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Documento BOE-A-2018-17415

Resolución de 13 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se resuelve la convocatoria de 2018 de ayudas del Fondo Social Europeo destinadas a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables, en el contexto del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 19 de diciembre de 2018, páginas 124923 a 124933 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2018-17415

TEXTO ORIGINAL

La autoridad de gestión del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación (Subdirección General de la Unidad Administradora del FSE –Ministerio de Empleo y Seguridad Social–), ha designado como organismo intermedio (OI) a la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, denominada actualmente Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, para gestionar las ayudas del Fondo Social Europeo previstas en el eje 2 del POEFE, cuyos beneficiarios son las entidades locales, habiéndose suscrito el correspondiente acuerdo de atribuciones de funciones el día 23 de febrero de 2017.

En base a ello, fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 21, del día 24 de enero de 2018, la Orden PRA/37/2018, de 16 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, destinadas a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables.

Posteriormente, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 102, el extracto de la Resolución de 23 de marzo de 2018, por la que se aprueba esta convocatoria de ayudas.

En atención a lo determinado por la disposición primera, apartado 2.º, de la convocatoria de estas ayudas, el crédito de ayuda disponible es de 184.000.000 euros, financiado con recursos procedentes del Fondo Social Europeo para el periodo de intervención 2014-2020, según la distribución de la asignación por categoría de región y tasa de cofinanciación que, conforme al programa operativo y las directrices de la Unidad administradora del Fondo Social Europeo, se contiene en el anexo I a la citada Resolución de convocatoria.

Concluido el plazo para la presentación de solicitudes, el órgano instructor ha comprobado los requisitos de admisibilidad de los proyectos 123 proyectos válidamente presentados, en los términos establecidos en la disposición novena de la Resolución de 23 de marzo de 2018 y, tras practicar los requerimientos de subsanación pertinentes, se han remitido a la Comisión de Valoración los proyectos que cumplen dichos requisitos a los efectos de proceder a su valoración, en régimen de concurrencia competitiva, aplicando los criterios de valoración previstos en el citado apartado duodécimo.3 de la Resolución por la que se aprueba esta convocatoria.

A estos efectos, se reunió la citada Comisión el día 29 de octubre de 2018 y, tras la correspondiente valoración de los proyectos, aprobó los siguientes criterios de priorización, para resolver las solicitudes presentadas, ajustando los recursos disponibles a las demandas existentes:

1. El importe de ayuda de cada eje prioritario y categoría de región, será asignado a las entidades según el orden de puntuación obtenido en la valoración, por la cuantía total de la subvención solicitada, hasta que el saldo de ayuda no permita cubrir el total del gasto a cofinanciar del proyecto presentado. En este caso, será asignado al proyecto el importe restante de ayuda, si dicha cantidad supone al menos el 10 % de la subvención solicitada por la entidad.

2. Para la asignación del importe disponible entre proyectos con la misma puntuación, éste se dividirá de forma proporcional al presupuesto del proyecto, siempre que se respete lo establecido en el punto anterior.

3. Las disponibilidades de crédito que en su caso se vayan generado tras la resolución de esta convocatoria de ayudas, se asignarán en primer lugar a aquellos proyectos cuya ayuda concedida sea inferior a la solicitada inicialmente en base al presupuesto del proyecto presentado y la tasa de cofinanciación que resulte aplicable, constando a estos efectos en la lista de proyectos en reserva.

Por ello, de conformidad con la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y los criterios de priorización transcritos, en los términos señalados en el artículo 4.7 de las bases reguladoras, y en base a las competencias establecidas en el acuerdo de atribución de funciones de fecha 23 de febrero de 2017 en relación al artículo 4.1.m) del Real Decreto 863/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, resuelvo:

Primero.

Conceder una ayuda del Fondo Social Europeo, prevista en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, destinada a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables, a los proyectos que se relacionan en el anexo I «Proyectos subvencionados» y por el importe máximo consignado a cada uno de ellos.

Segundo.

Desestimar las solicitudes de subvención de los proyectos relacionados en el anexo II «Proyectos no subvencionables», por los motivos que en el mismo se indican.

Tercero.

A los efectos establecidos en el artículo 4.9 de la Orden PRA/37/2018, de 16 de enero, se declaran en reserva, por haberse agotado el crédito disponible de esta convocatoria los proyectos relacionados en el anexo III y que, cumpliendo los requisitos de admisibilidad, no pueden ser subvencionados, total o parcialmente, en los términos que establece el artículo 8 de las bases reguladoras.

Cuarto.

