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Documento BOE-A-2018-7706

Resolución de 8 de junio de 2018, de la Dirección General del Tesoro, por la que se corrigen errores en la de 5 de junio de 2018, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 9 de junio de 2018, páginas 59427 a 59428 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Empresa
Referencia:
BOE-A-2018-7706
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/06/08/(2)

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose publicado por error la tabla correspondiente al mes de mayo de 2018 en el anexo 1 de la Resolución de 5 de junio de 2018, de la Dirección General del Tesoro, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, publicada en el BOE número 137, sección I, página 58217, del miércoles 6 de junio de 2018, se procede a publicar nueva tabla, que sustituye a la anterior:

ANEXO 1
Tipos de interés fijos y diferenciales del coste de financiación del Estado a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera

Precios tomados el día 4 de junio de 2018 a cierre de mercado

Vida media de la operación

Meses

Tipo fijo anual máximo

Puntos

porcentuales

Diferencial máximo sobre euribor 12 meses

Puntos básicos

Diferencial máximo sobre euribor 6 meses

Puntos básicos

Diferencial máximo sobre euribor 3 meses

Puntos básicos

Diferencial máximo sobre euribor 1 mes

Puntos básicos

1

-0,48

-11

2

-0,48

-11

3

-0,40

-8

-3

6

-0,40

-13

-8

-3

7

-0,38

-12

-7

-1

8

-0,37

-11

-6

-1

9

-0,37

-11

-6

-1

10

-0,36

-11

-6

-1

11

-0,36

-11

-6

0

12

-0,36

-17

-11

-6

-1

13

-0,36

-18

-12

-7

-1

14

-0,35

-18

-12

-7

-1

15

-0,34

-17

-11

-6

0

16

-0,32

-16

-10

-5

0

17

-0,31

-15

-9

-4

1

18

-0,30

-15

-9

-4

2

19

-0,28

-15

-9

-4

2

20

-0,27

-14

-9

-3

2

21

-0,24

-13

-7

-1

4

22

-0,21

-11

-5

0

6

23

-0,19

-9

-4

2

7

24

-0,19

-11

-5

1

6

36

-0,04

-11

-5

1

7

48

0,13

-11

-5

2

9

60

0,35

-4

2

10

16

72

0,59

5

11

19

26

84

0,78

9

16

24

31

96

1,01

20

27

35

42

108

1,18

26

33

41

48

120

1,32

31

37

45

52

132

1,41

31

38

45

53

144

1,54

36

42

50

57

156

1,59

34

41

48

55

168

1,62

32

38

46

53

180

1,80

44

50

57

64

192

1,86

46

53

60

66

204

1,89

47

53

59

66

216

1,92

47

53

59

66

228

1,96

48

54

60

67

240

2,02

52

58

64

70

252

2,07

56

62

68

74

264

2,13

60

66

71

78

276

2,18

64

69

75

81

288

2,22

67

73

78

84

300

2,26

71

76

81

87

312

2,29

74

79

84

90

324

2,33

77

82

87

93

336

2,37

81

86

90

96

348

2,40

84

89

93

99

360

2,43

87

92

96

102

Madrid, 8 de junio de 2018.–El Director General del Tesoro, Carlos San Basilio Pardo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/06/2018
  • Fecha de publicación: 09/06/2018
Referencias anteriores
Materias
  • Administración Local
  • Comunidades Autónomas
  • Deuda Pública
  • Financiación de las Comunidades Autónomas
  • Intereses
  • Secretaría General del Tesoro y Política Financiera

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