Visto el texto del Acuerdo de distribución de los módulos económicos de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados del Principado de Asturias entre los distintos conceptos retributivos de la nómina de pago delegado, remitido por la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (código de convenio n.º 99008725011994), publicado en el «BOE» de 17-8-2013, Acuerdo que fue suscrito, con fecha 30 de octubre de 2018, de una parte, por las organizaciones empresariales EyG y CECE, en representación de las empresas del sector en Asturias, y de otra por las organizaciones sindicales OTECAS, USO, FSIE, CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado Acuerdo derivado del indicado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de diciembre de 2018.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.
En la Sala de Juntas de la Consejería de Educación y Cultura, siendo las 13.00 horas del día 30 de octubre de 2018, se reúnen los miembros que se relacionan a continuación al objeto de tratar el siguiente Orden del día:
Propuesta de distribución de los módulos económicos de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados, entre los distintos conceptos retributivos de la nómina de pago delegado de acuerdo con lo previsto en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 y en la Resolución de 1 de agosto de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales del personal docente en pago delegado para el año 2018 del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
Asistentes:
Por parte de la Administración:
Roberto Suárez Malagón, director general de Planificación, centros e infraestructuras educativas.
Violeta M.ª García Fernández, jefa de Servicio de Centros.
Gustavo González Martínez, técnico jurídico del Servicio de Centros.
José Javier Ramírez Fernández, jefe de Sección de Centros concertados.
M.ª Luisa Álvarez Cano, especialista en administración educativa del Servicio de Gestión administrativa y relaciones laborales.
Por parte de las Organizaciones Patronales:
EyG: Carlos Robla Pérez y Joaquín Alonso Vigil.
CECE: Ángel Gallo López.
Por parte de las Organizaciones Sindicales:
OTECAS: Juan Luis González Díaz, Juan Luis Barrera Lada y Rosa Pérez Carneado.
USO: Paloma Sicilia Díaz, Luis Ángel Junquera García.
FSIE: Jesús M.ª Llavona Uribelarrea y M.ª Gabriela Adela González Fernández.
UGT: María Ángeles García Fernández.
CCOO: Ignacio García Sánchez.
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 («BOE» de 4 de julio), ha establecido en su anexo IV el importe del módulo económico destinado al sostenimiento de los centros concertados, contemplando para el año 2018 un incremento del 1,625%.
En el anexo II de la Resolución de 1 de agosto de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales del personal docente en pago delegado para el año 2018 del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos («BOE» de 14 de agosto) se recoge el compromiso de las organizaciones patronales y sindicales firmantes del Convenio para que las cuantías y conceptos salariales básicos del personal de pago delegado se adecuen a lo publicado anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y se establece un proceso de adecuación salarial por el que adoptarán unas tablas salariales de referencia en cada CCAA. Asimismo se recoge en dicho anexo II que el periodo transitorio previsto en el artículo 53.2 y al que hace referencia la Disposición transitoria primera del Convenio queda ampliado hasta el 31 de diciembre de 2018.
Por lo expuesto, las partes firmantes que ostentan la representación patronal y sindical de la enseñanza concertada del Principado de Asturias acuerdan con la Administración educativa, por unanimidad:
Aprobar la tabla de distribución de los conceptos retributivos de la nómina de pago delegado recogida como anexo I en el presente acta en la que se considera aplicado para el año 2018 el incremento del 1,625% contemplado en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
Disponer la aplicación, con efectos del mes de enero de 2018, de los conceptos retributivos de dicha tabla en la nómina de pago delegado del mes de noviembre de 2018.
Considerar que las decisiones adoptadas en la presente reunión suponen un significativo avance en el proceso de adecuación salarial al que se refiere el Anexo II de la Resolución de 1 de agosto de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales del personal docente en pago delegado para el año 2018 del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
Aprobar, teniendo en cuenta el marco general establecido en el Acuerdo para la equiparación retributiva del personal docente de centros concertados del Principado de Asturias de 19 de junio de 2007, respecto a la cuantía del complemento autonómico de licenciados de ESO I, el importe de 335,69€ mensuales, según se recoge en la propuesta de tabla de distribución de los conceptos retributivos de la nómina de pago delegado recogida en el anexo II del presente acta.
La cuantía aprobada en este apartado se trasladará al anexo correspondiente del Proyecto de Ley del Principado de Asturias de Presupuestos Generales para 2019 en el que se fijen los módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados para su aplicación a partir del periodo de entrada en vigor de este proyecto normativo.
Por la Administración educativa, el Director general de Planificación, Centros e Infraestructuras Educativas, Roberto Suárez Malagón.–Por las organizaciones sindicales, OTECAS, USO, FSIE, UGT y CCOO.–Por las organizaciones patronales, EyG y CECE.
Tabla resultante de la propuesta realizada para el año 2018
Nivel | Sueldo | Trienio | C. Maest. | C. Licenc. | Trie. Lic. | C. Bach. | C. Aut. | C. Dir | TRDIR | JEST | TRJEST |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
INFANTIL. |
1546,29 |
37,09 |
|
|
|
|
330,77 |
341,78 |
12,75 |
|
|
PRIMARIA. |
1546,29 |
37,09 |
|
|
|
|
330,77 |
341,78 |
12,75 |
221,3 |
10,63 |
ESO I. |
1546,29 |
37,09 |
115,06/115,34 |
269,55 |
9,67 |
|
330,77/302,56** |
341,78 |
12,75 |
221,3 |
10,63 |
ESO II. |
1815,84 |
46,76 |
|
|
|
|
335,69 |
388,94 |
18,71 |
341,78 |
16,42 |
BACHILLER. |
1815,84 |
46,76 |
|
|
|
76,05 |
333,14 |
388,94 |
18,71 |
341,78 |
16,42 |
CFGMt/CFGSt. |
1815,84 |
46,76 |
|
|
|
|
334,15 |
378,52 |
18,21 |
317,94 |
15,44 |
AGREGADOcic. |
1643,35 |
46,76 |
|
|
|
|
333,63 |
|
|
|
|
FPBtit. |
1815,84 |
46,76 |
|
|
|
|
334,15 |
324,32 |
15,11 |
277,55 |
12,97 |
FPBagreg. |
1643,35 |
46,76 |
|
|
|
|
333,63 |
|
|
|
|
E.Especial. |
1546,29 |
38,33 |
|
|
|
|
381,05 |
353,1 |
13,18 |
228,61 |
10,99 |
**Complemento autonómico de maestros de primer ciclo (330,77 €)/complemento autonómico de licenciados de primer ciclo (302,56 €).
Tabla resultante de la propuesta realizada para el año 2019
Nivel | Sueldo | Trienio | C. Maest | C. Licenc | Trie. Lic. | C. Bach | C. Aut. | C. Dir | TRDIR | JEST | TRJEST |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
INFANTIL. |
1546,29 |
37,09 |
|
|
|
|
330,77 |
341,78 |
12,75 |
|
|
PRIMARIA. |
1546,29 |
37,09 |
|
|
|
|
330,77 |
341,78 |
12,75 |
221,3 |
10,63 |
ESO I. |
1546,29 |
37,09 |
115,06/115,34 |
269,55 |
9,67 |
|
330,77/335,69** |
341,78 |
12,75 |
221,3 |
10,63 |
ESO II. |
1815,84 |
46,76 |
|
|
|
|
335,69 |
388,94 |
18,71 |
341,78 |
16,42 |
BACHILLER. |
1815,84 |
46,76 |
|
|
|
76,05 |
333,14 |
388,94 |
18,71 |
341,78 |
16,42 |
CFGMt/CFGSt. |
1815,84 |
46,76 |
|
|
|
|
334,15 |
378,52 |
18,21 |
317,94 |
15,44 |
AGREGADOcic. |
1643,35 |
46,76 |
|
|
|
|
333,63 |
|
|
|
|
FPBtit. |
1815,84 |
46,76 |
|
|
|
|
334,15 |
324,32 |
15,11 |
277,55 |
12,97 |
FPBagreg. |
1643,35 |
46,76 |
|
|
|
|
333,63 |
|
|
|
|
E.Especial. |
1546,29 |
38,33 |
|
|
|
|
381,05 |
353,1 |
13,18 |
228,61 |
10,99 |
** Complemento autonómico de maestros de primer ciclo (330,77 €)/complemento autonómico de licenciados de primer ciclo (335,69 €).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid