Visto el texto del Acuerdo de prórroga de la ultraactividad del Convenio colectivo de la empresa Compañía Trasmediterránea, S.A., y su personal de flota (Código de convenio: 90005020011981), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo de 2015, Acuerdo que fue suscrito con fecha 15 de octubre de 2019, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra, por las secciones sindicales de UGT, CC.OO., SEOMM y STMM-CGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado Acuerdo de prórroga en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de noviembre de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.
Una vez se han convocado en la sede de Trasmediterránea,
De una parte, por la empresa:
Don Paul Díaz-Saavedra Abadie.
Don Lucas Rodríguez Martínez.
Don Ildefonso Mencías Pacheco.
De otra, por parte de la representación social:
Don José Manuel Blanco Lojo (UGT).
Don Manuel Acosta León (UGT).
Don Rafael Álvarez González (CC.OO.).
Doña Cristina Contreras García (SEOMM).
Don José Vicente Rodríguez Barranco (STMM-CGT).
Se expone lo siguiente:
En el seno de la negociación del Convenio colectivo personal de flota de Compañía Trasmediterránea, han surgido una serie de cuestiones de entidad que se están tramitando como consultas, sobre las que es necesario esperar respuesta para proceder a la firma del Convenio.
Dado que la vigencia del Convenio estaba prevista hasta el próximo 31 de octubre de 2019, como continuación al acta de 1 de agosto de 2018 de Acuerdo de prórroga de la vigencia del citado Convenio, las partes, en virtud del artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores, acuerdan una nueva prórroga de la vigencia del citado Convenio hasta el 31 de diciembre de 2019. Ello sin perjuicio de que en caso necesario, se acuerden nuevas prórrogas futuras según exigencias vinculadas a la propia negociación del Convenio colectivo.
Es por ello que las partes, con el objeto de avanzar con las negociaciones, continuarán manteniendo reuniones en las fechas que las partes acuerden.
Se procederá con las formalidades pertinentes de notificación de la prórroga de la ultraactividad acordada a la Dirección General de Empleo.
Sin más asuntos que tratar se da por finalizada la reunión.
Por la empresa | Por la representación social |
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