoletas.

Como consecuencia de lo anterior, la Comisión Ejecutiva, en su sesión de 20 de noviembre de 2018, de conformidad con lo previsto en el artículo 68 en relación con el 60, ambos del Reglamento Interno del Banco de España, aprobado por Resolución del Consejo de Gobierno de 28 de marzo de 2000, ha acordado las siguientes modificaciones al régimen de delegación de competencias establecido por acuerdo de ese mismo órgano el 22 de mayo de 2015 («BOE» núm. 131, de 2 de junio); y modificado el 11 de enero de 2017 («BOE» núm. 15, del 18) y el 23 de marzo de 2018 («BOE» núm. 88, de 11 de abril):

Primera. Nuevo apartado séptimo, titulado «Delegaciones en materia de contratación del Banco de España».

1. Se añade un nuevo apartado séptimo al Acuerdo de Delegaciones, titulado «Delegaciones en materia de contratación del Banco de España», con el siguiente contenido:

«1. Se delegan en el director general de Servicios las siguientes facultades:

a) La adjudicación de los contratos, en aquellos casos en que la Comisión Ejecutiva haya aprobado previamente la propuesta de clasificación de ofertas a que se refiere el artículo 150.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

b) La facultad de formalizar los contratos adjudicados por la Comisión Ejecutiva o por el director general de Servicios por delegación de la Comisión Ejecutiva.

2. Se delega en la Mesa de Contratación la facultad de aprobar la selección de las empresas que van a ser invitadas a presentar ofertas, en aquellos procedimientos de contratación en los que exista dicho trámite y en los que la Comisión Ejecutiva actúe como órgano de contratación.»

Segunda. Nueva numeración de los apartados séptimo a decimosexto.

Como consecuencia de la inclusión de un nuevo apartado séptimo, los antiguos apartados séptimo a decimosexto del Acuerdo de Delegaciones se renumeran, y pasan a ser los apartados octavo a decimoséptimo.

Tercera. Actualización terminológica.

Las referencias a «Dirección General Adjunta de Gestión de Efectivo y Sucursales» y a «directora general adjunta de Gestión de Efectivo y Sucursales» contenidas en el Acuerdo de Delegaciones se entenderán como «Dirección General de Efectivo y Sucursales» y «directora general de Efectivo y Sucursales », respectivamente.

Cuarta. Publicación.

El presente acuerdo se publicará en el «BOE».

Quinta. Entrada en vigor.

El presente acuerdo de delegación de funciones surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el «BOE».

Madrid, 20 de noviembre de 2018.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/11/2018
  • Fecha de publicación: 03/12/2018
  • Efectos desde el 4 de diciembre de 2018.
  • Fecha de derogación: 28/12/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 10 de diciembre de 2019 (Ref. BOE-A-2019-18608).
Referencias anteriores
  • MODIFICA las referencias indicadas, AÑADE un nuevo apartado 7 y renumera los apartados 7 a 16 como 8 a 17 de la Resolución de 22 de mayo de 2015 (Ref. BOE-A-2015-6121).
Materias
  • Banco de España
  • Delegación de atribuciones

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