Vistas las tablas salariales para el año 2018 del Convenio colectivo del sector de grandes almacenes (código de convenio número 99002405011982), publicado en el «BOE» de 7-10-2017, tablas que fueron suscritas, con fecha 30 de enero de 2018, por la Comisión Mixta del citado Convenio colectivo, en la que están integradas, de una parte, la organización empresarial Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) y, de otra, las organizaciones sindicales FETICO, FASGA, CC.OO. y UGT, firmantes de dicho Convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo, resuelve:
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de febrero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Por la representación empresarial: ANGED.
Por la representación sindical:
FETICO.
FASGA.
CCOO.
UGT.
En Madrid, a 30 de enero de 2018, se reúne la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes con vigencia para los años 2017 a 2020, previa convocatoria efectuada, y con la asistencia de la totalidad de las organizaciones que la integran, a fin de tratar el siguiente
Orden del día
Único. Aplicación incremento salarial artículo 24.1 del Convenio colectivo de grandes almacenes («BOE» 7.10.2017).
Abierta la sesión, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes («BOE» 7.10.2017) la comisión mixta por unanimidad acuerda aplicar con efectos 1 de enero de 2018, el incremento fijo del 1% sobre las tablas del artículo 22 del convenio, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1, del artículo 24, teniendo en cuenta asimismo la nueva jornada de trabajo fijada para el año 2018 en el artículo 25 del Convenio de Grandes Almacenes.
A tales efectos, se procede a aprobar las nuevas tablas (artículo 22 del Convenio) con efectos de 1/01/2018:
Grupo |
Salario anual – Euros |
---|---|
Base |
14.442,89 |
Profesional |
14.876,18 |
Coordinador |
16.215,02 |
Técnicos |
17.674,38 |
Grupo |
Salario hora – Euros |
---|---|
Base |
8,15982 |
Profesional |
8,40462 |
Coordinador |
9,16103 |
Técnicos |
9,98553 |
Asimismo, por la Comisión Mixta se procede a aprobar los nuevos importes de antigüedad /hora del artículo 17 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes, de conformidad con la jornada anual vigente para el año 2018, con efectos de 1/1/2018:
Año – Euros |
Hora – Euros |
|
---|---|---|
Primer Cuatrienio |
255,79 |
0,14451 |
Segundo Cuatrienio |
225,98 |
0,12767 |
Tercer Cuatrienio |
201,94 |
0,11409 |
Cuarto Cuatrienio y sucesivos |
192,32 |
0,10866 |
La Comisión Mixta respecto al incremento salarial variable para el 2018, acuerda esperar a los datos definitivos del INE, momento en que se volverán a reunir para determinar en su caso el incremento adicional conforme al artículo 24 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes.
Finaliza la reunión procediendo a la habilitación de doña Eva Marín Oliaga para que, en nombre de la Comisión, lleve a cabo cuantos trámites sean precisos en orden al depósito, registro y posterior publicación de la presente Acta en el «Boletín Oficial del Estado».
Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y, de ella, la presente Acta que, una vez leída y encontrada conforme, se firma por los asistentes en el lugar y fecha anteriormente indicados.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid