Visto el texto de las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo estatal del sector de acción e intervención social (código de convenio n.º 99100155012015), que fue suscrito con fecha 24 de mayo de 2018 por la Comisión Paritaria de Interpretación y Vigilancia del Convenio colectivo antes citado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de junio de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
24 de mayo de 2018.
Sede CCOO.
Calle Fernández de la Hoz n.º 12 planta baja, Madrid.
1. Aprobación Tablas Salariales iniciales 2017.
La CPIVC aprueba las Tablas Salariales iniciales que estarán vigentes durante el año 2017 en el Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social quedando pendiente el incremento y revisión salarial final. El incremento inicial con efecto 1 de enero de 2017 corresponde al 1% garantizado en convenio. La subida salarial final del 2017 quedó ligada a la referencia que marcara un acuerdo en el AENC para 2017, y en ausencia de éste, a la negociación en el seno de la CPIVC. Se acuerda firmar el presente acta una persona por organización.
Tablas salariales iniciales 2017 (con efectos 1 de enero de 2017)
Grupo profesional |
Salario base bruto anual – Euros |
---|---|
0 |
24.278,38 |
1 |
20.708,03 |
2 |
18.688,23 |
3 |
16.382,81 |
4 |
14.281,40 |
Grupo profesional |
Importe bruto anual C. Responsabilidad – Euros |
---|---|
0 |
4.590,45 |
1 |
3.570,35 |
2 |
2.550,25 |
3 |
0 |
4 |
0 |
Grupo profesional |
Importe bruto anual C. Coordinación – Euros |
---|---|
Equipo de trabajo básico (3 personas) |
510,05 |
Equipo de trabajo intermedio 1 (de 4 a 5 personas) |
1.020,10 |
Equipo de trabajo intermedio 2 (de 6 a 8 personas) |
1.530,15 |
Equipo de trabajo más de 8 personas |
2.040,20 |
Grupo profesional |
Importe bruto anual C. de Proyecto – Euros |
---|---|
0 |
0 |
1 |
2.346,23 |
2 |
1.836,18 |
3 |
1.530,15 |
4 |
510,05 |
Grupo profesional |
Importe bruto anual C. de Experiencia Profesional – Euros |
---|---|
0 |
0 |
1 |
739,57 |
2 |
678,37 |
3 |
617,16 |
4 |
555,95 |
Relación de asistentes
Nombre |
Organización |
---|---|
Borja Fernández Álvarez |
OEIS |
Noelia Vélez Jiménez |
OEIS |
Leandro M. Díaz Caneja |
AEEISSS |
María Pilar Mármol Bris |
UGT |
Araceli Díaz Plaza |
UGT |
Rosana Costa Navarro |
CCOO |
Alberto Margalló Pascual |
CCOO |
Pedro Ocaña Muñoz |
CCOO |
José L. Rodríguez García |
CCOO |
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