El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 7 de febrero actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4403-2017, promovido por el Presidente de Gobierno, contra los artículos 3, 5 (apartado 1 a 4), 20 y 24, inciso final de la disposición adicional primera, disposición adicional quinta y la disposición transitoria segunda de la Ley de Aragón 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón, ha acordado: «Mantener la suspensión de los artículos 20 y 24, así como de la disposición transitoria segunda de la Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón.». Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 246, de 12 de diciembre de 2018.
Madrid, 7 de febrero de 2018.–La Secretaria del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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