Visto el texto del acuerdo de prórroga y revisión salarial para el año 2019 del Convenio colectivo estatal para las Delegaciones Comerciales de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, antes Ente Público Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, (código de convenio 90003231011986), que fue suscrito, con fecha 20 de mayo de 2019, de una parte, por la Asociación de Delegados de las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por la Asociación de Empleados de las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de agosto de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.
Acuerdo de 20 de mayo de 2019 por el que se establece mantener el texto del Convenio colectivo firmado el 28 de octubre de 2010, publicado el 14 de marzo de 2011 en el BOE, mediante Resolución de 25 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, que registra y publica el Convenio Colectivo Estatal para las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, código de convenio numero 900003231011986, y que fue prorrogado expresamente durante los años 2012 y 2013, en los términos que constan en resolución de la Dirección General de Empleo de fecha 22-4-2013, expediente: 90/01/0183/2013, que ordenó la inscripción del Acuerdo de Prorroga en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 10 de mayo de 2013 y que de conformidad con el texto del mismo mantuvo su vigencia hasta la actualidad.
Mantener el texto del convenio colectivo en los términos existentes, y prorrogar durante el año 2019 la vigencia del convenio en todo su contenido, estableciendo que las tablas salariales para el año 2019, se apliquen desde el mes de junio 2019, incluido, y que el plus extraordinario igualmente sea abonado en el mes de julio 2019, en las cuantías fijadas, y que se incorporan como anexos n.º I y n.º II, con la presente prorroga.
Asimismo, acuerdan que una vez denunciado el convenio, todo el contenido del mismo, mantendrá su vigencia y aplicación hasta que se llegue a la firma de un nuevo convenio que lo sustituya.
Categoría Profesional | Año 2019 |
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Jefe administrativo. | 1.417,46 |
Oficial 1.ª | 1.264,95 |
Oficial 2.ª | 1.161,96 |
Auxiliar Administrativo. | 1.091,47 |
Ordenanza. | 1.097,46 |
Categoría Profesional | Importe único |
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Jefe administrativo. | 195,00 |
Oficial 1.ª | 174,00 |
Oficial 2.ª | 160,00 |
Auxiliar Administrativo. | 150,00 |
Ordenanza. | 151,00 |
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