De conformidad con lo establecido en la disposición decimotercera.2 de la Resolución de esta convocatoria de ayudas, en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el BOE, las entidades beneficiarias deberán remitir al organismo intermedio la aceptación expresa de la ayuda, entendiendo que renuncian a la misma si no se envía dicha aceptación en plazo.

Mediante la aceptación expresa, la entidad beneficiaria declara que ha leído y que acepta las condiciones que figuran en el documento en el que se establecen las condiciones de la ayuda (DECA), que figura en el anexo IV de la presente Resolución.

La inclusión en el anexo I de «Proyectos subvencionados» no implica, necesariamente, la conformidad con la subvencionabilidad de todas las acciones contempladas en el mismo y tanto los gastos como las actividades cofinanciadas deberán someterse, en todos los casos, a lo indicado en la convocatoria y en las instrucciones de aplicación que elabore este organismo intermedio, así como a las normas de elegibilidad elaboradas por la autoridad de gestión del programa operativo y los Reglamentos comunitarios de aplicación.

Quinto.

Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso en vía administrativa, si bien, se podrá formular, potestativamente, requerimiento previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, solicitando su anulación o revocación ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado». El requerimiento se entenderá rechazado si dentro del mes siguiente a su recepción no fuera contestado, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

El recurso contencioso-administrativo podrá interponerse ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según el artículo 10.1.m) de la citada ley. El plazo para su interposición será de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que reciba la comunicación de la resolución del requerimiento previo o este se entienda desestimado por silencio administrativo. Si no formula requerimiento previo, el plazo para su interposición será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de diciembre de 2018.–El Director General de Cooperación Autonómica y Local, José María Pérez Medina.

ANEXO I
Proyectos subvencionados

Categoría de región 2 A (regiones más desarrolladas financiadas al 50 %)

Eje prioritario

Comunidad Autónoma

Entidad

N.º proyecto

Denominación proyecto

Importe proyecto

Ayuda FSE

2A

Madrid.

OA Centro de Iniciativas Formación y Empleo (CIFE) del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

14

Proyecto Vulcano.

1.520.776,15 €

760.388,07 €

2A

Madrid.

Ayuntamiento de Móstoles.

113

Reactiva tu Empleo en Móstoles.

2.220.794,46 €

1.110.397,23 €

2A

Madrid.

OA Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe.

79

Getafe Ciudad Inclusiva.

508.529,68 €

254.264,84 €

2A

Madrid.

Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

7

POEFE Torrejón de Ardoz.

671.792,32 €

335.896,16 €

2A

Cataluña.

Ayuntamiento de Barcelona.

42

Pasarelas hacia el empleo y la inclusión.

3.414.819,34 €

1.707.409,67 €

2A

Madrid.

Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

13

Rivas mas Empleo.

1.118.928,28 €

559.464,14 €

2A

Comunidad Valenciana.

Ayuntamiento de Valencia.

111

Formacció VLC 2019-2021.

1.558.085,22 €

779.042,61 €

2A

Madrid.

Ayuntamiento de Coslada.

82

Coslada.oportunidades para el Empleo.

265.182,28 €

132.591,14 €

2A

Cataluña.

Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat.

112

INSER-L’H.

753.502,23 €

376.751,11 €

2A

Cantabria.

Ayuntamiento de Santander.

98

Raqueros de Santander.

561.999,33 €

280.999,66 €

2A

Castilla y León.

Ayuntamiento de Salamanca.

107

Por + Salamanca.

1.407.120,67 €

703.560,33 €

2A

Comunidad Valenciana.

Ayuntamiento de Paterna.

119

Paterna Integra’t.

2.012.743,44 €

1.006.371,72 €

2A

Cantabria.

Ayuntamiento de Santander.

100

TARAY.

209.283,42 €

104.641,71 €

2A

Comunidad Valenciana.

Ayuntamiento de Alzira.

118

Viaje a la Empleabilidad 2019-2021.

1.846.299,55 €

923.149,77 €

2A

Comunidad Valenciana.

Ayuntamiento de Almoradí.

27

Avanza Almoradí.

211.770,07 €

105.885,03 €

2A

Cantabria.

Ayuntamiento de Santander.

97

Cocina Social.

294.168,00 €

147.084,00 €

2A

Cataluña.

Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat.

1

POEFE Sant Boi.

299.361,90 €

149.680,95 €

2A

País Vasco.

Ayuntamiento de Eibar.

43

EIBAR_LAN.

756.887,86 €

378.443,93 €

2A

Madrid.

Ayuntamiento de Leganés.

71

POEFE Leganés.

1.714.102,20 €

857.051,10 €

2A

Castilla y León.

