El Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, establece en su disposición transitoria única la subsistencia de las estructuras vigentes, hasta la aplicación de los reales decretos de estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Por su parte, las disposiciones transitorias primera y segunda del Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, mantienen la vigencia de las funciones de los órganos directivos y unidades dependientes de las Subsecretarías suprimidas en tanto no se realicen las oportunas modificaciones organizativas, así como las de los titulares de los órganos superiores y directivos suprimidos, en tanto no se acuerde su cese.
Dado que las disposiciones anteriores establecen la vigencia de las funciones originarias que corresponden a cada órgano o unidad, en aras de la seguridad jurídica y de la necesidad de mantener la continuidad en el desarrollo de las facultades y competencias atribuidas al departamento, se considera oportuno conservar igualmente la de aquéllas que se encuentran delegadas en dichos órganos y unidades, motivo por el que se dicta la presente orden.
En su virtud, dispongo:
En el ámbito del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y directivos del extinto Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad afectados por el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y por el Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.
Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del párrafo anterior se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos por alguno de los reales decretos citados, las referidas delegaciones se entenderán vigentes en favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia.
La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de junio de 2018.–La Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Carmen Montón Giménez.
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