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Documento BOE-A-2019-2408

Resolución de 11 de febrero de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo relativo a las tablas salariales para el año 2019 del Convenio colectivo para la fabricación de conservas vegetales.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2019, páginas 16925 a 16927 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-2408
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/02/11/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo sobre las tablas salariales para el año 2019 del Convenio colectivo para la fabricación de conservas vegetales (código de convenio 99001305011981) que fue suscrito con fecha 21 de enero de 2019, de una parte por la Federación Nacional de Asociaciones de Transformados Vegetales y Alimentos Procesados (FENAVAL) y la Agrupación Española de Fabricantes de Conservas Vegetales (AGRUCON), en representación de las empresas del sector, y, de otra por la Federación Estatal de Industria, Construcción y Agro de la Unión General de Trabajadores (UGT-FICA) y Comisiones Obreras Industria (CC.OO. Industria), en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de febrero de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO BÁSICO, DE ÁMBITO ESTATAL, PARA LA FABRICACIÓN DE CONSERVAS VEGETALES

En Madrid, en la sede de la Federación Nacional de Asociaciones de Transformados Vegetales y Alimentos Procesados, siendo las 10,30 horas del día 21 de enero de 2019, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, de ámbito estatal, de Fabricación de Conservas Vegetales, representados por:

Don Sebastián Serena Expósito, de la Federación Estatal de Industria, Construcción y Agro de la Unión General de Trabajadores (UGT-FICA).

Don José Vicente Canet Juan, de Comisiones Obreras Industria (CCOO Industria).

Don Arturo Díez del Río, de la Federación Nacional de Asociaciones de Transformados Vegetales y Alimentos Procesados (FENAVAL), anteriormente denominada Federación Nacional de Asociaciones de la Industria de Conservas Vegetales.

Don Carlos Gervás Gómez-Navarro, de la Agrupación Española de Fabricantes de Conservas Vegetales (AGRUCON).

Las partes se reconocen mutua capacidad para suscribir el presente documento y

ACUERDAN:

1.º Considerar como definitiva para el año 2018, con efectos desde el 1 de enero de ese año, la tabla salarial publicada en el «BOE» número 277, de 16 de noviembre de 2018.

2.º Aprobar y firmar la tabla salarial inicial de 2019 que se acompaña y que se aplicará con efectos de 1 de enero de 2019. Es el resultado de aplicar a la tabla salarial definitiva de 2018 un 2% conforme al anexo V del convenio. Y para los niveles 1.16 y 2.16 se recogen las cantidades concretas acordadas en el mismo anexo.

3.º Facultar a la representación de FENAVAL para que proceda a tramitar ante el REGCON el depósito y publicación de la tabla salarial de 20l9.

Y en prueba de conformidad firman en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Tabla salarial 2019

(Inicial)

Personal fijo de plantilla

Niveles

Salario mes

Euros

Salario año

Euros

Hora extra

Euros/hora

P. penosidad

peligrosidad

euros/hora

Plus

nocturnidad

Euros/hora

Nivel 1.1

1.333,51

20.002,65

15,52

1,08

1,69

Nivel 1.2

1.231,37

18.470,55

14,26

1,02

1,56

Nivel 1.3

1.231,37

18.470,55

14,17

0,99

1,56

Nivel 1.4

1.177,65

17.664,75

13,56

0,94

1,49

Nivel 1.5

1.176,96

17.654,40

13,44

0,94

1,49

Nivel 1.6

1.154,01

17.310,15

13,29

0,93

1,46

Nivel 1.7

1.121,15

16.817,25

12,87

0,90

1,42

Nivel 1.8

1.117,68

16.765,20

12,81

0,90

1,42

Nivel 1.9

1.079,89

16.198,35

12,32

0,86

1,37

Nivel 1.10

1.040,79

15.611,85

12,29

0,89

1,32

Nivel 1.11

1.034,18

15.512,70

12.20

0,89

1,31

Nivel 1.12

1.032,98

15.494,70

12,04

0,89

1,31

Nivel 1.13

995,30

14.929,50

11,99

0,89

1,26

Nivel 1.14

995,30

14.929,50

11,99

0,89

1,26

Nivel 1.16 (1)

860,00

12.900,00

Nivel 1.16 (2)

940,00

14.100,00

Personal fijo discontinuo y eventual

Niveles

Salario base/hora

Euros

Partes

proporcs.

Euros

Salario

hora/global

Euros

Hora extra

Euros/hora

P. penosidad

peligrosidad

Euros/hora

Plus

nocturnidad

Euros/hora

Nivel 2.8

5,66

3,78

9,44

12,81

0,90

1,42

Nivel 2.9

5,47

3,65

9,12

12,32

0,86

1,37

Nivel 2.10

5,27

3,52

8,79

12,29

0,89

1,32

Nivel 2.11

5,24

3,49

8,73

12,20

0,89

1,31

Nivel 2.12

5,23

3,49

8,72

12,04

0,89

1,31

Nivel 2.13

5,05

3,36

8,41

11,99

0,89

1,26

Nivel 2.14

5,05

3,36

8,41

11,99

0,89

1,26

Nivel 2.16 (1)

4,36

2,90

7,26

Nivel 2.16 (2)

4,76

3,18

7,94

En el salario hora global está incluido el 66’67 por 100 de todas las partes proporcionales correspondientes a domingos, en su caso, sábados, festivos, vacaciones, gratificaciones extraordinarias y 30 días de premio de permanencia.

La cotización a la Seguridad Social se efectuará por el salario hora global.

Se suprimen los niveles salariales 1.15 y 2.15. Los operarios que hasta ahora integraban los niveles salariales 1.15 y 2.15 pasarán a los niveles salariales 1.14 y 2.14.

En caso de existir trabajadores fijos discontinuos o eventuales en los niveles 2.1 a 2.7 cobrarán también, como los demás, por hora de trabajo efectivo. El valor de la hora se obtendrá dividiendo el salario anual de los niveles 1.1 a 1.7 entre las horas anuales de jornada.

(1) Salarios definitivos del 1 de enero al 30 de junio de 2019.

(2) Salarios definitivos del 1 de julio al 31 de diciembre de 2019.

Desglose partes proporcionales incluidas en salario global hora 2019 (euros)

Niveles

Pagas extras y permanencia

Resto partes proporcionales

Total partes proporcionales

Nivel 2.8

1,87

1,91

3,78

Nivel 2.9

1,81

1,84

3,65

Nivel 2.10

1,74

1,78

3,52

Nivel 2.11

1,73

1,76

3,49

Nivel 2.12

1,73

1,76

3,49

Nivel 2.13

1,66

1,70

3,36

Nivel 2.14

1,66

1,70

3,36

Nivel 2.16 (1)

1,44

1,46

2,90

Nivel 2.12 (2)

1,58

1,60

3,18

El 66,67 por 100 de todas las partes proporcionales se desglosa así:

– Pagas extras y de permanencia: 32,97 por 100.

– Resto (domingos, en su caso sábados, festivos y vacaciones): 33,70 por 100.

(1) Cantidades definitivas del 1 de enero al 30 de junio de 2019.

(2) Cantidades definitivas del 1 de julio al 31 de diciembre de 2019.

Nota: Esta tabla salarial inicial de 2019 se ha obtenido aplicando a la tabla salarial de 2018 publicada en el «BOE» número 277 de 16 de noviembre de 2018, que se considera como definitiva para ese año, un 2% conforme a lo pactado en el anexo V. Para los niveles 1.16 y 2.16 se recogen las cantidades concretas acordadas en el mismo anexo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/02/2019
  • Fecha de publicación: 21/02/2019
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 31 de octubre de 2018 (Ref. BOE-A-2018-15667).
Materias
  • Conservas
  • Convenios colectivos
  • Productos agrícolas

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