Diputación de Palencia.

99

Quédate en Palencia II.

342.391,00 €

171.195,50 €

2A

Castilla y León.

Ayuntamiento de Ponferrada.

104

Ponferrada Activa.

426.875,62 €

213.437,81 €

2A

País Vasco.

Ayuntamiento de Arrasate-Mondragón.

15

LAN-r-BAI.

393.441,00 €

196.720,50 €

2A

Cantabria.

Ayuntamiento de Piélagos.

30

Dunas de Empleo.

120.770,68 €

60.385,34 €

2A

Castilla y León.

Diputación de Valladolid.

60

Meta#Empleo.

207.940,68 €

103.970,34 €

2A

Comunidad Valenciana.

Diputación de Alicante.

6

Alicante por la Inclusión.

198.996,00 €

99.498,00 €

2A

Castilla y León.

Diputación de Salamanca.

102

POEFE-Salamanca Rural.

573.887,01 €

286.943,50 €

2A

Cataluña.

Ayuntamiento de Sta. Coloma de Gramenet.

19

Sta. Coloma Ocupa.

173.349,60 €

86.674,80 €

2A

Cataluña.

Diputación de Tarragona.

49

At sociosanitaria a pers dependientes.

114.883,32 €

57.441,66 €

2A

Cataluña.

Ayuntamiento de Terrassa.

66

Terrassa apuesta por el empleo.

183.560,86 €

91.780,43 €

Total n.º de proyectos

29

Total importes

24.082.242,17 €

12.041.121,05 €

Categoría de región 2 B (regiones más desarrolladas financiadas al 80 %)

Eje prioritario

Comunidad Autónoma

Entidad

N.º proyecto

Denominación proyecto

Importe proyecto

Ayuda FSE

2B

Galicia.

Ayuntamiento de A Coruña.

9

Coruña Suma.

5.594.142,07 €

4.475.313,66 €

2B

Galicia.

Diputación de A Coruña.

47

PEL-Emprego Sostible no Ámbito Rural.

5.315.739,31 €

4.252.591,45 €

2B

Galicia.

Diputación de Pontevedra.

70

Labora 2020.

4.832.076,76 €

3.865.661,41 €

2B

Asturias.

Ayuntamiento de Oviedo.

120

Oviedo Ciudad Semilla.

6.001.099,20 €

4.800.879,36 €

2B

Galicia.

Ayuntamiento de Vigo.

123

Vigo pola Inserción Laboral.

2.122.611,34 €

1.698.089,07 €

Total n.º de proyectos

5

Total importes

23.865.668,68 €

19.092.534,95 €

Categoría de región 2 C (regiones en transición financiadas al 80 %)

Eje prioritario

Comunidad Autónoma

Entidad

N.º proyecto

Denominación proyecto

Importe proyecto

Ayuda FSE

2C

Castilla-La Mancha.

OAL Iniciativa para la Promoción Económica de Talavera (IPETA), del Ayuntamiento de Talavera de la Reina.

65

Talavera Incluye.

4.371.300,55 €

3.497.040,44 €

2C

Castilla-La Mancha.

Ayuntamiento de Guadalajara.

12

POEFE Ayuntamiento de Guadalajara.

3.577.479,55 €

2.861.983,64 €

2C

Andalucía.

Diputación de Jaén.

57

Proempleo VII.

7.298.661,64 €

5.838.929,31 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Sevilla.

59

Redes +.

12.499.938,01 €

9.999.950,41 €

2C

Castilla-La Mancha.

Diputación de Albacete.

26

Dipualba Protege.

9.716.475,36 €

7.773.180,29 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Motril.

53

FormActiva+.

3.193.885,48 €

2.555.108,38 €

2C

Andalucía.

OA Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico de la Diputación de Cádiz.

10

Pórtico «DIPUFORM@».

12.497.577,09 €

9.998.061,67 €

2C

Andalucía.

Diputación de Málaga.

20

enRedateMás.

7.060.168,96 €

5.648.135,17 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre.

24

Fórmate-Alhaurín de la Torre.

2.424.600,55 €

1.939.680,44 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Roquetas de Mar.

32

Roquetas de Mar, empleo para todos y todas.

3.788.631,46 €

3.030.905,17 €

2C

Castilla-La Mancha.

Ayuntamiento de Toledo.

33

Plan de Formación para la Empleabilidad.

1.064.939,50 €

851.951,60 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Almería.

51

Almería T-Integra con Empleo.

9.956.425,96 €

7.965.140,77 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Mijas.

64

MIJAS IMPULSA.

