Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo relativo a la revisión salarial para el año 2017 del Convenio colectivo del sector industrias de alimentos compuestos para animales (código de convenio 99000275011981), que fue suscrito con fecha 27 de febrero de 2018, de una parte por la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión de Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de marzo de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Asistentes:
Representación de los trabajadores.
U.G.T.:
D. Sebastián Serena.
D. Miguel Ángel Pastor Carrasco.
CC.OO.:
D. Marco Antonio Pérez Martínez.
Representación de las empresas:
D. Jorge de Saja González.
D. Antonio Martínez Sánchez.
D. Manuel González Regueira.
Dña. Vanessa Fernández.
D. Raúl Rodríguez Cojo.
Dña. Carmina Chia.
En Madrid, siendo las 11:30 horas del día 27 de febrero del dos mil dieciocho, se reúne, en Diego de León, número 54, los representantes de los trabajadores de la industria de alimentos compuestos para animales y el de la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales que se reseñan al margen, al objeto de firmar la presente acta.
Esta reunión ha sido convocada por la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales como consecuencia de los acuerdos establecidos por fax e e-mail por y entre todas las partes que han fijado el día hora y lugar de la presente convocatoria.
Por ambas partes y por unanimidad de los respectivos representantes, se manifiesta lo siguiente:
1.º) Año 2017:
El incremento salarial definitivo para el año 2017 será el resultado de aplicar el 1% sobre las tablas provisionales del 2017.
Se anexa a este Acta como parte integrante de la misma y a todos los efectos oportunos las tablas definitivas del ejercicio 2017.
Las partes se dan siete días de plazo al objeto de poder subsanar cualquier error en el texto y tablas firmadas. Pasado este plazo, las partes facultan solidariamente a don Jorge de Saja González para que realice la gestión para el registro y publicación del Convenio colectivo.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las trece horas y treinta minutos y de ella la presente Acta, que leída es aprobada por unanimidad y firmada por los asistentes, en cuadruplicado ejemplar.
Se asignan al personal de las Industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:
EUROS |
|||
---|---|---|---|
Salario base |
Salario base + pagas extras |
||
Euros/Día |
Euros/Mes |
Año |
|
A) Personal Técnico |
|||
1. Titulado Superior |
1.098,71 |
17.579,36 |
|
2. Titulado Grado Medio |
1.062,76 |
17.004,16 |
|
3. No Titulado |
993,78 |
15.900,48 |
|
4. Control de Calidad |
967,83 |
15.485,28 |
|
B) Personal Auxiliar de Laboratorio |
|||
1. Auxiliar de Laboratorio |
895,79 |
14.332,54 |
|
C) Personal de Informática |
|||
1. Jefe de Equipo de Informática |
1.062,76 |
17.004,16 |
|
2. Analista |
993,78 |
15.900,48 |
|
3. Jefe de Explotación |
976,17 |
15.618,72 |
|
4. Programador |
952,96 |
15.247,36 |
|
5. Operador |
916,61 |
14.665,75 |
|
D) Personal Administrativo |
|||
1. Jefe Administrativo |
1.062,76 |
17.004,16 |
|
2. Oficial Administrativo de 1.ª |
993,78 |
15.900,48 |
|
3. Oficial Administrativo de 2.ª |
952,96 |
15.247,36 |
|
4. Auxiliar Administrativo |
895,79 |
14.332,15 |
|
E) Personal Comercial |
|||
1. Jefe de Ventas y/o Compras |
1.062,76 |
17.004,16 |
|
2. Jefe de Zona |
993,78 |
15.900,48 |
|
3. Promotor de Ventas |
952,96 |
15.247,36 |
|
F) Personal de Producción |
|||
1. Jefe de fábrica |
1.062,76 |
17.004,16 |
|
2. Encargado |
31,94 |
15.490,90 |
|
3. Oficial de 1.ª |
30,91 |
14.991,35 |
|
4. Oficial de 2.ª |
30,34 |
14.714,90 |
|
5. Especialista |
29,86 |
14.482,10 |
|
6. Peón |
29,34 |
14.229,90 |
|
G) Personal de Mantenimiento y Transporte |
|||
1. Encargado |
31,94 |
15.490,90 |
|
2. Oficial de 1.ª (Chofer) |
31,29 |
15.175,65 |
|
3. Oficial de 1.ª (Resto Especialidades) |
30,91 |
14.991,35 |
|
4. Oficial de 2.ª |
30,34 |
14.714,90 |
|
5. Ayudante |
29,86 |
14.482,10 |
|
H) Personal Subalterno |
|||
1. Ordenanza |
895,79 |
14.332,64 |
|
2. Vigilante |
889,69 |
14.235,04 |
|
3. Personal de Limpieza |
29,34 |
14.229,90 |
|
4. Personal de Limpieza (1/2 jornada) |
14,66 |
7.118,10 |
Prima de asistencia, gastos desplazamiento y quebrando de moneda
2017 |
|
---|---|
Artículo 22.º Prima de asistencia |
7,44 |
Artículo 41.º Gastos de desplazamiento |
|
Comida |
13,35 |
Cena |
13,35 |
Alojamiento |
44,52 |
Desayuno |
4,44 |
Artículo 42.º Quebrando de moneda |
27,81 |
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