Visto el texto de las tablas salariales para el año 2018 del Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio de papel y artes gráficas (código de Convenio: 99001105011981), publicado en el BOE de 6-3-2017, tablas que fueron suscritas, con fecha 26 de enero de 2018, de una parte por las organizaciones empresariales CEGAL y FANDE, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FeSMC-UGT y CC. OO.-Servicios, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo, resuelve:
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de febrero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Por la representación patronal:
CEGAL: Javier Almagro Martínez.
FANDE:
José Manuel Anta Carabias.
Vicent Badenes Mezquita.
Esther Martínez Gutiérrez.
Silvia Fariñas Diez.
Por la representación sindical:
FeSMC-UGT:
María Dolores Diez García.
Montserrat González Oropesa.
Daniel Gutiérrez Giménez.
Servicios-CC. OO.: Gabriel María Moreno Flores.
En Madrid, a las 10,30 h. del día 26 de enero de 2018 se reúnen, previa convocatoria, los representantes de los trabajadores y de los empresarios al margen reseñados.
Abierta la sesión se procede a examinar el único punto del orden del día:
Aprobación de las tablas salariales para 2018
La Comisión Negociadora aprueba por unanimidad las tablas salariales para 2018 que se anexan a la presente acta.
Las partes acuerdan solicitar a la Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social la inscripción, registro y publicación del contenido de las tablas salariales aprobadas en el «Boletín Oficial del Estado».
A tal efecto se otorga mandato a doña María Dolores Diez García a los efectos de proceder a su registro.
No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 11,30 del día de la fecha se levanta la sesión, de la que se extiende la presente acta.
Tablas salariales 2018
Área funcional |
Grupo profesional |
Puesto de trabajo |
Tablas 2018 1,5% |
---|---|---|---|
Primera. Administración y gestión de Empresa |
0 |
Director/Directora General. Director/Directora de División. Director/Directora de Departamento. |
23.708,29 22.295,98 21.336,03 |
I |
Titulado/Titulada de Grado Superior. Jefe/Jefa de Compras. Jefe/Jefa de Personal. Jefe/Jefa de Informática. Jefe/jefa Financiero. |
23.370,03 19.980,25 19.980,25 19.980,25 19.980,25 |
|
II |
Titulado/Titulada de Grado Medio. Responsable de Sección. |
19.979,65 18.171,91 |
|
III |
Contable. Oficial Administrativo. Oficial Admjnistrativa. Programador/Programadora. Adminbistrativo/Administrativa. Atención al cliente. Tecnico/Técnica Mantenimiento Informático. Técnico/Técnica Sistemas de Información. |
16.816,10 15.403,52 16.816,10 14.781,60 14.627,76 14.781,60 |
|
IV |
Auxiliar Administrativo/Auxiliar Administrativa. Telefonista. |
14.160,82 13.906,45 |
|
Segunda. Organización del Establecimiento Comercial. |
I |
Jefe/Jefa de Ventas. Encargado/Encargada General. Titulado/Titulada de Grado Superior. |
19.980,25 19.980,25 23.370,03 |
II |
Gerente de Establecimiento. Titulado/Titulada de Grado Medio. Jefe/Jefa de Grupo. Encargado/Encargada de Establecimiento. Jefe/Jefa de Sucursal. Jefe de sección mercantil. |
17.405,59 19.979,65 16.928,52 16.590,06 18.229,40 16.590,06 |
|
III |
Dependiente/Dependienta. Técnico/Técnica de Comercio Exterior. Representante Comercial. Administrativo/Administrativa Atención al cliente. Oficial Administrativo/Oficiala Administrativa. |
15.291,08 14.949,66 14.949,66 14.781,60 15.403,52 |
|
IV V |
Teleoperador/Teleoperadora. Auxiliar de Caja. Auxiliar Administrativo/Auxiliar Administrativa. Asistente Establecimiento. |
14.583,50 14.217,34 14.160,82 13.906,45 |
|
Tercera. Servicios Logísticos. |
I |
Jefe/Jefa de Sección Logística. Titulado/Titulada de Grado Superior. |
18.229,40 23.370,03 |
II |
Jefe/Jefa de Almacén. Jefe/Jefa de Transporte. Titulado/Titulada de Grado Medio. |
18.191,99 18.171,91 19.979,65 |
|
III |
Encargado/Encargada de Unidad Logística. Profesional de Oficio 1ª. Oficial Administrativo/Oficiala Administrativa. |
15.014,33 15.014,33 15.403,52 |
|
IV |
Repartidor Conductor/Repartidora Conductora. Profesional de Oficio 2ª. Operario Logística/Operaria Logística. Auxiliar Administrativo/Auxiliar Administrativa. |
14.583,50 14.530,29 14.033,98 14.160,82 |
|
V |
Mozo Empaquetador/Moza Empaquetadora. Personal de Servicios Auxiliares. Personal de limpieza por horas* (este cálculo está hecho en base de una hora diaria con derecho a 15 pagas y un mes de vacaciones. |
13.906,45 13.906,45 5,81 |
Dieta media jornada: 9,12.
Dieta jornada completa: 13,03
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