1.988.281,09 €

1.590.624,87 €

2C

Andalucía.

Diputación de Granada.

80

GRANADAEMPLEO III.

12.499.576,96 €

9.999.661,57 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Dos Hermanas.

81

Informe@.

7.549.006,96 €

6.039.205,57 €

2C

Andalucía.

Instituto Municipal de Empleo y Formación Empresarial (IMEFE) del Ayuntamiento de Jaén.

96

EMPLE@JAEN III.

5.074.763,59 €

4.059.810,87 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Granada.

116

Granada enClave de Empleo.

11.767.982,32 €

9.414.385,86 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Fuengirola.

4

Emple@net.

2.909.753,82 €

2.327.803,06 €

2C

Castilla-La Mancha.

Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.

21

POEFE Azuqueca de Henares.

1.885.494,73 €

1.508.395,78 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Alcalá la Real.

34

Alcalá Emprende.

3.120.611,59 €

2.496.489,27 €

2C

Castilla-La Mancha.

Ayuntamiento de Puertollano.

63

Tangentes.

680.444,32 €

544.355,46 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Almonte.

77

Almonte Integra.

642.895,09 €

514.316,07 €

2C

Andalucía.

Instituto Municipal para la Formación y el Empleo (IMFE) del Ayuntamiento de Málaga.

37

Aquileo.

12.499.982,64 €

9.999.986,11 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de La Rinconada.

58

Lanzadera Nueva Oportunidad. La Rinconada.

1.993.688,59 €

1.594.950,87 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Benalmádena.

8

Benemplea Incluye.

1.090.411,41 €

872.329,13 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Puente Genil.

22

Puente Genil Empleo e Inclusión.

1.813.925,91 €

1.451.140,73 €

2C

Castilla-La Mancha.

Ayuntamiento de Valdepeñas.

40

Valdepeñas, en-Clave de Inclusión.

559.316,32 €

447.453,06 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Marbella.

90

Marbella Integra.

9.600.656,32 €

7.680.525,06 €

2C

Murcia.

Ayuntamiento de Águilas.

93

Águilas T-Forma.

616.116,52 €

492.893,22 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Alhaurín el Grande.

48

AG2025 Cultura Integradora (AP-POEFE).

2.666.244,37 €

2.132.995,50 €

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Coria del Río.

56

Inserta-Coria.

85.991,99 €

68.793,59 €

2C

Castilla-La Mancha.

Diputación de Ciudad Real.

121

Promueve VI: POEFE Ciudad Real.

1.323.275,08 €

1.058.620,06 €

Total n.º de proyectos

32

Total importes

157.818.503,73 €

126.254.803,00 €

Categoría de región 2 D (regiones menos desarrolladas financiadas al 80 %)

Eje prioritario

Comunidad Autónoma

Entidad

N.º proyecto

Denominación proyecto

Importe proyecto

Ayuda FSE

2D

Extremadura.

Ayuntamiento de Badajoz.

28

PifBa.

7.044.768,55 €

5.635.814,84 €

2D

Extremadura.

OA Universidad Popular del Ayuntamiento de Cáceres.

23

EFESO.

4.866.700,00 €

3.893.360,00 €

2D

Extremadura.

Diputación de Cáceres.

68

Isla IV.

4.858.278,82 €

3.886.623,06 €

2D

Extremadura.

Ayuntamiento de Don Benito.

122

ITERIS Don Benito.

673.133,23 €

538.506,58 €

2D

Extremadura.

Ayuntamiento de Plasencia.

52

Capacitación para el Empleo en Plasencia.

281.674,09 €

225.339,27 €

2D

Extremadura.

Diputación de Badajoz.

54

Motivación Inserción Laboral DIP Activa.

3.770.008,42 €

3.016.006,74 €

2D

Extremadura.

Ayuntamiento de Almendralejo.

39

Integra Almendralejo.

1.079.479,06 €

863.583,25 €

2D

Extremadura.

Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.

106

Programa AT.

169.435,00 €

135.548,00 €

Total n.º de proyectos

8

Total importes

22.743.477,17 €

18.194.781,74 €

ANEXO II
Proyectos no subvencionables

Eje prioritario

Comunidad Autónoma

Entidad

N.º proyecto

Denominación proyecto

Importe proyecto

Ayuda FSE

(*) Motivo

2A

Castilla y León.

Ayuntamiento de Palencia.

18

Proyecto JAVERPAL.

298.528,87 €

149.264,43 €

1

2C

Castilla-La Mancha.

Ayuntamiento de Tomelloso.

29

Inclusión Lucha Contra Pobreza.

65.713,92 €

52.571,14 €

1

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Adra.

101

POEFE-18.

179.816,90 €

143.853,52 €

1

2C

Andalucía.

Innovación y Desarrollo de Barbate, S.L.

5

Barbate Joven.

63.448,00 €

50.758,40 €

2

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de los Barrios.

124

Nuevas Sendas para el Empleo.

514.634,82 €

411.707,86 €

3

Total n.º de proyectos

5

Total importes

1.122.142,51 €

808.155,35 €

(*) 1. La entidad no ha obtenido la puntuación mínima establecida en el artículo 5.3 de la Orden PRA/37/2018, de 16 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, destinadas a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables.

(*) 2. No cumple con los requisitos para ser entidad beneficiaria,conforme al artículo 2.1 de la Orden PRA/37/2018, de 16 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, destinadas a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables.

(*) 3. Solicitud no presentada en forma,conforme al artículo 10 de la Resolución de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, de 23 de marzo de 2018, por la que se aprueba la convocatoria 2018 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación (POEFE), destinadas a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables (AP-POEFE).

ANEXO III
Proyectos en reserva

Categoría de región 2 B (regiones más desarrolladas financiadas al 80 %)

Orden de puntuación

Eje prioritario

Comunidad Autónoma

Entidad

N.º proyecto

Denominación proyecto

Importe proyecto

Ayuda FSE

1

2B

Asturias.

Ayuntamiento de Gijón.

35

Agencia de Intermediación Senior.

4.342.452,25 €

3.473.961,80 €

2

2B

Galicia.

Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

88

Encamina(T) al Empleo.

3.954.065,16 €

3.163.252,13 €

3

2B

Galicia.

Ayuntamiento de Lugo.

55

EmPodérate.

1.850.893,66 €

1.480.714,93 €

4

2B

Galicia.

Ayuntamiento de Ferrol.

46

Ferrol Activa.

1.669.460,08 €

1.335.568,06 €

4

2B

Galicia.

Ayuntamiento de Redondela.

91

Redondela Integra.

773.168,83 €

618.535,06 €

6

2B

Asturias.

Ayuntamiento de Avilés.

3

Acción.

1.688.675,24 €

1.350.940,19 €

6

2B

Asturias.

Ayuntamiento de Oviedo.

74

Proyecto CHAIKA.

446.896,98 €

357.517,58 €

8

2B

Galicia.

Diputación de Ourense.

38

EmpregOU II.

1.757.574,17 €

1.406.059,34 €

9

2B

Asturias.

Ayuntamiento de Castrillón.

95

Castrillon: Incorporación Social y Empleo.

87.131,76 €

69.705,41 €

10

2B

Ceuta.

Ciudad Autónoma de Ceuta.

41

Restaura2.

837.156,93 €

669.725,54 €

Total n.º de proyectos

10

Total importes

17.407.475,06 €

13.925.980,04 €

Categoría de región 2 C (regiones en transición financiadas al 80 %)

Orden de puntuación (*)

Eje Prioritario

Comunidad Autónoma

Entidad

N.º proyecto

Denominación proyecto

Importe Proyecto

Ayuda FSE

1

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Coria del Río.

56

Inserta-Coria.

554.659,18 €

443.727,35 €

1

2C

Castilla-La Mancha.

Diputación de Ciudad Real.

121

Promueve VI: POEFE Ciudad Real.

8.535.291,63 €

6.828.233,31 €

3

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira.

45

Proyecta Formación 2020.

3.117.107,68 €

2.493.686,14 €

3

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Andújar.

62

Andújar por el Empleo.

740.489,50 €

592.391,60 €

3

2C

Murcia.

Ayuntamiento de Cieza.

94

Cieza F+I Formación + Integración.

155.441,86 €

124.353,49 €

6

2C

Castilla-La Mancha.

Ayuntamiento de Illescas.

11

Illescas POEFE.

1.642.198,33 €

1.313.758,66 €

6

2C

Andalucía.

OAL de Desarrollo Integral del Ayuntamiento de Vélez-Málaga.

25

FIVE Formación Inclusiva en Vélez-Málaga.

1.248.275,68 €

998.620,54 €

8

2C

Murcia.

Ayuntamiento de Murcia.

31

Empleamos.

906.919,80 €

725.535,84 €

8

2C

Castilla-La Mancha.

Ayuntamiento de Almansa.

67

Proyecto Competencias.

1.518.004,54 €

1.214.403,63 €

8

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Lebrija.

86

Lebrija por el Empleo y la Inclusión.

515.018,68 €

412.014,94 €

11

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Lucena.

