El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 22 de marzo actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 5462-2017, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el art. 1.2, el inciso del art. 4 relativo a la ubicación de la ganadería suministradora de los toros, los apartados 1, 2, 6 y 7 del art. 5, los arts. 6, 7, 8, 9 y 15.3 b) de la Ley 9/2017, de 3 de agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en las Illes Balears, ha acordado: «Levantar la suspensión de los preceptos impugnados.». Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 294, de 4 de diciembre de 2017.
Madrid, 22 de marzo de 2018.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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