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Documento BOE-A-2019-1454

Resolución de 15 de enero de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo relativo a las tablas salariales para el año 2019 del Convenio colectivo de Enercon Windenergy Spain, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2019, páginas 9710 a 9712 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-1454
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/01/15/(9)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo relativo a las tablas salariales para el año 2019 del Convenio colectivo de la empresa Enercon Windenergy Spain, S.L. (código de convenio n.º 90100702012012), que fue suscrita, con fecha 11 de diciembre de 2018, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra, por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de enero de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE FIRMA DE LA REVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2019

Representación Dirección:

Don Steffen Bönicke.

Doña Noelia Moreno Sargues.

Representación Trabajadores (Comité Intercentros):

Don Miguel Penedo Pérez.

Don Jesús Manuel Carrillo Arroyo.

Don Francisco Javier Rey Sánchez.

Don Alejandro Perea Lima.

Don Marcos Peña Herrera.

Don Tomás Torresano Ballesteros.

En El Puerto de Santa María, siendo las 11:00 horas del día 11 de diciembre de 2018, se reúnen los señores al inicio de la presente acta relacionados, por una parte, la representación de la Empresa y, por otra parte, la representación de los trabajadores de la Empresa, actuando a través del Comité Intercentros, en ejercicio de las facultades de actualización del Convenio previstas en el artículo 24 del II Convenio Colectivo de Enercon Windenergy Spain, S.L. («EWS»).

Ambas partes se reconocen legitimación y capacidad recíproca para negociar siguientes acuerdos que afectan al II Convenio Colectivo de EWS.

Orden del día

Primero. Aplicación de la actualización salarial pactada en el Anexo II del II Convenio Colectivo de EWS para el año 2019.

Vista la evolución de los índices de referencia, los datos de la empresa del último año y las perspectivas para el año entrante, la representación de los trabajadores y la empresa acuerdan para el año 2019, la aplicación de un incremento del 1,4% sobre las bases de cálculo salariales para el año 2018, publicadas en el «BOE» de 9 de enero de 2018. La fecha de efecto de la revisión salarial 2019 será el 1 de enero de 2019. Se adjuntan las tablas salariales definitivas para el año 2019.

Finaliza la reunión procediendo a la habilitación de don Steffen Boenicke para que lleve a cabo cuantos trámites sean precisos en orden al depósito de la presente actualización en la Dirección General de Trabajo y la publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y, de ella, la presente Acta que, una vez leída y encontrada conforme, se firma por los asistentes en el lugar y fecha arriba indicados.

Asimismo, se designa a doña Noelia Moreno y a don Jesús Manuel Carrillo como representantes de la Empresa y de los Trabajadores, respectivamente, para el caso de que sea necesario realizar cualquier trámite, audiencia, reunión, subsanación y en general cualquier actuación con la administración o con terceros que requiera la participación de las dos partes negociadoras del presente acuerdo del II CC de EWS.

Asimismo, les autorizan a firmar en nombre de la representación de la Empresa y de los Trabajadores, respectivamente, con fuerza totalmente vinculante de las Partes, cualquier documento, trámite o requerimiento realizado por cualquier administración, autoridad o terceros como consecuencia del presente acuerdo del II CC de EWS.

Por la Empresa:

Don Steffen Bönicke.

Doña Noelia Moreno.

Por la Representación Legal de los Trabajadores:

Don Miguel Penedo.

Don Jesús Manuel Carrillo.

Don Francisco Javier Rey.

Don Alejandro Perea.

Don Marcos Peña.

Don Tomás Torresano.

Tablas salariales para 2019 (Base de cálculo)

Grupos Profesionales

Base de

cálculo 2019

Euros

Factores mayorantes base

Personal coordinado.

Personal de oficina:

Menos de 10 trab.

5,00%

Asistentes de Administración y Finanzas:

De 10 a 30 trab.

10,00%

Más de 30 trab.

15,00%

Grupo 0 (Auxiliar).

14.645,11

Formación de aplicación.

Grupo 1 (Oficial de 2.ª).

16.597,95

Educación obligatoria.

0,00%

Grupo 2 (Oficial de 1.ª).

18.062,34

Formación profesional.

5,00%

Grupo 3 (Respde área).

21.967,81

Grado universitario.

10,00%

Asistentes Técnicos:

Máster universitario.

15,00%

Grupo 0 (Auxiliar y Almacenista).

18.550,52

Experiencia en el puesto de trabajo.

Grupo 1 (Resp. de función y Asistentes de dirección).

21.479,62

Contrato en Prácticas/Formación.

–7,50%

Grupo 2 (Supervisores Regionales y Oficiales de PRL).

22.455,99

En formación (menos de año y medio en el puesto de trabajo).

0,00%

Grupo 3 (Respde área).

23.060,30

Formado (más de año y medio en el

puesto de trabajo).

12,50%

Grupo 4 (Formadores y Controladores de Calidad).

24.408,58

Idiomas extranjeros de trabajo en ENERCON.

Domina sólo Castellano.

0,00%

Personal de campo:

Domina además Inglés o Alemán.

5,00%

Personal de mantenimiento:

Domina además Inglés y Alemán.

10,00%

Grupo 0 (Auxiliar).

17.086,12

Especialización.

Grupo 1 (Oficial de 3.ª).

17.574,16

Experto.

12,50%

Grupo 2 (Oficial de 2.ª).

18.062,34

Grupo 3 (Oficial de 1.ª).

18.550,52

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/01/2019
  • Fecha de publicación: 04/02/2019
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 19 de enero de 2016 (Ref. BOE-A-2016-975).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Energía eólica
  • Industrias

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