50

Innovación Social para el Empleo Lucena.

972.752,59 €

778.202,07 €

11

2C

Castilla-La Mancha.

Instituto Municipal de Promoción Económica, Formación y Empleo (IMPEFE) del Ayuntamiento de Ciudad Real.

89

Ciudad Real Integradora.

1.844.138,32 €

1.475.310,66 €

11

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Utrera.

103

Training Job Utrera.

493.129,27 €

394.503,42 €

14

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Cártama.

36

Cártama Emplea.

1.355.026,79 €

1.084.021,43 €

14

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Palma del Río.

75

Palma se emplea a fondo.

3.121.860,26 €

2.497.488,21 €

14

2C

Murcia.

Ayuntamiento de Lorca.

83

Sumamos.

4.909.988,14 €

3.927.990,51 €

17

2C

Murcia.

Agencia de Desarrollo Local y Empleo del Ayuntamiento de Cartagena.

17

Aire.

3.678.430,54 €

2.942.744,43 €

17

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Estepona.

69

Estepona Emple@personas vulnerables +.

393.871,63 €

315.097,30 €

17

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Mairena del Alcor.

72

Mairena del Alcor Empleo Inclusivo.

425.773,00 €

340.618,40 €

17

2C

Murcia.

Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz.

110

Emplea Caravaca.

243.680,47 €

194.944,38 €

21

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Priego de Córdoba.

16

Priego por la Formación y el Empleo.

602.654,91 €

482.123,93 €

21

2C

Castilla-La Mancha.

Ayuntamiento de Alcázar de San Juan.

73

Plan Activa.

567.686,41 €

454.149,13 €

21

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Lepe.

84

Lepe por el Empleo.

500.396,50 €

400.317,20 €

24

2C

Castilla-La Mancha.

Diputación de Cuenca.

115

Cuenca Activacion Laboral.

6.180.175,09 €

4.944.140,07 €

24

2C

Canarias.

Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.

117

POEFE SBT+.

2.296.627,75 €

1.837.302,20 €

26

2C

Andalucía.

Diputación de Huelva.

2

HEBE Empleabilidad.

573.633,73 €

458.906,98 €

27

2C

Murcia.

Ayuntamiento de Yecla.

114

Yecla T-Incluye.

363.879,88 €

291.103,90 €

28

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Cabra.

61

Cabra + Empleo.

425.773,00 €

340.618,40 €

28

2C

Castilla-La Mancha.

Ayuntamiento de Villarrobledo.

85

Peleo Villarrobledo.

329.670,76 €

263.736,61 €

28

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Ayamonte.

108

Formación Personas Vulnerables Ayamonte.

529.754,77 €

423.803,82 €

31

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Almuñécar.

87

POEFE-Almuñécar EMPLE@.

394.441,41 €

315.553,13 €

32

2C

Andalucía.

Diputación de Almería.

44

Formación y Empleo en Almería «FOREMA».

1.173.875,08 €

939.100,06 €

32

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Armilla.

92

Armilla Inclusiva.

419.587,27 €

335.669,82 €

32

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Bormujos.

109

Cualifica_Bormujos.

230.009,15 €

184.007,32 €

35

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Huelva.

78

Itinerarios Formativos «19-21».

974.502,10 €

779.601,68 €

36

2C

Andalucía.

Ayuntamiento de Montilla.

105

Oportunidades Empleo & Economía Circular.

1.673.916,23 €

1.339.132,98 €

37

2C

Andalucía.

Agencia Municipal de Promoción y Desarrollo del Ayuntamiento de Torremolinos.

76

Plan Integral Torremolinos.

628.336,41 €

502.669,13 €

Total n.º de proyectos

37

Total importes

54.236.978,34 €

43.389.582,67 €

ANEXO IV
Documento en el que se establecen las condiciones de la ayuda (DECA)

El presente documento se entrega a la entidad beneficiaria al objeto de informarla de las condiciones de la ayuda concedida con cargo al Fondo Social Europeo (FSE), en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación (POEFE), dando cumplimiento al artículo 125.3.c del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas a los Fondos Europeos (RDC).

Concesión de la ayuda

La Dirección General de Cooperación Autonómica y Local (DGCAL), dependiente de la Secretaría de Estado de Política Territorial, como organismo intermedio que participa en la gestión de las ayudas previstas en el eje 2 del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación del FSE, ha aprobado la concesión de una ayuda del Fondo Social Europeo (ayuda AP-POEFE) correspondiente a la convocatoria de 2018, para la cofinanciación del proyecto presentado por esa entidad local, por el importe que figura en la relación del anexo I de la precitada Resolución, con un coste elegible asociado a la ayuda que igualmente figura en dicho anexo.

La asignación de esta ayuda del Fondo Social Europeo no genera derecho al cobro de la misma, que quedará supeditado, en última instancia, al desembolso efectivo de los fondos por parte de la Comisión Europea, siempre que se cumplan las normas de elegibilidad, justificación y reembolso de gastos establecidas a tal efecto en el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de disposiciones comunes y en el Reglamento (UE) 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Social Europeo (RFSE).

Plan de financiación

El presupuesto elegible de los proyectos subvencionados será financiado, en parte por el Fondo Social Europeo según la tasa de cofinanciación establecida para cada categoría de región, y el resto hasta completar la totalidad del gasto del proyecto por las Entidades beneficiarias.

Calendario de ejecución

El plazo para la ejecución de las actividades subvencionables del proyecto al que se destina la ayuda concedida es el que se establece en la citada Resolución de concesión de la misma.

Senda financiera

Al objeto de cumplir con la regla de descompromiso automático o regla n+3 establecida en el artículo 136.1 del Reglamento UE n.º 1303/2013 de 17 de diciembre, la Entidad deberá certificar en cada una de las anualidades de ejecución del proyecto al menos el porcentaje de gasto elegible y en los plazos indicados en la senda financiera establecida en la convocatoria de ayudas y que a continuación se detalla:

Fecha certificación gastos

31-7-2019

30-6-2020

30-6-2021

Resto

Porcentaje mínimo de gasto a certificar

20,59

21,07

19,09

39,25

Resto: Importe restante del gasto a certificar hasta el plazo de justificación de la ayuda.

Método aplicable para determinar los costes del proyecto y la justificación de los gastos

De acuerdo con las bases reguladoras y la convocatoria 2018 de ayudas, la justificación del gasto elegible del proyecto se realizará mediante el sistema de costes simplificado, en la modalidad de baremos estándar de costes unitarios, prevista en el artículo 67.1.b) del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 de disposiciones comunes a los Fondos EIE. En concreto, para determinar el importe del gasto ejecutado del proyecto se aplicará a las actuaciones subvencionables realizadas los siguientes costes unitarios:

A. Costes de formación de los itinerarios: 11,73 euros por persona formada y hora de formación.

B. Coste de la ayuda económica a los participantes en los itinerarios. 13,45 euros por persona formada y día de asistencia.

C. Coste de jornadas: 4.585,41 euros por jornada subvencionable realizada, hasta el 10 por 100 del coste total elegible del proyecto, sin que dicho importe pueda exceder de 50.000 euros

D. Coste por redacción de proyecto: 8.357,86 euros por proyecto subvencionado

El gasto final elegible del proyecto se obtendrá mediante la suma de los costes originados por los conceptos indicados anteriormente: formación + ayuda económica+ jornadas + proyecto.

Normativa de aplicación:

− Reglamento (UE) n.º 1303/2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.

− Reglamento (UE) n.º 1304/2013, relativo al FSE.

− Reglamento Delegado (UE) n.º 480/2014, que complementa al Reglamento (UE) n.º 1303/2013.

− Reglamento de ejecución (UE) n.º 821/2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1303/2013.

− Reglamento de ejecución (UE) n.º 1011/2014, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del Reglamento (UE) n.º 1303/2013.

Información en relación a las obligaciones que se asumen como beneficiario de una ayuda del FSE

1. Se consideran obligaciones esenciales de los beneficiarios de los proyectos seleccionados, las siguientes:

a) Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones objeto de ayuda, contando, al menos, con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.

b) Asegurarse de que los gastos declarados son conformes con las normas aplicables sobre ayudas de Estado y que no existe doble financiación del gasto con otros regímenes comunitarios o nacionales así como con otros períodos de programación del Fondo Social Europeo.

c) Acreditar ante la autoridad de gestión o, en su caso, el organismo intermedio la realización de la actividad y facilitar las comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta realización del proyecto o acción objeto de la ayuda, aportando al efecto cuanta documentación le fuera requerida en su procedimiento de verificación tanto administrativa como sobre el terreno en un conjunto representativo de las actuaciones y operaciones que se estén llevando a cabo.

d) Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Unidad administradora del Fondo Social Europeo, la Intervención General de la Administración del Estado o de sus Intervenciones Delegadas, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida.

e) Cumplir con los requisitos de difusión y publicidad establecidos por la Estrategia de Comunicación del programa operativo correspondiente.

f) Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación social se establezcan en el Reglamento (UE) 1303/2013, el Reglamento (UE) 1304/2013 y cualesquiera otras normas comunitarias o nacionales.

g) Aceptar su inclusión en una lista pública de operaciones, que será objeto de publicación electrónica o por otros medios según lo previsto en el artículo 115.2 y el anexo XII 1. del Reglamento (UE) 1303/2013.

h) Conservar los documentos originales o copias debidamente compulsadas o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica; justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013:

− En el caso de operaciones cuyo gasto total subvencionable sea inferior a 1.000.000 de euros, la documentación estará a disposición de la Comisión Europea y del Tribunal de Cuentas, si así lo solicitan, durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de cuentas en la que están incluidos los gastos de la operación.

− En el caso de operaciones no contempladas en el párrafo anterior, los documentos justificativos estarán disponibles durante un plazo de dos años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos definitivos de la operación concluida.

− No obstante lo anterior, la AG podrá decidir aplicar a las operaciones para las que el gasto subvencionable total sea inferior a 1.000.000 de euros la norma a que se refiere el párrafo segundo.

− El OI informará a los Beneficiarios sobre el inicio del plazo al que se refiere el párrafo primero, en virtud del artículo 140.2 del RDC, así como del resto de instrucciones de la AG.

i) Observar las normas de subvencionabilidad nacionales que establezca la autoridad de gestión del FSE, en particular la Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre.

2. Además deberán:

j) Colaborar con la autoridad de gestión o, en su caso, el OI, en la elaboración de los informes de ejecución anual y final correspondientes.

k) Garantizar que se dispondrá de datos de los destinatarios últimos de las actuaciones a nivel de microdato, así como que se podrá realizar un adecuado seguimiento del cumplimiento de los indicadores de resultados recogidos en el anexo I del Reglamento 1304/2013.

l) Registrar la información relativa a todas las actuaciones y a cada una de las personas sobre las que se ha actuado en el repositorio común que, a tal efecto, la autoridad de gestión o, en su caso, el OI pondrá a disposición de los beneficiarios, en la forma que en cada momento señale dicha Autoridad, con el fin de poder medir el resultado real de las actuaciones y su impacto. En el cumplimiento de esta obligación deberá respetarse en todo caso lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

m) Utilizar el sistema de registro y almacenamiento de datos de cada operación propuesto por la autoridad de gestión o, en su caso, el OI y garantizar que esos datos se recojan, registren y almacenen en dicho sistema y que los datos sobre indicadores se desglosen con arreglo a lo establecido en los anexos I y II del Reglamento FSE.

n) Aplicar las medidas de análisis del riesgo y prevención del fraude propuestas por la autoridad de gestión o, en su caso, el OI, que correspondan en función de la operación ejecutada.

o) Informar al OI de los casos de sospecha de fraude detectados y las medidas aplicadas para su corrección y persecución.

p) Suscribir una póliza que cubra a los participantes en los itinerarios formativos durante su impartición, del riesgo de accidentes y responsabilidad civil frente a terceros

q) Entregar a los participantes, que hayan finalizado los módulos formativos de los itinerarios, un diploma o certificado de asistencia acreditativo del itinerario realizado, duración y periodo de impartición del mismo.

Indicadores y objetivos

Para determinar el grado de ejecución de los proyectos se tendrán en cuenta los siguientes indicadores y objetivos establecidos en la convocatoria de ayudas:

Indicador

Tipo

Objetivos a cumplir

Ponderación

Gasto a ejecutar.

Financiero.

El indicado en el proyecto subvencionado.

40 %

Personas a formar.

Ejecución.

El indicado en el proyecto subvencionado.

60 %

El grado de ejecución del proyecto, expresado en porcentaje, se determinará por agregación del cumplimiento de los dos indicadores. El grado de cumplimiento de cada indicador, se calculará mediante el cociente entre la ejecución real y los objetivos a cumplir, multiplicado por el coeficiente de ponderación.

La subvención final a reembolsar a la Entidad se calculará mediante la siguiente fórmula, sin que pueda exceder del importe de la ayuda aprobada:

At= Pe * tasa de cofinanciación

en donde:

At: importe total de la ayuda a pagar a la entidad.

Pe: gasto final elegible del proyecto.

Tasa de cofinanciación: el porcentaje de ayuda del FSE por categoría de región.

Coeficiente: el resultante del grado de ejecución del proyecto.

El incumplimiento de los objetivos dará lugar a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención concedida o al reintegro de las cantidades percibidas en su caso, para lo cual se tendrá en cuenta la naturaleza y causas del incumplimiento, así como el grado de ejecución del proyecto.

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