El artículo 4 del Real Decreto 1134/2002, de 31 de octubre, sobre aplicación de sanciones en materia de pesca marítima a españoles enrolados en buques con abanderamiento de conveniencia establece que los titulados españoles que decidan ejercer sus atribuciones de mando en buques de un tercer país, deberán comunicar a la Secretaría General de Pesca Marítima del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, antes de su enrolamiento, el nombre del último buque de pabellón español en el que han estado enrolados, los datos de su tarjeta acreditativa y el nombre, matrícula y abanderamiento del buque de destino. En el supuesto de que este buque cambie de pabellón, o el titulado pase a ejercer sus atribuciones en otro barco, deberá, asimismo, comunicar los nuevos datos.
La resolución de 5 de diciembre de 2003, de la Dirección General de Estructuras y Mercados Pesqueros, por la que se aprueba el formulario de comunicación de datos de titulados náutico pesqueros españoles que ejerzan sus atribuciones de mando en buques de un tercer país, estableció el formulario de comunicación de datos, mediante la presente resolución se actualiza dicho formulario, adaptándolo a la normativa vigente.
La entrada en vigor de la Ley 39/20015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha supuesto una nueva regulación completa y sistemática de las relaciones «ad extra» entre las Administraciones y los administrados, permitiendo que las personas físicas puedan elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, y permitiendo que el medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquélla en cualquier momento.
En virtud de esta normativa, esta Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura ha resuelto:
Aprobar el formulario de comunicación de datos que figura como anexo a esta Resolución.
El formulario deberá ser obligatoriamente cumplimentado por los titulados españoles que decidan ejercer sus atribuciones de mando en buques de un tercer país y deberá ser remitido a la Secretaría General de Pesca antes de su enrolamiento.
Los modelos de formularios estarán disponibles en las dependencias del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, así como en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Asimismo, estarán disponibles en la sede electrónica de la página web del Ministerio, «http://www.mapama.es/». Los formularios cumplimentados podrán remitirse a través de los Registros Electrónicos de los diferentes organismos, según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como por correo ordinario, correo electrónico o mediante fax, dirigidos a la Secretaría General de Pesca del Ministerio.
Esta resolución surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de enero de 2018.—El Director General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, Jose Luis González Serrano.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid