El artículo 8.3 del Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, dispone que en los procesos de selección para cursar las enseñanzas de formación, se verificará, mediante reconocimientos médicos y pruebas psicológicas y físicas, que el aspirante posee la necesaria aptitud psicofísica y que el Ministro de Defensa determinará las pruebas físicas que se deberán superar para ingresar en los diferentes centros docentes militares de formación, siendo condición indispensable para el ingreso haber sido declarado apto en ellas.
La Orden ministerial 42/2000, de 28 de febrero, sobre directrices generales de los planes de estudios para la Enseñanza Militar de Formación de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería, establecía dentro de los contenidos del módulo de formación militar básica, en el ámbito de la formación física, una serie de pruebas físicas cuya superación era necesaria para progresar a la fase de formación militar específica y de especialidad fundamental.
La Orden DEF/479/2017, de 19 de mayo, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las escalas de tropa y marinería, que derogó la Orden ministerial 42/2000, de 28 de febrero, no recoge estas pruebas, pero establece que durante la enseñanza de formación, los alumnos efectuarán los reconocimientos médicos y las pruebas psicológicas y físicas convenientes para confirmar que sus condiciones psicofísicas les permiten cursar los planes de estudios y garantizar el desempeño de sus cometidos profesionales.
La Orden DEF/1078/2012, de 21 de mayo, por la que se aprueban las pruebas físicas y marcas a alcanzar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación y para la superación de los planes de estudios de la enseñanza de formación, establece las pruebas físicas y marcas a alcanzar para la superación de los planes de estudios de la enseñanza de formación de Tropa y Marinería. Esta orden establece para el resto de escalas de las Fuerzas Armadas, las pruebas y marcas a superar en los diferentes cursos que conforman el plan de estudios.
Para asegurar que los alumnos de la Enseñanza Militar de Formación de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería alcancen, al finalizar su plan de estudios, las condiciones psicofísicas necesarias para su preparación y para soportar las situaciones de esfuerzo diario y en operaciones, debiendo estar en condiciones de alcanzar los niveles exigidos en el Test General de la Condición Física, o las pruebas físicas que se determinen de obligada superación para los componentes de las Fuerzas Armadas, se considera necesario mantener la exigencia de superación de determinadas pruebas físicas en la fase de formación militar general para progresar a la fase de formación específica y de especialidad fundamental, tal y como se recogía en la derogada Orden ministerial 42/2000, de 28 de febrero.
Por otra parte, la experiencia acumulada desde la entrada en vigor de la Orden DEF/1078/2012, de 21 de mayo, aconseja modificar alguna de las marcas a alcanzar en las diferentes pruebas antes de finalizar la enseñanza de formación, para adaptarlas mejor a los niveles exigidos en el Test General de la Condición Física.
Durante su tramitación, el proyecto de esta orden ministerial fue informado por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y se dio conocimiento del mismo al resto de las asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, fue informado por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
En su virtud, dispongo:
La Orden DEF/1078/2012, de 21 de mayo, por la que se aprueban las pruebas físicas y marcas a alcanzar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación y para la superación de los planes de estudios de la enseñanza de formación, queda modificada como sigue:
Uno. Se añade una disposición transitoria quinta con la siguiente redacción:
«Disposición transitoria quinta. Marcas y pruebas para superar los planes de estudios de la enseñanza de formación de tropa y marinería.
Los alumnos de la enseñanza de formación de tropa y marinería que hayan sido admitidos en base al proceso de selección convocado por Resolución 452/38045/2017, de 9 de marzo, de la Subsecretaría o procesos anteriores a este, deberán superar las pruebas y marcas a alcanzar en cada una de ellas en vigor en la fecha de publicación de la convocatoria por la que fueron admitidos en las Fuerzas Armadas.»
Dos. Se modifica el apartado tercero del anexo a la Orden DEF/1078/2012, de 21 de mayo, quedando redactado como sigue:
«Tercero. Escalas de tropa o marinería de los Cuerpos Generales del Ejército de Tierra, de la Armada, del Ejército del Aire y del Cuerpo de Infantería de Marina de la Armada.
Se establecen las siguientes pruebas y marcas a alcanzar en cada una de ellas, para superar la fase de formación militar general y antes de finalizar la enseñanza de formación, respectivamente:
Prueba | Sexo | Al finalizar la fase de formación militar general | Al finalizar la enseñanza de formación |
---|---|---|---|
Potencia tren inferior (1). | H | 37 | 41 |
M | 33 | 36 | |
Potencia tren superior (2). | H | 14 | 16 |
M | 8 | 10 | |
Velocidad (3). | H | 9" | 8,3" |
M | 9,5" | 9" | |
Resistencia (4). | H | 4'15" | 3'55" |
M | 4'45" | 4'30"» |
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de febrero de 2019.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
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